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1
Fuente:
Boletín RC y Seguros
Fecha:
15/01/2023
Resumen:
El Tribunal Supremo ha fijado en una sentencia que los Colegios de Abogados no pueden establecer reglas específicas y pormenorizadas referidas a actuaciones profesionales concretas y que conduzcan directamente a una determinada cuantificación de los honorarios.
2
Fuente:
BISS | Expansión
Fecha:
02/05/2011
Resumen:
Artículo que muestra la postura de la Audiencia nacional frente a la denuncia planteada por competencia desleal de bancos y cajas de ahorros, al vincular presuntamente la concesión de préstamos a la contratación de ciertos seguros.
3
Fuente:
BDS
Fecha:
29/02/2008
Resumen:
El BOE publicó el pasado 27 de febrero el Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Defensa de la Competencia, norma que entró en vigor al siguiente día, el 28 de febrero. El Reglamento desarrolla cuestiones, tanto sustantivas como de procedimiento, contenidas en la Ley de Defensa de la Competencia (LDC), destacando entre todas ellas la referida al programa de... ver másEl BOE publicó el pasado 27 de febrero el Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Defensa de la Competencia, norma que entró en vigor al siguiente día, el 28 de febrero. El Reglamento desarrolla cuestiones, tanto sustantivas como de procedimiento, contenidas en la Ley de Defensa de la Competencia (LDC), destacando entre todas ellas la referida al programa de `clemencia`, que permite en determinados supuestos la exención o reducción de multas a aquellas empresas o personas físicas que formen parte de un cártel cuando decidan colaborar con el organismo, aportando elementos que ayuden a probar la infracción. Otras cuestiones desarrolladas por la nueva norma son las referidas a las conductas de menor importancia, a las cuestiones sustantivas en control de concentraciones económicas y a las funciones de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) en relación con las ayudas públicas y la promoción de la competencia y las también reforzadas facultades de inspección y colaboración en materia de investigación de este organismo. ver menos
4
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
25-06-2007
Resumen:
Noticia de la aprobación por parte del Congreso de los Diputados de la Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados en materia de supervisión de las actividades de reaseguro. Se resumen las modificaciones más destacadas que se incorporan en la norma, que debería entrar en vigor el 9 de diciembre.
Al mismo tiempo, la Cámara Baja ha a... ver másNoticia de la aprobación por parte del Congreso de los Diputados de la Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados en materia de supervisión de las actividades de reaseguro. Se resumen las modificaciones más destacadas que se incorporan en la norma, que debería entrar en vigor el 9 de diciembre.
Al mismo tiempo, la Cámara Baja ha aprobado la Ley de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable y la Ley de Defensa de la Competencia. ver menos
Al mismo tiempo, la Cámara Baja ha a... ver másNoticia de la aprobación por parte del Congreso de los Diputados de la Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados en materia de supervisión de las actividades de reaseguro. Se resumen las modificaciones más destacadas que se incorporan en la norma, que debería entrar en vigor el 9 de diciembre.
