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Título
Fuente:
Boletín RC y Seguros
Fecha:
01/03/2022
Resumen:
En la carta se hablará sobre como no se entiende bien que en un país en el que existen casi mil actividades con la obligación de contratar un seguro se mantenga y las leyes que están asociadas a la contrataciones de seguros de actividades.
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Fuente:
Actualidad Aseguradora América Latina
Fecha:
15/11/2013
Resumen:
Entrevista con Carlos Berguido, director ejecutivo de APADEA (Asociación Panameña de Seguros), en la que efectúa una valoración de la situación actual de la venta de seguros por medios tecnológicos en Panamá; los retos en cuanto a nuevas tecnologías del sector asegurador; las aportaciones de APADEA para ayudar al mercado en estos retos y cómo va a repercutir la nueva ley de seguros, de 3 de abril ... ver másEntrevista con Carlos Berguido, director ejecutivo de APADEA (Asociación Panameña de Seguros), en la que efectúa una valoración de la situación actual de la venta de seguros por medios tecnológicos en Panamá; los retos en cuanto a nuevas tecnologías del sector asegurador; las aportaciones de APADEA para ayudar al mercado en estos retos y cómo va a repercutir la nueva ley de seguros, de 3 de abril de 2012, en el desarrollo de nuevos mecanismos de venta y comercialización de seguros `on line`. Por otra parte, se da cuenta del seminario impartido por APADEA, durante los días 25 y 26 de octubre, sobre comercialización de seguros en Internet y redes sociales. ver menos
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Fuente:
BDS
Fecha:
30/08/2010
Resumen:
La futura Ley de Seguros triplicará el importe de las sanciones que se puedan imponer a las aseguradoras más pequeñas que incumplan gravemente la normativa, a la vez que aumentarán también, para todo el sector, los supuestos considerados como infracciones, según publicaba el pasado 9 de agosto el diario Expansión.
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Fuente:
BDS
Fecha:
14/05/2008
Resumen:
Programa de actividades y ponentes de la XIX Asamblea Anual de ASSAL, que se celebra del 19 al 23 de mayo en Madrid, organizada por la Asociación de Supervisores de Seguros de América Latina (ASSAL), la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS) y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). El programa incluye la Conferencia de Regulación y el Seminario de Capaci... ver másPrograma de actividades y ponentes de la XIX Asamblea Anual de ASSAL, que se celebra del 19 al 23 de mayo en Madrid, organizada por la Asociación de Supervisores de Seguros de América Latina (ASSAL), la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS) y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). El programa incluye la Conferencia de Regulación y el Seminario de Capacitación, culminando con la conmemoración del centenario de la aprobación de la primera Ley de Ordenación del Seguro Privado en España. ver menos
11
Fuente:
BDS
Fecha:
09/05/2008
Resumen:
Coincidiendo con el centenario de la Ley de Seguro de 1908, la Sección Española de la Asociación Internacional de Derecho de Seguros (SEAIDA) y el Colegio de Mediadores de Seguros del Principado de Asturias organizan el 14 de mayo la Jornada sobre Derecho de Seguros, en la que se realizará, además, la presentación de la Delegación en Asturias de SEAIDA. La noticia señala la relación de ponentes qu... ver másCoincidiendo con el centenario de la Ley de Seguro de 1908, la Sección Española de la Asociación Internacional de Derecho de Seguros (SEAIDA) y el Colegio de Mediadores de Seguros del Principado de Asturias organizan el 14 de mayo la Jornada sobre Derecho de Seguros, en la que se realizará, además, la presentación de la Delegación en Asturias de SEAIDA. La noticia señala la relación de ponentes que intervendrán en el encuentro, que se enmarca en las Jornadas del Seguro en Asturias, que se completan el 15 de mayo con la celebración de un encuentro en el que se desarrollarán las ponencias La imagen del mediador desde la óptica del comunicador, con la intervención de Miguel Benito, periodista y asesor editorial de INESE; y Los requisitos y obligaciones actuales de los mediadores para el ejercicio de la profesión, con la intervención de Julio Henche, secretario general del Consejo. ver menos
