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1
Autor corporativo: 
Fundación de Estudios Financieros
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
2010
Resumen: 
Análisis económico, jurídico y sociológico del sector asegurador que pretende ofrecer una imagen fiel de la industria del seguro español, revisando su estructura y modelo de negocio, procurando revelar las tendencias de su evolución y penetración social. A su vez, se evalúa su estado de solvencia y capitalización y se analiza el impacto de las reformas en curso, especialmente Solvencia II.
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Análisis económico, jurídico y sociológico del sector asegurador que pretende ofrecer una imagen fiel de la industria del seguro español, revisando su estructura y modelo de negocio, procurando revelar las tendencias de su evolución y penetración social. A su vez, se evalúa su estado de solvencia y capitalización y se analiza el impacto de las reformas en curso, especialmente Solvencia II.
Contiene:

*Parte primera: Las claves del sector asegurador en España
- La estructura de los mercados
- Aspectos y tendencias demográficos
- Marco regulatorio: ordenación y supervisión
- La dimensión internacional del seguro
- Códigos de conducta y gobierno corporativo
- Cumplimiento de la normativa sobre lucha contra el terrorismo y operaciones de blanqueo de capitales
- El consorcio de compensación del seguro
- El sector asegurador y el derecho de la competencia
- La regulación del contrato de seguros. Bases para su reforma
- Los canales de distribución del seguro en España
- La solución de conflictos en materia de seguro

*Parte segunda: Los seguros de vida
- Introducción. Principios generales del seguro de vida
- Aspectos económicos
- Aspectos jurídicos
- Fiscalidad de los seguros de vida: aspectos jurídicos
- Fiscalidad de seguros de vida: aspectos económicos

*Parte tercera: los seguros no de vida
- Las grandes categorías de los seguros no vida
- Responsabilidad civil (general) ver menos
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
07/02/2005
Resumen: 
Información en la que se da a conocer que, aunque los Comisionados para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros todavía no han sido designados (a pesar de que estos cargos fueron establecidos en la Ley Financiera de finales de 2002 y que su Reglamento se publicó hace un año), ello no significa que no estén prestando sus servicios. Así, la norma determinaba que los Servicios de Reclamac... ver másInformación en la que se da a conocer que, aunque los Comisionados para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros todavía no han sido designados (a pesar de que estos cargos fueron establecidos en la Ley Financiera de finales de 2002 y que su Reglamento se publicó hace un año), ello no significa que no estén prestando sus servicios. Así, la norma determinaba que los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, CNMV y DGSFP, se adscribirían a sus respectivos comisionados. En el caso de una reciente consulta de Niubó Asociados, remitida a la DGSFP, ha sido contestada en un escrito con membrete del Mº de Economía y Hacienda - Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones. La noticia indica cuáles son las funciones de los Comisionados, a qué organismos están adscritos los tres existentes y quiénes podrán ocupar este cargo. ver menos
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
07/02/2005
Resumen: 
Información que da cuenta de la conclusión de un informe elaborado por el Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones, en respuesta a una consulta del perito José María Niubó. Éste preguntaba si en el contrato de seguro, "en razón a la garantía de compensación de capitales", es "necesario e imprescindible" conocer las tasas de prima aplicadas por garantías y co... ver másInformación que da cuenta de la conclusión de un informe elaborado por el Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones, en respuesta a una consulta del perito José María Niubó. Éste preguntaba si en el contrato de seguro, "en razón a la garantía de compensación de capitales", es "necesario e imprescindible" conocer las tasas de prima aplicadas por garantías y conceptos desde el momento de la emisión de la póliza. El perito entiende que, si no se especifícan las tasas en el contrato "se nos ofrece una garantía, compensación de capitales y primas, carente de datos conocidos por el asegurado en el momento de contratar la póliza", por lo que "resulta obvio que la única fuente de información cuando se produce un siniestro y se pone de manifiesto la necesidad de hacer uso de esta garantía, es la propia compañía aseguradora", por lo que "puede dar lugar a un estado de indefensión en el momento en el que se produzca el siniestro". En la contestación del órgano supervisor se señala que para la correcta aplicación de la garantía de compensación de capitales en caso de exceso de capital asegurado, contenida en el condicionado de una póliza, no es suficiente con que en el documento exista una remisión a las tasas de primas