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Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
09/04/2001
Resumen:
Una sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, considera que el Consorcio de Compensación de Seguros no deberá pagar los daños causados a un cliente al sustraerle su coche y utilizarlo como arma para cometer delitos ya que considera que esta utilización es ajena a los riesgos derivados del tráfico.
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