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Registros encontrados: 5 Total Páginas: 1
1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Cinco Días | BISS
Editor: 
Fecha: 
08-08-96
Resumen: 
Las empresas en regulación de empleo utilizan, como práctica habitual, la constitución de un seguro de vida a favor de los trabajadores afectados en lugar de abonarle la indemnización por cese. Ingresan estas cantidades en una aseguradora que, mensualmente, satisface a los trabajadores una renta vitalicia. La Dirección General de Tributos considera este seguro de vida un sistema alternativo a los ... ver másLas empresas en regulación de empleo utilizan, como práctica habitual, la constitución de un seguro de vida a favor de los trabajadores afectados en lugar de abonarle la indemnización por cese. Ingresan estas cantidades en una aseguradora que, mensualmente, satisface a los trabajadores una renta vitalicia. La Dirección General de Tributos considera este seguro de vida un sistema alternativo a los planes de pensiones, estos rendimientos del trabajo están sujetos al IRPF. ver menos
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
Cinco Días | BISS
Editor: 
Fecha: 
25/3/1994
Resumen: 
Una resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) mantiene que la base imponible de las comisiones de los agentes de seguros debe ser el íntegro de la comisión percibida.
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
Cinco Días | BISS
Editor: 
Fecha: 
4/8/94
Resumen: 
La compañía aseguradora Grupo Vitalicio ha incluido una claúsula delimitativa en la póliza suscrita para asegurar la intervención profesional de los corredores.
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
Cinco Días | BISS
Editor: 
Fecha: 
14/10/92
Resumen: 
Se exponen en el V Encuentro de la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA), celebrada en Canarias, los proyectos de desarrollo por sectores de la contabilidad de gestión que están estudiando.
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
Cinco Días | BISS
Editor: 
Fecha: 
08-05-91
Resumen: 
Se ha producido una adaptación parcial del Plan General de Contabilidad de 1990 para las aseguradoras. Las compañías podrán seguir utilizando los modelos de balance y cuenta de pérdidas y ganancias adaptados del Plan General de Contabilidad de 1973. Se explican las especificidades. No se incluirán el cuadro de financiación.
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