12
Fuente:
BDS
Fecha:
29/09/2004
Resumen:
El Gobierno chileno, a través del Ministerio de Justicia, trabaja en la elaboración de una nueva normativa para el sector asegurador. El objetivo es renovar el Código de Comercio, de 140 años de antigüedad, en los aspectos que se refieren al contrato de seguro, para lo que un grupo de juristas han elaborado un proyecto que cuenta con el visto bueno de la Asociación de Aseguradores de Chile (AACH)... ver másEl Gobierno chileno, a través del Ministerio de Justicia, trabaja en la elaboración de una nueva normativa para el sector asegurador. El objetivo es renovar el Código de Comercio, de 140 años de antigüedad, en los aspectos que se refieren al contrato de seguro, para lo que un grupo de juristas han elaborado un proyecto que cuenta con el visto bueno de la Asociación de Aseguradores de Chile (AACH) y la Cámara de Comercio. En este sentido, se han eliminado todas las disposiciones anacrónicas y se han incorporado nuevas figuras contractuales, como el seguro de RC, mientras que los seguros tradicionales se han replanteado. También se ha efectuado una modificación que permite una mayor facilidad en los trámites para el inicio de una cobertura, así como el posible aseguramiento de los beneficios de las empresas, que ahora prohíbe el Código de Comercio. ver menos
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Fuente:
BDS América Latina
Fecha:
03/02/2003
Resumen:
La Superintendencia de Seguros no ha recibido notificaciones sobre los incrementos en las pólizas que han llevado a cabo las compañías para cubrir el Impuesto al Valor Agregado (IVA). No obstante, el órgano de control indica que no va a efectuar seguimientos sobre el tributo que las compañías están obligadas a soportar. Asimismo, se indican las repercusiones que está teniendo para la Superintenden... ver másLa Superintendencia de Seguros no ha recibido notificaciones sobre los incrementos en las pólizas que han llevado a cabo las compañías para cubrir el Impuesto al Valor Agregado (IVA). No obstante, el órgano de control indica que no va a efectuar seguimientos sobre el tributo que las compañías están obligadas a soportar. Asimismo, se indican las repercusiones que está teniendo para la Superintendencia la suspensión de la Ley de Seguros y Reaseguros aprobada en el marco de la Habilitante. ver menos
14
Fuente:
BDS América Latina
Fecha:
28/11/2002
Resumen:
La segunda discusión de la Ley de Seguros y Reaseguros en la Comisión de Finanzas ha sido retrasada ya que en el informe presentado se han introducido observaciones a 78 artículos por parte del MVR. Por otra parte, en la discusión de la reforma del sistema de Seguridad Social se continúa analizando la posibilidad de crear un sistema mixto de pensiones. El Ministerio de Finanzas advierte que debe e... ver másLa segunda discusión de la Ley de Seguros y Reaseguros en la Comisión de Finanzas ha sido retrasada ya que en el informe presentado se han introducido observaciones a 78 artículos por parte del MVR. Por otra parte, en la discusión de la reforma del sistema de Seguridad Social se continúa analizando la posibilidad de crear un sistema mixto de pensiones. El Ministerio de Finanzas advierte que debe existir consenso entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo para la aprobación de la reforma, mientras la Comisión de Desarrollo Social apunta que el artículo 299 establece que el Estado conjuntamente con la iniciativa privada promueva el desarrollo económico. ver menos
15
Fuente:
BDS América Latina
Fecha:
19/11/2002
Resumen:
La Gaceta Oficial ha publicado la decisión del Tribunal Supremo de Justicia por la que se acuerda la suspensión de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros, promulgada en 2001. En su lugar se aplica la Ley de Seguros y Reaseguros de 1995.
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Título
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
07/10/2002
Resumen:
El presidente dominicano, Hipólito Mejía, promulga la Ley de Seguros y Finanzas, junto con el superintendente de Seguros, Rafael Santos, para el desarrollo y la transparencia de las actividades del seguro privado en el país.