Al mismo tiempo, la Cámara Baja ha aprobado la Ley de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable y la Ley de Defensa de la Competencia. ver menos
5
Fuente:
BDS
Fecha:
15/06/2007
Resumen:
El Congreso de los Diputados aprobó el pasado 14 de junio la Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados en materia de supervisión de las actividades de reaseguro. La información da a conocer cuál es el objetivo primordial de esta norma, cuándo debería entrar en vigor y las modificaciones más destacadas que incorpora. Por otra parte, ... ver másEl Congreso de los Diputados aprobó el pasado 14 de junio la Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados en materia de supervisión de las actividades de reaseguro. La información da a conocer cuál es el objetivo primordial de esta norma, cuándo debería entrar en vigor y las modificaciones más destacadas que incorpora. Por otra parte, el Congreso ha rechazado dos enmiendas a este proyecto de ley introducidas en el Senado, que aludían, por un lado, a que los médicos pudieran quedar exentos de la obligación de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos si optaban por incorporarse a la mutua o mutualidad correspondiente. También se ha rechazado la enmienda que pedía que el Gobierno elaborase y aprobase en el plazo de un año un texto refundido de la LOSSP para incorporar modificaciones legislativas relativas al sector asegurador posteriores a esta norma. En otro orden de coas, la noticia da a conocer la aprobación por el Congreso de la Ley de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable y la Ley de Defensa de la Competencia. La primera fija las bases legales que permitan hacer compatible nuestro ordenamiento jurídico interno con las normas internacionales de contabilidad adoptadas por la Comisión Europea; mientras que la segunda crea la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), órgano competente para adoptar las decisiones sobre las operaciones de concentración, integrando el Servicio de Defensa de la Competencia y el Tribunal de Defensa de la Competencia. De ambas normas se dan a conocer otros aspectos relevantes que incluyen. ver menos
6
Fuente:
Expansión
Fecha:
18-02-2005
Resumen:
La Dirección General de Defensa de la Competencia ha dado la razón a las aseguradoras al afirmar que no se pueden establecer pactos de precios entre las empresas de grúas y Unespa, como las primeras pretenden. Se explican las raíces del conflicto entre los dos sectores y las razones de cada parte.
7
Fuente:
BDS
Fecha:
17/12/1999
Resumen:
El Pleno del Congreso ha aprobado la Ley de Enjuiciamiento Civil que sustituye a la ley aprobada en 1881 y que regula los conflictos judiciales entre particulares. Esta norma entrará en vigor en el plazo de un año y permitirá que las consignaciones judiciales se puedan realizar en activos diferentes al dinero en efectivo. El Congreso ha aprobado la Ley de Defensa de la Competencia que sustituye el... ver másEl Pleno del Congreso ha aprobado la Ley de Enjuiciamiento Civil que sustituye a la ley aprobada en 1881 y que regula los conflictos judiciales entre particulares. Esta norma entrará en vigor en el plazo de un año y permitirá que las consignaciones judiciales se puedan realizar en activos diferentes al dinero en efectivo. El Congreso ha aprobado la Ley de Defensa de la Competencia que sustituye el texto legal de 1989, con el fin de fortalecer los instrumentos de supervisión del libre mercado y el control sobre las grandes fusiones y adquisiciones empresariales. ver menos
8
Fuente:
BDS
Fecha:
19/04/1999
Resumen:
El Gobierno va a tomar medidas urgentes para tratar de contener la inflación y rebajarla en alguna décima. Así, entre las medidas urgentes que va a adoptar, destaca la liberalización de profesionales como notarios, corredores y registradores, de manera queden sometidos a la Ley de Defensa de la Competencia.
9
Fuente:
Reto Asegurador
Fecha:
26-01-1998
Resumen:
La nueva Ley de Defensa de la Competencia permitirá que el Gobierno pueda vetar las fusiones entre empresas que facturen más de 20.000 millones de pesetas o den lugar a una entidad con una cuota de mercado por encima del 25%.
10
Fuente:
BDS
Fecha:
02-12-97
Resumen:
Según la Ley de Defensa de la Competencia, que está pendiente de ser aprobada por el Gobierno, permitirá a éste vetar a aquellas empresas que facturen más de 20.000 millones de pesetas. Además, será el encargado de autorizar las concentraciones que den lugar a una compañía con una cuota de mercado superior al 25% A instancias de este texto está previsto que se cree el Instituto de Defensa de la Co... ver másSegún la Ley de Defensa de la Competencia, que está pendiente de ser aprobada por el Gobierno, permitirá a éste vetar a aquellas empresas que facturen más de 20.000 millones de pesetas. Además, será el encargado de autorizar las concentraciones que den lugar a una compañía con una cuota de mercado superior al 25% A instancias de este texto está previsto que se cree el Instituto de Defensa de la Competencia, cuyo objetivo será la elaboración de un informe no vinculante que remitirá al Gobierno para que éste otorgue la autorización administrativa correspondiente. ver menos
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