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1
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
26-02-2007
Resumen:
Comentario de la nueva Ley de mediación y sobre cómo establece las bases para la armonización del ejercicio de esta actividad en la UE. La Ley regula la prestación de servicios transfronterizos en el ámbito de la mediación de Seguros, a través de dos principios básicos: el pasaporte único europeo y la supervisión por el país de origen. El autor comenta estos principios y algunas de sus repercusion... ver másComentario de la nueva Ley de mediación y sobre cómo establece las bases para la armonización del ejercicio de esta actividad en la UE. La Ley regula la prestación de servicios transfronterizos en el ámbito de la mediación de Seguros, a través de dos principios básicos: el pasaporte único europeo y la supervisión por el país de origen. El autor comenta estos principios y algunas de sus repercusiones. ver menos
2
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
05/02/2001
Resumen:
La consecución de un Mercado Común concebido como un espacio sin fronteras donde puedan circular libremente personas, mercancías, capitales y servicios, no fue una innovación del Acta Unica Europea, sino que tuvo sus raíces en el propio Tratado de Roma al ser considerado como uno de los medios necesarios para alcanzar la unidad económica entre los Estados miembros. Por ello, tienen que adoptarse l... ver másLa consecución de un Mercado Común concebido como un espacio sin fronteras donde puedan circular libremente personas, mercancías, capitales y servicios, no fue una innovación del Acta Unica Europea, sino que tuvo sus raíces en el propio Tratado de Roma al ser considerado como uno de los medios necesarios para alcanzar la unidad económica entre los Estados miembros. Por ello, tienen que adoptarse las disposiciones necesarias para permitir que toda aseguradora establecida en la U.E. pueda abrir una agencia o sucursal en otro estado miembro en las mismas condiciones que sus nacionales, y también deben sentarse las bases para el ejercicio efectivo de la L.P.S., permitiendo a las empresas vender sus productos a través de las fronteras sin necesidad de establecimiento. Estas libertades benefician a la empresa y al consumidor. Para que se garantice el libre acceso a la actividad aseguradora, es necesario establecer una equivalencia entre los regímenes jurídicos existentes en cada uno de los Estados miembros. A través de directivas se ha obligado a los Estados miembros a guardar unas ciertas normas equivalentes, aunque les deja entera libertad para elegir los medios y formas de ejecución. El artículo examina la historia de la Libertad de Establecimiento de las entidades en cualquier país miembro, y la Libre Prestación de Servicios en la Unión Europea. Se añade cuadro con los requisitos para operar en Libre Prestación de Servicios, y un cuadro con la regulación aplicable en España. ver menos
3
Autor corporativo:
Comisión Europea
Fecha:
08/10/1998
Resumen:
Informe elaborado por la Comisión Europea sobre la problemática que afecta a los mediadores de seguros que quieren operar en la Unión Europea a través de la libre prestación de servicios, y las soluciones que se proponen. Analiza la directiva de 1976 y la recomendación de 1991, en los puntos referentes a la obligación de informar sobre la relación de (in)dependencia, el seguro de responsabilidad c... ver másInforme elaborado por la Comisión Europea sobre la problemática que afecta a los mediadores de seguros que quieren operar en la Unión Europea a través de la libre prestación de servicios, y las soluciones que se proponen. Analiza la directiva de 1976 y la recomendación de 1991, en los puntos referentes a la obligación de informar sobre la relación de (in)dependencia, el seguro de responsabilidad civil profesional, la capacidad financiera, la competencia profesional, la buena reputación, la inscripción en un registro y las sanciones. Incluye los principales asuntos que debería tratar la nueva propuesta de Directiva ver menos
4
Autor corporativo:
Bipar
Fecha:
23-04-1998
5
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
11/12/1995
Resumen:
La DGS ha organizado unas jornadas con el fin de explicar la nueva legislación que regirá el sector en España. Se trataron desde diversos puntos de vista las líneas motivadoras de la Ley. La cuestión más polémica vino de la discriminación en la exigencia de capitales sociales entre entidades existente y de nueva creación. Participaron Álvaro Muñoz (UNESPA), Fernández Toraño, Dolores Barahona, (por... ver másLa DGS ha organizado unas jornadas con el fin de explicar la nueva legislación que regirá el sector en España. Se trataron desde diversos puntos de vista las líneas motivadoras de la Ley. La cuestión más polémica vino de la discriminación en la exigencia de capitales sociales entre entidades existente y de nueva creación. Participaron Álvaro Muñoz (UNESPA), Fernández Toraño, Dolores Barahona, (por parte de la Administración), Alfredo Pastor, José Mª Mayo (presidente del Consejo General de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados), Mariano Rabadán (INVERCO), Juan Caldés (presidente de la Confederación Nacional de Entidades de Previsión Social), Alberto Manzano (Grupo Mapfre), José Mª Serra (Catalana Occidente) y Miguel Giménez de Córdoba, del Consorcio de Compensación de Seguros, entre otros. ver menos
6
Título
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
04/09/1995
Resumen:
Se analiza muy pormenorizadamente y en un estilo muy técnico una serie de nuevos productos financieros muy llamativos para el consumidor por sus importantes rentabilidades que han irrumpido en el mercado español. El artículo se centra claramente en el más espectacular de ellos: el Santander Doble Asegurado y lo compara con otros fondos garantizados: "Global Frontier" de Argentaria; o los tres fond... ver másSe analiza muy pormenorizadamente y en un estilo muy técnico una serie de nuevos productos financieros muy llamativos para el consumidor por sus importantes rentabilidades que han irrumpido en el mercado español. El artículo se centra claramente en el más espectacular de ellos: el Santander Doble Asegurado y lo compara con otros fondos garantizados: "Global Frontier" de Argentaria; o los tres fondos garantizados del BBV: Bono 98, Bono 2000, Bono 2005 ver menos
7
Autor corporativo:
MERCANTILE & GENERAL REINSURANCE
Fecha:
1988
Resumen:
Analiza las repercusiones para el seguro y el reaseguro de la entrada en vigor, en 1992, de la libre prestación de servicios y libertad de establecimiento en la Unión Europea, con el objetivo de propiciar un mercado único europeo. Incluye rankings de cada mercado y resultados para 1986
8
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
01/10/1981
Resumen:
Lista de organismos habilitados para proveer los certificados necesarios para beneficiarse de la libertad de establecimiento de mediadores.
9
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
01-09-1977
10
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
01/09/1973
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