Registros encontrados: 25 Total Páginas: 2
1
Autor corporativo:
Blecua Legal
Fuente:
Actualidad Aseguradora | Actualidad Aseguradora Mediación
Fecha:
12/12/2022
Resumen:
Comentarios a un auto del Tribunal Supremo sobre la interpretación del concepto de `causa justificada` para delimitar la procedencia o no de la condena a la aseguradora de los intereses del artículo 20 de la LCS.
2
Fuente:
BDS
Fecha:
15/10/2018
Resumen:
Información sobre un auto judicial que considera lícita la negativa de la víctima al reconocimiento por el perito de la aseguradora.
3
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
16/12/2013
Resumen:
Crédito extraordinario aprobado en Consejo de Ministro para afrontar lo acordado en auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid relativo al abono de gastos de asistencia sanitaria.
4
Título
Fuente:
BDS
Fecha:
25/10/2013
Resumen:
El Tribunal Supremo ha determinado que el Juzgado de Instrucción número 36 de Madrid, y no la Audiencia Nacional, es el órgano responsable de investigar a Gerardo Díaz Ferrán en la causa en la que está imputado por la quiebra de Seguros Mercurio. Así consta en un auto hecho público el 24 de octubre por la Sala Segunda del alto tribunal, que establece que aunque existe “sustancialmente identi... ver másEl Tribunal Supremo ha determinado que el Juzgado de Instrucción número 36 de Madrid, y no la Audiencia Nacional, es el órgano responsable de investigar a Gerardo Díaz Ferrán en la causa en la que está imputado por la quiebra de Seguros Mercurio. Así consta en un auto hecho público el 24 de octubre por la Sala Segunda del alto tribunal, que establece que aunque existe “sustancialmente identidad” con la causa en la que el juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco investiga la venta del Grupo Marsans, de la que la aseguradora formaba parte, no se trata de los mismos hechos ni estos son conexos. ver menos
5
Fuente:
BDS
Fecha:
14/10/2011
Resumen:
La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Gecalial, filial del Grupo Campofrío, contra el auto de 17 de septiembre de 2010 del juzgado de instrucción que acordó el sobreseimiento y archivo de las actividades iniciadas tras la querella interpuesta por la citada empresa contra Vitalicio y HDI Seguros, y sus máximos responsables directivos, por un presun... ver másLa Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Gecalial, filial del Grupo Campofrío, contra el auto de 17 de septiembre de 2010 del juzgado de instrucción que acordó el sobreseimiento y archivo de las actividades iniciadas tras la querella interpuesta por la citada empresa contra Vitalicio y HDI Seguros, y sus máximos responsables directivos, por un presunto delito de estafa. Contra este auto de la Audiencia de Madrid no cabe recurso. Se dan a conocer los principales argumentos que refiere la Audiencia de Madrid para su resolución. ver menos
6
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
04/10/2010
Resumen:
Reseña del sobreseimiento de la querella presentada por Campofrío contra los directores generales de HDI Seguros y Vitalicio por presuntos delitos de estafa.
7
Fuente:
BDS
Fecha:
06/08/2010
Resumen:
Un tribunal federal de Nueva York ha desestimado, por segunda vez, la demanda de responsabilidad civil presentado por el Estado español contra American Bureau of Shipping (ABS), la sociedad que declaró apto para navegar al petrolero Prestige. El Estado pretendía una compensación económica en el extranjero por la catástrofe del buque, que provocó daños por valor de 2.233 millones de euros, según la... ver másUn tribunal federal de Nueva York ha desestimado, por segunda vez, la demanda de responsabilidad civil presentado por el Estado español contra American Bureau of Shipping (ABS), la sociedad que declaró apto para navegar al petrolero Prestige. El Estado pretendía una compensación económica en el extranjero por la catástrofe del buque, que provocó daños por valor de 2.233 millones de euros, según la primera estimación de la fiscalía. El revés judicial supone para España agotar la vía abierta en Estados Unidos con esa desestimación. La noticia recoge algunas de las observaciones que recoge el auto emitido. ver menos
8
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
07/12/2009
Resumen:
Información sobre el dictamen del auto de la Audiencia Nacional sobre las medidas cautelares de suspensión de la ejecución que directivos de AMA habían solicitado contra la Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda.
Por otro lado se informa de la querella criminal presentada por la entidad contra el director general de Seguros y Fondos de Pensiones.
Por otro lado se informa de la querella criminal presentada por la entidad contra el director general de Seguros y Fondos de Pensiones.