17
Fuente:
BDS América Latina
Fecha:
27/09/2002
Resumen:
El proyecto de reforma de la Ley de Seguros mantiene los seguros solidarios o`micropólizas`, por el que las compañías tendrán que destinar el 5% de su cartera a esos seguros, cuyas primas anuales no podrán superar el 50% del salario mínimo. A esos seguros podrán acceder las personas cuyos ingresos sean de hasta dos salarios mínimos, para los que las pólizas deberán cubrir riesgos como servicios fu... ver másEl proyecto de reforma de la Ley de Seguros mantiene los seguros solidarios o`micropólizas`, por el que las compañías tendrán que destinar el 5% de su cartera a esos seguros, cuyas primas anuales no podrán superar el 50% del salario mínimo. A esos seguros podrán acceder las personas cuyos ingresos sean de hasta dos salarios mínimos, para los que las pólizas deberán cubrir riesgos como servicios funerarios, gastos odontológicos y accidentes personales. Por otra parte, dentro del análisis de la Ley, se propone limitar algunas acciones de la Superintendencia de Seguros, como la suspensión de los efectos contables de las operaciones de las compañías. Además, se estudia aumentar el plazo para que la Superintendencia ejerza su función de inspección, ya que no sólo inspeccionará empresas de seguros, sino también reaseguradoras, sociedades de corretaje, reaseguros y corredores, con lo cual los sujetos controlados son muchos e impiden una inspección anual. ver menos
18
Fuente:
BDS América Latina
Fecha:
18/09/2002
Resumen:
La Asamblea Nacional va a esperar la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para poder continuar con la reforma de la Ley de Seguros, tras la suspensión de la aplicación del texto por parte del máximo tribunal. El tribunal suspendió la aplicación de la Ley en agosto a raíz de un recurso de Seguros Guayana.
19
Fuente:
BDS América Latina
Fecha:
16/09/2002
Resumen:
Varios analistas jurídicos han anunciado su intención de solicitar aclaraciones sobre la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de suspender en agosto la aplicación de la Ley de Seguros y Reaseguros en el marco de la Habilitante. Se va a solicitar una aclaratoria y ampliación de la sentencia sobre cuándo comenzará a surtir efecto la suspensión de dicho instrumento. El TSJ suspendió la Ley... ver másVarios analistas jurídicos han anunciado su intención de solicitar aclaraciones sobre la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de suspender en agosto la aplicación de la Ley de Seguros y Reaseguros en el marco de la Habilitante. Se va a solicitar una aclaratoria y ampliación de la sentencia sobre cuándo comenzará a surtir efecto la suspensión de dicho instrumento. El TSJ suspendió la Ley tras la presentación de un recurso de nulidad por parte de Seguros Guayana, en el que señalaba que el texto no cumplía con lo establecido en la Constitución sobre derechos a la igualdad y a la no determinación. ver menos
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Fuente:
BDS América Latina
Fecha:
13/09/2002
Resumen:
El presidente dominicano, Hipólito Mejía, ha promulgado la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas. En el nuevo texto se unifican todas las legislaciones dispersas en materia de seguros y se amplía la participación de todo el sector asegurador en la toma de decisiones que asuma la Superintendencia. Se establece que las compañías de seguros deberán contar con un capital pagado en efectivo de 8 millones ... ver másEl presidente dominicano, Hipólito Mejía, ha promulgado la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas. En el nuevo texto se unifican todas las legislaciones dispersas en materia de seguros y se amplía la participación de todo el sector asegurador en la toma de decisiones que asuma la Superintendencia. Se establece que las compañías de seguros deberán contar con un capital pagado en efectivo de 8 millones de pesos y se contemplan incrementos en los capitales de reaseguradoras, agentes generales, corredores y ajustadores. La nueva Ley de Seguros concederá a la Superintendencia poder para imponer multas, cancelar licencias de compañías que no cumplan con sus clientes e intervenir en casos de fraude. Además, le concede la facultad de intervenir cuando se produzcan retrasos por parte de las aseguradoras en el pago de reclamaciones y la retención de dinero en bancos para hacer frente a dichas reclamaciones. ver menos
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