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Registros encontrados: 23 Total Páginas: 2
1
Autor corporativo: 
Fuente: 
El Mundo | BISS
Editor: 
Fecha: 
23-09-97
Resumen: 
La Audiencia Provincial de Tarragona condena a la concesionaria de autopistas Acesa a indemnizar con más de ocho millones de pesetas al conductor de un turismo que en julio de 1994 sufrió un accidente provocado por un charco de agua en la autopista A-7. Se explican los detalles del caso. Mutua Madrileña Automovilista presenta una demanda judicial solicitando que fuese Acesa quien le pagase los des... ver másLa Audiencia Provincial de Tarragona condena a la concesionaria de autopistas Acesa a indemnizar con más de ocho millones de pesetas al conductor de un turismo que en julio de 1994 sufrió un accidente provocado por un charco de agua en la autopista A-7. Se explican los detalles del caso. Mutua Madrileña Automovilista presenta una demanda judicial solicitando que fuese Acesa quien le pagase los desperfectos del vehículo. ver menos
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
23-09-97
Resumen: 
La Audiencia Provincial de Tarragona condena a Acesa, empresa concesionaria de la autopista A-7, a pagar una indemnización de unos 8 millones de pesetas al conductor que sufrió un accidente por un charco de agua de la citada autopista. MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA demandó a Acesa para que la empresa corriera con los gastos de reparación del coche (8.188.744 pesetas).
3
Título
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Culpa. Se incurre en culpa o negligencia cuando no se adoptaron todas las medidas preventivas necesarias para evitar la producción de accidentes.
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Inversión de la carga de la prueba. No es posible hacer aplicación del principio de inversión de la carga probatoria ni de la teoría de la responsabilidad objetiva o por riesgo, al resultar incompatible con los supuestos de mutua o recíproca colisión de vehículos a motor.
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Juicio verbal del automóvil. Aplicación con efecto retroactivo.
6
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/01/1997
Resumen: 
El perjudicado propietario del vehículo siniestrado tiene derecho a reparar el vehículo aunque tal reparación sea superior al valor venal de aquél.
7
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Responsabilidad de la compañía concesionaria de una autopista. Debiéndose el accidente a encontrarse en uno de los carriles, precisamente el de adelantamiento, de la autopista una caja de madera, presumiblemente caída voluntaria e involuntariamente de otro vehículo, caja con la que chocó el automóvil que circulaba por dicho carril, y que no pudo detenerse, porque adelantaba a otro que le impidió v... ver másResponsabilidad de la compañía concesionaria de una autopista. Debiéndose el accidente a encontrarse en uno de los carriles, precisamente el de adelantamiento, de la autopista una caja de madera, presumiblemente caída voluntaria e involuntariamente de otro vehículo, caja con la que chocó el automóvil que circulaba por dicho carril, y que no pudo detenerse, porque adelantaba a otro que le impidió ver con antelación el obstáculo, la compañía es responsable tanto por no haber cumplido la obligación mantener la vía limpia como por negligencia o culpa. ver menos
8
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Responsabilidad del dueño de un animal. Para que nazca la responsabilidad de un dueño de un animal basta con que éste, aún cuando aquel no haya incurrido en ningún tipo de culpa o negligencia, salvo que hubiese existido un hecho de fuerza mayor o culpa del que hubiere sufrido el daño, circunstancias que deben ser probadas por quien las alegue.
9
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/08/1996 | 01/07/1996
Resumen: 
Responsabilidad del poseedor de un animal o del que se sirve de él. La interpretación del art. 1905 del Código Civil no consiente otra interpretación que la que clara y evidentemente se deriva de sus términos: que al animal cause perjuicio para que nazca la responsabilidad del dueño, aún no imputándose éste ningún tipo de culpa o negligencia.
10
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Accidente de circulación. Evolución de la jurisprudencia hacia una objetivación de la responsabilidad del conductor causante. Colisión de motocicleta y turismo. Concurrencia de culpas. Exceso de velocidad. Facultades del Tribunal de Apelación.
11
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Cuantificación de los daños. Prueba documental. Facturas ratificadas.
12
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Culpa extracontractual. La culpa extracontractual no consiste en la omisión de normas inexcusables, sino en el actuar no ajustado a la diligencia exigible, según las circunstancias del caso concreto, de las personas, tiempo y lugar, para evitar perjuicios a bienes ajenos. Responsabilidad de las Autoridades portuarias por la muerte de una persona la caerse de un muelle al mar. Culpa de la víctima: ... ver másCulpa extracontractual. La culpa extracontractual no consiste en la omisión de normas inexcusables, sino en el actuar no ajustado a la diligencia exigible, según las circunstancias del caso concreto, de las personas, tiempo y lugar, para evitar perjuicios a bienes ajenos. Responsabilidad de las Autoridades portuarias por la muerte de una persona la caerse de un muelle al mar. Culpa de la víctima: moderación de la cuantía de la indemnización. ver menos
13
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Culpa. La responsabilidad extracontractual de la empresa no alcanza el simple operario que recibe instrucciones concretas de la empresa realizadora de los trabajos sin advertirle de la posible existencia en el subsuelo de los servios de electricidad, agua, teléfono.
14
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Culpa extracontractual. Admitida la realidad de los daños y su efectiva causación por la demanda, incumbe a ésta probar haber adoptado las precauciones necesarias para evitar el siniestro, máxime cuando la existencia en el subsuelo urbano de conducciones de agua, electricidad o teléfono es un supuesto previsible que no está sustraído del conocimiento del hombre medio y mucho menos a un profesional... ver másCulpa extracontractual. Admitida la realidad de los daños y su efectiva causación por la demanda, incumbe a ésta probar haber adoptado las precauciones necesarias para evitar el siniestro, máxime cuando la existencia en el subsuelo urbano de conducciones de agua, electricidad o teléfono es un supuesto previsible que no está sustraído del conocimiento del hombre medio y mucho menos a un profesional de la construcción, incumbiendo al contratista el solicitar información precisa y concreta de los lugares por donde discurren dichos servicios, sin que baste la creencia de que habían sido retirados para quedar libre de culpa. ver menos
15
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Prueba de la culpa. Cuando ambos conductores pueden invocar que es la contraparte la obligada a probar en virtud de la inversión de la carga de la prueba, se debe acudir a que es quien demanda quien debe probar que concurren los requisitos del art. 1902 del Código Civil.
16
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/07/1995 | 01/08/1995
Resumen: 
Legitimación activa. La relación de parentesco de la que se deriva un evidente perjuicio como consecuencia de la muerte de un familiar tan próximo, conlleva la legitimación para interesar la correspondiente indemnización, al amparo del art. 1902 del Código Civil.
17
Título
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1995
Resumen: 
Autopistas. Responsabilidad de la Sociedad concesionaria del accidente sufrido por un vehículo que circulaba por uno de los carriles de la autopista y que chocó contra una caja de madera, presumiblemente caída voluntaria o involuntariamente de otro vehículo, que no está señalizada.
18
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1995
Resumen: 
El Consorcio de Compensación de Seguros responde de los daños causados por vehículos no asegurados. Carga de la prueba de la falta de seguro.
19
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1995
Resumen: 
Competencia territorial. Conforme a la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil llevada a cabo por la Ley de 6 de agosto de 1984, las cuestiones de competencias por razón del territorio sólo pueden plantearse por declinatoria o por inhibinatoria, no como excepción dilatoria.
20
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1995
Resumen: 
La excepción de culpa exclusiva de la víctima exige la prueba de que el daño fué debido únicamente y exclusivamente a culpa o negligencia, por parte del conductor del turismo que atropelló al peatón.
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