que aplique la entidad, sino que estas tasas "deberán contenerse en el contrato en el momento de su conclusión". Sin embargo, "en las condiciones generales de la póliza se establece que se aplicará la compensación de capitales siempre que la prima neta total resultante de aplicar las tasas de prima, con sus recargos y/o descuentos, a este nuevo reparto de capitales, no exceda de la prima satisfecha en la anualidad". A juicio de la DGSFP, esta cláusula "no determina con claridad y precisión cómo se aplica la compensación de capitales, ya que no se conoce qué se entiende por las tasas de primas aplicables a este nuevo reparto de capitales". La respuesta también añade que la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios estipula que las cláusulas de los contratos deben cumplir con los requisitos de "concreción, claridad y sencillez en la redacción, con posibilidad de comprensión directa, sin reenvíos a textos o documentos que no se faciliten previa o simultáneamente a la conclusión del contrato, y a los que deberá hacerse referencia expresa en el documento contractual". A juicio del perito, José María Niubó, "del estudio detallado de las condiciones de los contratos redactados por las compañías se desprende que existen diferencias de interpretación y que, en ocasiones, generan dudas en el momento de resolver un siniestro". La noticia apunta a que la respuesta del Comisionado puede suscitar dudas en base a si podría plantearse la necesidad de que las aseguradoras tuviesen que realizar modificaciones en todos los contratos que tienen en vigor para este tipo de riesgos. Asimismo, expertos jurídicos consultados por la Redacción del `BDS` recuerdan que los informes del Comisionado no tienen, en ningún caso, carácter vinculante para los reclamantes ni para las entidades, aunque se pueden remitir a la DGSFP si se aprecian indicios de incumplimiento o quebrantamiento de las normas. ver menos
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
24/01/2005
Resumen: 
Centre Insurance Company (filial de Zurich Financial Services) ha resuelto las diferencias que mantenía desde hace tiempo en relación a transacciones con el Comisionado de Seguros de California, como liquidador de Superior National Insurance.
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
19/01/2005
Resumen: 
Aunque el Ministerio de Economía y Hacienda tenía previsto designar antes del 3 de julio de 2004 a los tres Comisionados de Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Comisionados para la Defensa del Cliente de Servicios Bancarios, para la Defensa del Inversor y para la Defensa del Asegurado y del Partícipe de Planes de Pensiones), sin embargo, el retraso en esos nombramientos supera ya los... ver másAunque el Ministerio de Economía y Hacienda tenía previsto designar antes del 3 de julio de 2004 a los tres Comisionados de Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Comisionados para la Defensa del Cliente de Servicios Bancarios, para la Defensa del Inversor y para la Defensa del Asegurado y del Partícipe de Planes de Pensiones), sin embargo, el retraso en esos nombramientos supera ya los seis meses, sin visos de solventarse a corto plazo. Según la página web de `Consumer`, esta demora se achaca a que el Banco de España y la CNMV no han remitido aún nombres de candidatos para acceder a esos cargos, siendo la DGSFP el único supervisor que ha propuesto candidato a comisionado. De momento, tanto el Banco de España como la CNMV son contrarios por diversos motivos a la presentación de candidatos, y aducen que las tareas de esos comisionados ya son desempeñadas en la actualidad por sus correspondientes departamentos de atención al cliente. ver menos
6
Autor corporativo: 
Fuente: 
La Gaceta de los Negocios
Editor: 
Fecha: 
19-01-2005
Resumen: 
La elección de los tres comisionados que se encargará de defender los derechos de los usuarios de banca, seguros y bolsa se está retrasando bastante porque, hasta el momento, sólo la Dirección General de Seguros ha propuesto un candidato. El Banco de España no tiene pensado proponer ninguno, ya que considera que es misión del Ministerio de Economía, y la CNMV tampoco lo va a hacer al ser contraria... ver másLa elección de los tres comisionados que se encargará de defender los derechos de los usuarios de banca, seguros y bolsa se está retrasando bastante porque, hasta el momento, sólo la Dirección General de Seguros ha propuesto un candidato. El Banco de España no tiene pensado proponer ninguno, ya que considera que es misión del Ministerio de Economía, y la CNMV tampoco lo va a hacer al ser contraria a la instauración de esta figura. El BOE de 3 de marzo de 2004 publicó el reglamento que regula las funciones de estos comisionados y establecía un plazo de cuatro meses para su nombramiento, plazo sobrepasado ya en seis meses. ver menos
7
Autor corporativo: 
Fuente: 
La Gaceta de los Negocios
Editor: 
Fecha: 
07/07/2004
Resumen: 
Declaraciones de David Vegara sobre los proyectos legislativos en materia de seguros y de Ricardo Lozano sobre los resultados del sector en el ejercicio 2003.
