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1
Título
Fuente:
Boletín RC y Seguros
Fecha:
15/09/2023
Resumen:
Sentencia 836/2022 de la AP de Vitoria, de 13 de mayo
Ponente: María Mercedes Guerrero Romeo.
Póliza de Hogar: Burro animal doméstico
La conductora de un vehículo se vio sorprendida por la presencia de un burro en la calzada, que había escapado de una finca próxima. El vehículo sufrió daños por importe de 4.821,73 euros. La aseguradora del vehículo presenta reclamación... ver másSentencia 836/2022 de la AP de Vitoria, de 13 de mayo
Ponente: María Mercedes Guerrero Romeo.
Póliza de Hogar: Burro animal doméstico
La conductora de un vehículo se vio sorprendida por la presencia de un burro en la calzada, que había escapado de una finca próxima. El vehículo sufrió daños por importe de 4.821,73 euros. La aseguradora del vehículo presenta reclamación contra el propietario del animal y su aseguradora. ver menos
Ponente: María Mercedes Guerrero Romeo.
Póliza de Hogar: Burro animal doméstico
La conductora de un vehículo se vio sorprendida por la presencia de un burro en la calzada, que había escapado de una finca próxima. El vehículo sufrió daños por importe de 4.821,73 euros. La aseguradora del vehículo presenta reclamación... ver másSentencia 836/2022 de la AP de Vitoria, de 13 de mayo
Ponente: María Mercedes Guerrero Romeo.
Póliza de Hogar: Burro animal doméstico
La conductora de un vehículo se vio sorprendida por la presencia de un burro en la calzada, que había escapado de una finca próxima. El vehículo sufrió daños por importe de 4.821,73 euros. La aseguradora del vehículo presenta reclamación contra el propietario del animal y su aseguradora. ver menos
2
Título
Fuente:
BDS
Fecha:
03/07/2015
Resumen:
Direct Seguros incorpora la nueva cobertura Colisión con Animales para complementar sus coberturas de autos a terceros y a todo riesgo, en caso de sufrir una colisión con especies cinegéticas o animales domésticos agrícolas, adaptándose a la Ley de Tráfico. Se indica el coste adicional de la nueva garantía.
3
Título
Fuente:
BDS
Fecha:
22/04/2015
Resumen:
Línea Directa ha incorporado la cobertura, opcional y complementaria a los seguros a Terceros, de daños propios causados por animales, que permite a los propietarios de vehículos reparar sus coches en este tipo de siniestros en los que, con la nueva normativa, quedan desprotegidos. La nueva garantía, con un precio de 30 euros, no tiene franquicias y no diferencia entre animales domésticos y salva... ver másLínea Directa ha incorporado la cobertura, opcional y complementaria a los seguros a Terceros, de daños propios causados por animales, que permite a los propietarios de vehículos reparar sus coches en este tipo de siniestros en los que, con la nueva normativa, quedan desprotegidos. La nueva garantía, con un precio de 30 euros, no tiene franquicias y no diferencia entre animales domésticos y salvajes. ver menos
4
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Editor:
Madrid
Fecha:
01/10/2013
Resumen:
En este artículo se analiza la Responsabilidad Civil y, en su caso, penal, que tienen los propietarios o detentadores de animales.
5
Título
Fuente:
BDS
Fecha:
04/02/2009
Resumen:
Agroseguro ha indemnizado el primer siniestro declarado en una explotación de ganado porcino extensivo de Salamanca por ataque de animales salvajes. En concreto, el ataque de un lobo que provocó la muerte directa de 30 animales de raza ibérica que el ganadero tenía cubiertos mediante el seguro de explotación de ganado porcino. La información explica las características y coberturas más importantes... ver másAgroseguro ha indemnizado el primer siniestro declarado en una explotación de ganado porcino extensivo de Salamanca por ataque de animales salvajes. En concreto, el ataque de un lobo que provocó la muerte directa de 30 animales de raza ibérica que el ganadero tenía cubiertos mediante el seguro de explotación de ganado porcino. La información explica las características y coberturas más importantes que contempla esta póliza. ver menos
6
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
11-07-2005
Resumen:
Comentario de la sentencia del Tribunal Supremo tras producirse un accidente de tráfico al chocar el vehículo con un burro que había accedido a la autovía por un hueco entre dos mallas.
