Registros encontrados: 17 Total Páginas: 1
1
Autor corporativo:
Instituto Santalucía
Fuente:
Boletín de Novedades
Fecha:
01/09/2023
Resumen:
Los autores analizan la situación actual de incompatibilidad entre la percepción de una pensión y la realización de un trabajo retribuido para, a continuación, presentar propuestas normativas de mejora de la legislación vigente para generalizar una jubilación plenamente compatible con el trabajo remunerado.
2
Fuente:
BDS
Fecha:
02/01/2013
Resumen:
El Consejo de Ministros aprobó, el 28 de diciembre, un Real Decreto por el que se desarrollan algunas disposiciones contenidas en la Ley 27/2011, de 1 de agosto de 2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, en vigor desde el 1 de enero. El objetivo del Real Decreto es clarificar diversos aspectos, entre ellos, la adaptación a los periodos transitorios... ver másEl Consejo de Ministros aprobó, el 28 de diciembre, un Real Decreto por el que se desarrollan algunas disposiciones contenidas en la Ley 27/2011, de 1 de agosto de 2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, en vigor desde el 1 de enero. El objetivo del Real Decreto es clarificar diversos aspectos, entre ellos, la adaptación a los periodos transitorios de la regla de cómputo temporal de los requisitos para acceder a las prestaciones. Un ejemplo de ello es la cuantificación de la edad ordinaria que al final del periodo transitorio habrá pasado de 65 a 67 años. Finalmente, se unifica la fórmula para fijar los periodos de cotización exigibles que pasarán a contabilizarse por años y meses. Además, el Real Decreto concreta los requisitos relacionados con las excepciones en la ampliación del periodo de cálculo hasta 25 años en 2022. Por otro lado, se especifican los supuestos en los que el trabajador debe ajustarse a la legislación anterior en el acceso a la jubilación. También, el Real Decreto desarrolla y concreta la mejora de los periodos considerados como cotizados a mujeres y hombres por hijos o menores acogidos, recogida en la Ley de 2011. ver menos
3
Fuente:
BDS
Fecha:
28/12/2012
Resumen:
Noticia en la que se dan a conocer las principales cuestiones que el Consejo de Ministros va a abordar en su última reunión del año 2012, el 28 de diciembre, con claras implicaciones a futuro para el sector asegurador. Así, analizará los desarrollos reglamentarios de la Ley de Actualización, Adecuación y Modernización de la Seguridad Social que, de acuerdo con las previsiones, entrará en vigor el ... ver másNoticia en la que se dan a conocer las principales cuestiones que el Consejo de Ministros va a abordar en su última reunión del año 2012, el 28 de diciembre, con claras implicaciones a futuro para el sector asegurador. Así, analizará los desarrollos reglamentarios de la Ley de Actualización, Adecuación y Modernización de la Seguridad Social que, de acuerdo con las previsiones, entrará en vigor el 1 de enero. Se conocerán de esta forma los periodos de transición previstos tanto para el retraso de la edad de jubilación (que pasará de los 65 a los 67 años) como en el periodo de cotización exigido para calcular la pensión (de los actuales 35 años hasta los 37). Por su parte, la ampliación del periodo de cálculo de la cuantía, que se elevará de 15 a 25 años, debe entrar en vigor en 2022. El Consejo de Ministros analizará asimismo la aprobación de nuevos decretos para volver a subir las pensiones en 2013. ver menos
4
Título
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
03/12/2012
Resumen:
Información de la aprobación de la disposición adicional 46 de la Ley 27/2011 en la Asamblea Extraordinaria de Mutual Médica sobre su producto MEL ("Médico de Ejercicio Libre").
5
Fuente:
BDS
Fecha:
22/11/2012
Resumen:
Mutual Médica ha aprobado en una Asamblea Extraordinaria la adaptación a la Ley 27/2011, en concreto a la Disposición Adicional 46, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, de su producto MEL (Médico de Ejercicio Libre), que es la alternativa al RETA. La aplicación de esta normativa significa que los médicos que utilizan la mutua como alternativa al RETA deb... ver másMutual Médica ha aprobado en una Asamblea Extraordinaria la adaptación a la Ley 27/2011, en concreto a la Disposición Adicional 46, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, de su producto MEL (Médico de Ejercicio Libre), que es la alternativa al RETA. La aplicación de esta normativa significa que los médicos que utilizan la mutua como alternativa al RETA deberán abonar el 80% de la cuota mínima que se paga mensualmente al régimen. Se pretende equiparar las coberturas que ofrece el RETA con las que ofrecen todas las mutualidades alternativas. a partir del 1 de enero de 2013. Por último, en la reunión también se aprobó la aplicación de igualdad de tarifas de hombres y mujeres en cumplimiento de la Directiva del Parlamento Europeo de 7 de julio de 2010 y de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 1 de marzo de 2011. ver menos
6
Autor corporativo:
Consejo de Ministros
Fuente:
BISS
Fecha:
29/01/2010
Resumen:
Con este documento el Gobierno pretende abrir el debate y definir su postura frente a la sostenibllidad del sistema de protección social en España abordado en el Pacto de Toledo.
7
Título
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
19-05-2008
Resumen:
Tribuna escrita con motivo de la celebración del primer centenario de la creación del Instituto Nacional de Previsión, origen de la protección social en España.