9
Fuente:
BDS
Fecha:
30/11/2009
Resumen:
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictaminado un auto, con fecha de 13 de noviembre, en el que desestima parte de las medidas cautelares de suspensión de la ejecución que directivos de AMA, entre ellos su presidente, Diego Murillo, habían solicitado contra la Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda de 12 de mayo sobre la mutua. Dicha resolución imponía a... ver másLa Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictaminado un auto, con fecha de 13 de noviembre, en el que desestima parte de las medidas cautelares de suspensión de la ejecución que directivos de AMA, entre ellos su presidente, Diego Murillo, habían solicitado contra la Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda de 12 de mayo sobre la mutua. Dicha resolución imponía a cada uno de los tres directivos 80 meses y dos días de separación del cargo, con inhabilitación para ejercer los cargos de administración o dirección en cualquier entidad aseguradora, y suspensión temporal en el ejercicio del cargo por plazo de ocho meses y un día. El auto de la Audiencia también desestima la petición de suspender la obligación de reparar la situación patrimonial de la entidad, que interpondrá resolución de súplica contra este auto. La Audiencia sí ha admitido la suspensión solicitada por los directivos de la aseguradora, en relación a las multas impuestas contra ellos. Contra esta resolución cabe interponer recurso de súplica ante la Sala en el plazo de cinco días, a partir del siguiente a la recepción de la notificación. Según la Redacción de BDS, este recurso se va a presentar. Por otra parte, AMA dio a conocer el pasado 27 de noviembre, que el Juzgado de Instrucción nº 51 de Madrid ha admitido a trámite una querella criminal presentada por la mutua contra el director general de Seguros y Fondos de Pensiones, Ricardo Lozano, por presuntos delitos de falsedades, revelación de secretos y prevaricación. La querella se suma a los recursos civiles que la aseguradora ha presentado contra varias resoluciones adoptadas por la DGSFP en los dos últimos años y relativas a acciones de AMA. Se recoge la reacción de un portavoz del Ministerio de Economía y Hacienda, de tranquilidad, ya que se conocía la presentación de esta querella; así como del propio director general de Seguros y Fondos de Pensiones, Ricardo Lozano (que asegura que los hechos que motivaron las medidas contra AMA están justificados y documentados). ver menos
10
Fuente:
BISS | Cinco Días
Fecha:
28/11/2009
Resumen:
Información sobre la ratificación por la Audiencia Nacional de la inhabilitación profesional impuesta a tres miembros de la cúpula de AMA, y sobre la querella criminal interpuesta por la entidad contra el director de la DGS.
11
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
23-02-2009
Resumen:
Noticia de la notificación del Tribunal Supremo, mediante auto, de su decisión de archivar el recurso presentado por la Abogacía del Estado contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, en la que se estimó las pretensiones de la Asociación Gallega de Corredores de Seguros.
La Asociación consideraba nula la imposición de la Orden ECO 734/04, que imponía la obligación a las corredurías d... ver másNoticia de la notificación del Tribunal Supremo, mediante auto, de su decisión de archivar el recurso presentado por la Abogacía del Estado contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, en la que se estimó las pretensiones de la Asociación Gallega de Corredores de Seguros.
La Asociación consideraba nula la imposición de la Orden ECO 734/04, que imponía la obligación a las corredurías de seguros de contar con un servicio de atención al cliente. ver menos
La Asociación consideraba nula la imposición de la Orden ECO 734/04, que imponía la obligación a las corredurías d... ver másNoticia de la notificación del Tribunal Supremo, mediante auto, de su decisión de archivar el recurso presentado por la Abogacía del Estado contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, en la que se estimó las pretensiones de la Asociación Gallega de Corredores de Seguros.