7
Fuente:
BDS
Fecha:
30/03/2005
Resumen:
La Unión de Campesinos-COAG de Zamora denuncia los problemas que tienen los ganaderos de la provincia para cobrar las indemnizaciones por los daños causados por especies salvajes, especialmente en el caso de los lobos. Tanto la Junta de Comunidades como las aseguradoras justifican esta decisión "por lo que a su entender son la falta de pruebas suficientes en la acreditación del siniestro, es decir... ver másLa Unión de Campesinos-COAG de Zamora denuncia los problemas que tienen los ganaderos de la provincia para cobrar las indemnizaciones por los daños causados por especies salvajes, especialmente en el caso de los lobos. Tanto la Junta de Comunidades como las aseguradoras justifican esta decisión "por lo que a su entender son la falta de pruebas suficientes en la acreditación del siniestro, es decir, el cadáver del animal atacado por el lobo". En su opinión, debe ser "suficiente prueba para certificar la existencia del ataque, tanto para la Consejería de Medio Ambiente como para las compañías aseguradoras, el hecho de encontrar en la zona restos de sangre y otros". ver menos
8
Fuente:
BDS
Fecha:
07/03/2005
Resumen:
La Federación de Caza de Castilla y León ha remitido un escrito al Procurador del Común de Castilla y León (el `defensor del pueblo` autonómico), instándole a iniciar los trámites legislativos oportunos para modificar la legislación autonómica de "caza vigente", que data de 1996. Este cambio iría encaminado a eliminar la responsabilidad "a priori" del titular del coto de caza o terreno de donde pr... ver másLa Federación de Caza de Castilla y León ha remitido un escrito al Procurador del Común de Castilla y León (el `defensor del pueblo` autonómico), instándole a iniciar los trámites legislativos oportunos para modificar la legislación autonómica de "caza vigente", que data de 1996. Este cambio iría encaminado a eliminar la responsabilidad "a priori" del titular del coto de caza o terreno de donde procede el animal causante del accidente de circulación, para que se valoren todas las circunstancias que han concurrido (comprobar si el conductor del vehículo ha cumplido la legislación en materia de tráfico; si la carretera donde se produjo el atropello está debidamente señalizada y cumple las condiciones de mantenimiento exigibles; si el titular del coto de caza tuvo o no influencia directa en el accidente, por ejemplo en los casos en los que un animal es perseguido y provoca en su huida este siniestro). Según la Federación de Castilla y León, en 2004 se han producido más de 3.000 accidentes por esta causa, con más de 500 heridos y cinco muertos, "siendo las carreteras castellano-leonesas las que más accidentes sufren por esta causa". En el documento se rebaten los distintos argumentos que se utilizan para atribuir la responsabilidad al titular del coto de caza o del terreno de procedencia (la responsabilidad objetiva, considerando que la culpa es del titular del coto de caza o propietario del terreno porque los animales atropellados `proceden` de ese coto de caza o espacio; y porque, como titular, tiene un `aprovechamiento` sobre los mismos). También se recuerda que, aunque el Consejo de Estado ya dictaminó que "la Comunidad Autónoma no puede alterar el régimen de responsabilidad establecido en la legislación civil o el sistema de responsabilidad de las Administraciones Públicas, ello no impide que la Comunidad pueda asegurar sus riesgos con una entidad privada o asumir responsabilidades ajenas mediante la toma de un seguro cuya prima se reparta proporcionalmente entre los beneficiarios". La información también alude a la peculiar situación derivada de la disparidad de legislaciones autonómicas, y se cita como causa de la misma que "para resolver los problemas de responsabilidad civil creados por los accidentes de circulación que provocan las piezas de caza se aplican las leyes de caza, y esto no debería ocurrir; irrumpir un animal salvaje en la calzada no tiene nada que ver con la acción de cazar". ver menos
9
Fuente:
BDS
Fecha:
07/03/2005
Resumen:
La Real Federación Española de Caza (RFEC) ha pedido un cambio en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en lo relativo a accidentes de tráfico por atropellos de especies cinegéticas, por la que los jueces vienen condenando a los cotos por dichos siniestros. En la actualidad, la Federación considera habitual que los jueces responsabilicen a los titulares de los co... ver másLa Real Federación Española de Caza (RFEC) ha pedido un cambio en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en lo relativo a accidentes de tráfico por atropellos de especies cinegéticas, por la que los jueces vienen condenando a los cotos por dichos siniestros. En la actualidad, la Federación considera habitual que los jueces responsabilicen a los titulares de los cotos por el mero hecho de tener un terreno destinado a tal fin y colindante con la carretera. Según su argumento, esta situación ha llevado a las aseguradoras, bien a dejar de emitir seguros de RC para los titulares de los cotos, bien a fijar elevadísimas primas a dichos seguros. En la normativa existente en otros países de la Unión Europea, la responsabilidad por daños producidos por atropellos de animales salvajes recae sobre el conductor del vehículo y excepcionalmente sobre el Estado, nunca sobre el titular del coto de caza o del propietario del terreno. El argumento es siempre el mismo: las piezas de caza son `Res Nullius`, es decir, cosa de nadie, y, en consecuencia, nadie debe ser responsabilizado a priori por las consecuencias de estos accidentes, por lo que la responsabilidad de estos accidentes no debería de recaer nunca en el titular del coto de caza o del propietario del terreno que, en la mayoría de los casos, no puede hacer absolutamente nada para evitarlo. Por ello defiende una modificación legal que consistiría en la introducción de un texto sobre la RC en este tipo de accidentes. La responsabilidad patrimonial quedaría vinculada, dependiendo de cada caso, a la aseguradora del vehículo accidentado, a la Administración o al titular o propietario del terreno. En este último caso sólo en las situaciones en la que el siniestro "sea consecuencia directa de la acción de cazar o de negligencia en su gestión". Una iniciativa similar a la de la RFEC fue impulsada, sin éxito, por CiU. Ahora, coincidiendo con la revisión de la normativa de tráfico, el organismo federativo quiere que se realice el cambio, por lo que ha iniciado contactos con los grupos políticos y la Administración. Se recoge íntegramente el texto de cambio solicitado por la RFEC en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. ver menos
10
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/02/1999
Resumen:
Sentencia Sala primera de 31 de octubre de 1998: Responsabilidad civil extracontractual directa del empresario y del colegio docente. Responsabilidad cuasi objetiva: artículo 1903-4 del Código Civil. Efectos reflejos en un proceso civil de una sentencia firme dictada en la jurisdicción penal. Lesiones causadas a un niño del colegio visitante por un león en un parque zoológico.
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