El autor resume el recorrido hasta llegar al actual sistema de Seguridad Social, sus retos y proyectos de futuro.
El autor resume el recorrido hasta llegar al actual sistema de Seguridad Social, sus retos y proyectos de futuro.
8
Título
Fuente:
BDS América Latina
Fecha:
25/02/2003
Resumen:
La Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Camino ha puesto en marcha una campaña para dar a conocer el contenido de la Ley 87-02 sobre Seguridad Social, que comenzó a funcionar a principios de febrero. Se pretende ofrecer un servicio de información sobre el significado del proceso de afiliación a las entidades y extenderlo a todo el país.
9
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
28/10/2002
Resumen:
Resumen de una sentencia sobre el recobro de los gastos asistenciales y gastos por incapacidad laboral en un accidente de tráfico laboral, de sí es competencia de el Insalud y de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad social o de las compañías de seguros de asistencia sanitaria.
10
Fuente:
BISS | El Mundo
Fecha:
12/06/2002 | 24-06-2002
Resumen:
Un abogado pide un seguro de atención a ancianos con dependencias mediante un dictamen jurídico, que desgrave como los planes de pensiones, tanto el pago de la prima del asegurado como el servicio recibido.
11
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
28/01/2002
Resumen:
Comentario de la sentencia de la contratación de un seguro de invalidez permanente, donde se aborda la confusión que originan sus distintos grados de invalidez: parcial, total, absoluta y gran invalidez; aportando que en cualquier caso las cláusulas oscuras o contradictorias de los contratos no deben favorecer a la parte que lo ha redactado. Comentan también la definición de invalidez absoluta seg... ver másComentario de la sentencia de la contratación de un seguro de invalidez permanente, donde se aborda la confusión que originan sus distintos grados de invalidez: parcial, total, absoluta y gran invalidez; aportando que en cualquier caso las cláusulas oscuras o contradictorias de los contratos no deben favorecer a la parte que lo ha redactado. Comentan también la definición de invalidez absoluta según la Ley General de la Seguridad Social. ver menos
12
Fuente:
BISS | La Gaceta de los Negocios
Fecha:
26/01/2002 | 11-02-2002
Resumen:
Creación de una gestora de fondos de pensiones en República Dominicana, BBVA Crecer, constituida por BBVA y el Grupo Progreso. El banco español tendrá su 70% y el dominicano el 30% restante. Próximamente entrará en vigor un nueva Ley de la Seguridad Social en el país caribeño.
13
Fuente:
BDS América Latina
Fecha:
09/08/2001
Resumen:
El ex-gobernador del Banco Central, Guillermo Caram, considera que la nueva Ley de Seguridad Social tiene muchas lagunas por lo que debe ser complementada con un Reglamento que garantice una correcta aplicación. En su opinión, la nueva norma le confiere demasiados poderes a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y alertó acerca de un aspecto contemplado en el texto: si una AFP tiene prob... ver másEl ex-gobernador del Banco Central, Guillermo Caram, considera que la nueva Ley de Seguridad Social tiene muchas lagunas por lo que debe ser complementada con un Reglamento que garantice una correcta aplicación. En su opinión, la nueva norma le confiere demasiados poderes a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y alertó acerca de un aspecto contemplado en el texto: si una AFP tiene problemas administrativos, otra puede acudir en su auxilio. Caram criticó este principio de ayuda ya que puede originarse un efecto dominó. ver menos
14
Título
Fuente:
Cinco Días | BISS
Fecha:
23/11/2000
Resumen:
Aurelio Desdentado, magistrado del Tribunal Supremo, abogó por reformar la actual Ley de Seguridad Social, al considarar que con la actual legislación es imposible frenar y dar soluciones al fenómeno ``pluricausal`` de los accidentes de trabajo. El magistrado destaca la necesidad de determinar de manera más eficaz las responsabilidades, y así que cada empresa debería pagar unas primas de accidente... ver másAurelio Desdentado, magistrado del Tribunal Supremo, abogó por reformar la actual Ley de Seguridad Social, al considarar que con la actual legislación es imposible frenar y dar soluciones al fenómeno ``pluricausal`` de los accidentes de trabajo. El magistrado destaca la necesidad de determinar de manera más eficaz las responsabilidades, y así que cada empresa debería pagar unas primas de accidentes de trabajo a la Seguridad Social variables e individualizadas en función de los niveles de siniestralidad real que tengan. ver menos
15
Fuente:
ABC | BISS
Fecha:
07-08-97
Resumen:
Parlamentarios del PP, PSOE e IU se comprometen con Acadis a revisar en septiembre el artículo 174.2 de la Ley de la Seguridad Social y una disposición de la Ley de Divorcio. Según estos textos legales, actualmente la pensión de viudedad debe repartirse entre las personas que hayan sido cónyuges según los años compartidos. Las consecuencias son que no hay una única viuda-o, o que no se respete la ... ver másParlamentarios del PP, PSOE e IU se comprometen con Acadis a revisar en septiembre el artículo 174.2 de la Ley de la Seguridad Social y una disposición de la Ley de Divorcio. Según estos textos legales, actualmente la pensión de viudedad debe repartirse entre las personas que hayan sido cónyuges según los años compartidos. Las consecuencias son que no hay una única viuda-o, o que no se respete la última voluntad del fallecido, pues el testamento podría revocar el contenido de la ley. ver menos
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