8
Autor corporativo: 
Fuente: 
Expansión
Editor: 
Fecha: 
28/06/2004
Resumen: 
Unespa ha elaborado un Reglamento del Departamento o Servicio de Atención al Cliente consensuado con la DGS al que podrán adherirse las aseguradoras que lo deseen. Desde el 24 de julio las aseguradoras tienen la obligación de contar con un documento de estas características.
9
Autor corporativo: 
Fuente: 
La Gaceta de los Negocios
Editor: 
Fecha: 
16/06/2004
Resumen: 
El Gobierno proximamente nombrará los tres comisionados para la defensa de los clientes de servicios financieros.
10
Autor corporativo: 
Fuente: 
El País
Editor: 
Fecha: 
06/06/2004
Resumen: 
Análisis y comentario de la figura del comisionado (de banca, inversión y seguros) y la obligatoriedad de crear un servicio de atención al cliente o estblecer un defensor en las entidades financieras. El Consejo General de los Colegios de Mediadores de Seguros, Adecose y Fecor han presentado un recurso contra la Orden Ministerial que obliga a las corredurías a crear un departamento de atención al ... ver másAnálisis y comentario de la figura del comisionado (de banca, inversión y seguros) y la obligatoriedad de crear un servicio de atención al cliente o estblecer un defensor en las entidades financieras. El Consejo General de los Colegios de Mediadores de Seguros, Adecose y Fecor han presentado un recurso contra la Orden Ministerial que obliga a las corredurías a crear un departamento de atención al cliente. ver menos
11
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
19/01/2004
Resumen: 
El borrador del Real Decreto que maneja el Ministerio de Economía fija las condiciones de trabajo de la figura del comisionado encargado de defender al cliente de seguros. Su margen de actuación será superior al del actual servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), al reducirse de 6 a 2 meses el plazo para que los clientes de seguros o planes de pen... ver másEl borrador del Real Decreto que maneja el Ministerio de Economía fija las condiciones de trabajo de la figura del comisionado encargado de defender al cliente de seguros. Su margen de actuación será superior al del actual servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), al reducirse de 6 a 2 meses el plazo para que los clientes de seguros o planes de pensiones puedan reclamar, en caso de que su compañía no solucione la reclamación. En el supuesto de inicio de expediente por una posible infracción de contrato, el comisionado tendrá un plazo de cuatro meses para resolverlo. El informe final del defensor del asegurado no podrá ser recurrido por parte del usuario. En cuanto a transparencia e información, el comisionado velará por que las entidades cumplan con los requisitos sobre esa cuestión, además de vigilar el funcionamiento de los servicios de atención al cliente de las compañías. Otra de las novedades es que las asociaciones de usuarios y terceras personas perjudicadas que no sean clientes de una entidad podrán presentar quejas o consultas. ver menos
12
Autor corporativo: 
Fuente: 
Expansión | BISS
Editor: 
Fecha: 
09/07/2002 | 22-07-2002
Resumen: 
Gloria Hernández, directora general del Tesoro Público y Política Financiera, habló del objetivo central de la nueva Ley Financiera en el hólding de mercados financieros de Meff Aiaf Senaf y de la Universidad de Oviedo.