La Asociación consideraba nula la imposición de la Orden ECO 734/04, que imponía la obligación a las corredurías de seguros de contar con un servicio de atención al cliente. ver menos
12
Fuente:
BDS
Fecha:
11/02/2009
Resumen:
El Tribunal Supremo notificó el pasado 29 de enero, mediante auto, su decisión de archivar el recurso que, en su día, presentó la Abogacía del Estado contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, en la que se desestimó las pretensiones de la Asociación Gallega de Corredores de Seguros (AGACOSE). La Asociación consideraba nula la imposición de la Orden ECO 734/04, que imponía la obligación... ver másEl Tribunal Supremo notificó el pasado 29 de enero, mediante auto, su decisión de archivar el recurso que, en su día, presentó la Abogacía del Estado contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, en la que se desestimó las pretensiones de la Asociación Gallega de Corredores de Seguros (AGACOSE). La Asociación consideraba nula la imposición de la Orden ECO 734/04, que imponía la obligación a las corredurías de seguros de contar con un servicio de atención al cliente. Con la resolucion del Tribunal Supremo finaliza un litigio que ha durado más de cinco años, en el que AGACOSE ha combatido la forma de actuar de la DGSFP, que por vía reglamentaria impuso a las corredurías de seguros una obligación que ha de articularse a través de una Ley, como así se hizo dos años después. No obstante, se aclara que, a fecha de hoy, el Servicio de Atención al Cliente es obligatorio al establecerlo así la Ley de Mediación. El Estado lo validó con la promulgación de la citada ley. ver menos
13
Fuente:
BDS
Fecha:
01/02/2006
Resumen:
El Juzgado de Instrucción 28 de Madrid ha dictado el sobreseimiento del caso por el incendio del edificio Windsor el pasado 13 de febrero de 2005, al entender que no existe responsabilidad penal en el suceso. La información da cuenta de algunas de las conclusiones del auto, en lo relativo a origen y causas del fuego; posible negligencia de los guardias de seguridad o bomberos; los `fantasmas` del... ver másEl Juzgado de Instrucción 28 de Madrid ha dictado el sobreseimiento del caso por el incendio del edificio Windsor el pasado 13 de febrero de 2005, al entender que no existe responsabilidad penal en el suceso. La información da cuenta de algunas de las conclusiones del auto, en lo relativo a origen y causas del fuego; posible negligencia de los guardias de seguridad o bomberos; los `fantasmas` del Windsor (imágenes contenidas en un vídeo, en el que supuestamente aparecían sombras de figuras humanas) y sobre el butrón que se encontró en el edificio siniestrado, como una posible entrada de pirómanos. ver menos
14
Fuente:
BDS
Fecha:
17/02/2005
Resumen:
El Centro de Cooperación Interbancaria tiene intención de recurrir la decisión del Tribunal de Defensa de la Competencia de cerrar el Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) en un plazo de 15 días. Fuentes del registro advierten de que seguirá funcionando hasta que la Audiencia Nacional se pronuncie sobre su cierre. El Tribunal de Defensa de la Competencia considera que el RAI no puede continuar ... ver másEl Centro de Cooperación Interbancaria tiene intención de recurrir la decisión del Tribunal de Defensa de la Competencia de cerrar el Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) en un plazo de 15 días. Fuentes del registro advierten de que seguirá funcionando hasta que la Audiencia Nacional se pronuncie sobre su cierre. El Tribunal de Defensa de la Competencia considera que el RAI no puede continuar con sus operaciones porque restringe la competencia, al impedir que diferentes operadores puedan acceder a su base de datos. El registro sólo puede ser consultado en la actualidad por los bancos, cajas y entidades de crédito que lo mantinenen. La CECA se muestra preocupada por su cierre al considerar que su desaparición "afectará a la gestión del riesgo de crédito del sistema bancario español". ver menos
15
Fuente:
BDS
Fecha:
16/02/2005
Resumen:
El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha declarado en un auto, de 11 de febrero, que el Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI), el fichero en el que bancos y cajas incluyen a los morosos, no puede seguir operando porque restringe la competencia y debe dejar de operar en un plazo de 15 días. En él se indica que el fichero ha incumplido lo relativo a permitir que diferentes operadores pue... ver másEl Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha declarado en un auto, de 11 de febrero, que el Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI), el fichero en el que bancos y cajas incluyen a los morosos, no puede seguir operando porque restringe la competencia y debe dejar de operar en un plazo de 15 días. En él se indica que el fichero ha incumplido lo relativo a permitir que diferentes operadores puedan acceder a su base de datos. Hace cinco años el Tribunal declaró que era contrario a la Ley de Defensa de la Competencia desde que la norma entró en vigor, pero le concedió un plazo para funcionar a cambio de cumplir con los requisitos impuestos; al solicitarse la renovación, el TDC abrió un nuevo expediente y concedió una prórroga, y el expediente ha concluido ahora en la denegación de la autorización. ver menos