13
Autor corporativo: 
Fuente: 
BISS | La Gaceta de los Negocios
Editor: 
Fecha: 
06/03/2002 | 18-03-2002
Resumen: 
Entrevista a la directora de seguros, Pilar González de Frutos, que impulsará cuatro directivas bajo la presidencia española de la Unión Europea; supervisará las cuentas del sector del ejercicio pasado; afrontará la exteriorización de pensiones; y preparará la nueva Ley Financiera. Habla de la exteriorización tras los cambios en la Ley de Pensiones; del sector asegurador tras los atentados terrori... ver másEntrevista a la directora de seguros, Pilar González de Frutos, que impulsará cuatro directivas bajo la presidencia española de la Unión Europea; supervisará las cuentas del sector del ejercicio pasado; afrontará la exteriorización de pensiones; y preparará la nueva Ley Financiera. Habla de la exteriorización tras los cambios en la Ley de Pensiones; del sector asegurador tras los atentados terroristas del 11-S, y la subida de precios por ésto; de las coberturas del Consorcio de Compensación de Seguros; de la directivas europeas de seguros, y de sus consecuencias en España; y por último si estas directivas afectará a la DGS. ver menos
14
Autor corporativo: 
Fuente: 
BISS | Expansión
Editor: 
Fecha: 
02/03/2002 | 18-03-2002
Resumen: 
La Ley de Reforma del Sistema Financiero ha actualizado: la regulación de las finanzas españolas; revisado las funciones de CNMV; la vigilancia de las auditoras; ha abierto las fronteras a los mercados españoles; constituye Iberclear; posibilita la transparencia de la documentación de los auditores; elimina la obligatoridad de la figura del defensor del cliente; supresión de la Comisión Liquidador... ver másLa Ley de Reforma del Sistema Financiero ha actualizado: la regulación de las finanzas españolas; revisado las funciones de CNMV; la vigilancia de las auditoras; ha abierto las fronteras a los mercados españoles; constituye Iberclear; posibilita la transparencia de la documentación de los auditores; elimina la obligatoridad de la figura del defensor del cliente; supresión de la Comisión Liquidadora de Entidades Financieras, cuyas funciones asume el Consorcio de Compensación de Seguros; se amplían las opciones de financiación de los pymes, de las cooperativas de crédito y las entidades de capital riesgo. Destaca en el proyecto de Ley las ausencias de las cajas de ahorros. ver menos
15
Autor corporativo: 
Fuente: 
BISS | Cinco Días
Editor: 
Fecha: 
22/02/2002 | 11-03-2002
Resumen: 
El Ministerio de Economía ha dado marcha atrás en la figura obligatoria del defensor del clientes, dejándola en voluntaria y obligando a las aseguradoras a que tengan un departamento de atención al cliente, reflejado en la nueva ley financiera. Vicente Martínez Pujalte ha comenzado a negociar con CiU y Coalición canaria, afirma que se agilizarán las fusiones de cajas, y las cuotas participativas t... ver másEl Ministerio de Economía ha dado marcha atrás en la figura obligatoria del defensor del clientes, dejándola en voluntaria y obligando a las aseguradoras a que tengan un departamento de atención al cliente, reflejado en la nueva ley financiera. Vicente Martínez Pujalte ha comenzado a negociar con CiU y Coalición canaria, afirma que se agilizarán las fusiones de cajas, y las cuotas participativas tendrán mayor liquidez y estarán representados en la asamblea de a caja. ver menos
16
Autor corporativo: 
Fuente: 
El País | BISS
Editor: 
Fecha: 
14-06-1998
Resumen: 
La supresión en el nuevo IRPF de la deducción fiscal para los seguros de enfermedad provocará, según el sector asegurador, la pérdida de 400.000 asegurados aproximadamente. Las compañías de seguros de asistencia sanitaria facturaron en 1997 primas y recargos de un volumen de 310.202 millones de pesetas. En España existen cerca de 6,3 millones de usuarios de seguros de enfermedad, 1,3 millones solo... ver másLa supresión en el nuevo IRPF de la deducción fiscal para los seguros de enfermedad provocará, según el sector asegurador, la pérdida de 400.000 asegurados aproximadamente. Las compañías de seguros de asistencia sanitaria facturaron en 1997 primas y recargos de un volumen de 310.202 millones de pesetas. En España existen cerca de 6,3 millones de usuarios de seguros de enfermedad, 1,3 millones solo en Cataluña, que pagan una prima madia de 46.219 pesetas anuales. CiU ha pactado con el Gobierno compensar al seguro de enfermedad, por la supresión de su deducción fiscal, liberándolo del 6% de gravamen que suponía el impuesto sobre seguros médicos privados, lo cual ha sido considerado por el sector asegurador como una medida insuficiente para paliar los efectos de suprimir la deducción. ver menos
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