16
Fuente:
BDS
Fecha:
17/12/2004
Resumen:
Un auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 33 de Madrid ha rechazado las medidas cautelares pedidas por Aon Gil y Carvajal contra Willis, al que acusa de competencia desleal por el fichaje en bloque de ocho ejecutivos. Entre otras medidas cautelares, el demandante pedía la cancelación de los contratos realizados por Willis con estos ejecutivos, pero en el auto el juez indica que no est... ver másUn auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 33 de Madrid ha rechazado las medidas cautelares pedidas por Aon Gil y Carvajal contra Willis, al que acusa de competencia desleal por el fichaje en bloque de ocho ejecutivos. Entre otras medidas cautelares, el demandante pedía la cancelación de los contratos realizados por Willis con estos ejecutivos, pero en el auto el juez indica que no está acreditado que se den las condiciones de competencia desleal denunciadas. No obstante, Aon anuncia que recurrirá la resolución adoptada. Aon Gil y Carvajal presentó a finales de julio una demanda por competencia desleal contra Willis Iberia Correduría de Seguros. La causa fue el fichaje, un par de meses antes, del equipo de profesionales del Área de Mercados Estratégicos, por lo que el demandante acusaba a Willis de "apropiación de secretos empresariales" y solicitaba al juzgado "que dicte las consiguientes medidas de remoción de actos de competencia desleal conforme a la Ley de 1991". ver menos
17
Fuente:
BDS
Fecha:
25/06/2003
Resumen:
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha hecho público un auto por el que autoriza a la juez Teresa Palacios abrir el juicio oral contra Emilio Botín y cuatro ex directivos del banco por el `caso de las cesiones de crédito` (los hechos se remontan a 1988 y 1989 por unos productos financieros a los que no se les practicaron retenciones a Hacienda y en los que se habrían utilizado titularidad... ver másLa Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha hecho público un auto por el que autoriza a la juez Teresa Palacios abrir el juicio oral contra Emilio Botín y cuatro ex directivos del banco por el `caso de las cesiones de crédito` (los hechos se remontan a 1988 y 1989 por unos productos financieros a los que no se les practicaron retenciones a Hacienda y en los que se habrían utilizado titularidades falsas y de personas fallecidas). El auto entiende que se cometió un supuesto delito fiscal de los inversores, y establece las distintas etapas en las que se produjo la irregularidad. Por su parte, SCH ha hecho público un comunicado, coincidiendo con esta noticia, en la que señala que la comercialización de las cesiones de nula propiedad crediticia se desarrolló dentro de la más estricta legalidad, y confía en que se archive dicha causa. ver menos
18
Fuente:
BDS
Fecha:
12/02/2003
Resumen:
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha suspendido de manera provisional la resolución del pasado día 3 de febrero adoptada por la Junta de Andalucía, en la que declaraba ilegal la póliza del presidente de Cajasur, Miguel Castillejo. El auto suspende el segundo punto de dicha resolución, que establecía un plazo de 20 días para que la caja "... ver másLa Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha suspendido de manera provisional la resolución del pasado día 3 de febrero adoptada por la Junta de Andalucía, en la que declaraba ilegal la póliza del presidente de Cajasur, Miguel Castillejo. El auto suspende el segundo punto de dicha resolución, que establecía un plazo de 20 días para que la caja "restituyera la legalidad vigente" y se anulara la mejora económica para Castillejo al vulnerar la legislación autonómica de cajas, que no permite ese tipo de complementos para los presidentes de esas entidades. ver menos
19
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
28/10/2002
Resumen:
Resumen de una sentencia sobre el recobro de los gastos asistenciales y gastos por incapacidad laboral en un accidente de tráfico laboral, de sí es competencia de el Insalud y de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad social o de las compañías de seguros de asistencia sanitaria.
20
Fuente:
BDS
Fecha:
01/07/2002
Resumen:
La juez de la Audiencia Nacional María Teresa Palacios ha dictado un auto en el que aprecia indicios de un delito de falsedad documental en la actuación del actual presidente de SCH, Emilio Botín, y de cuatro ex directivos del antiguo Banco Santander, por el caso de las cesiones de crédito. SCH ha manifestado que la comercialización de estos productos se desarrolló "dentro de la más estricta legal... ver másLa juez de la Audiencia Nacional María Teresa Palacios ha dictado un auto en el que aprecia indicios de un delito de falsedad documental en la actuación del actual presidente de SCH, Emilio Botín, y de cuatro ex directivos del antiguo Banco Santander, por el caso de las cesiones de crédito. SCH ha manifestado que la comercialización de estos productos se desarrolló "dentro de la más estricta legalidad", por lo que recurrirá el auto, "solicitando la nulidad radical y de pleno derecho del mismo". ver menos
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