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Registros encontrados: 17 Total Páginas: 1
1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/10/2024
Resumen: 
Reclamación del lucro cesante sufrido por un taxista, con base al importe diario derivado del rendimiento por módulos, sin acreditación de las prestaciones públicas que percibió durante la baja laboral. Se desestima el recurso del perjudicado.
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
02-12-2013
Resumen: 
Consulta vinculante V3453-13, de la Dirección General de Tributos:
La entidad consultante plantea la aplicación del artículo 17.1 f) y disposición transitoria 26 de la Ley 35/2006, a efectos de determinar si procede la no imputación fiscal a los empleados de las primas satisfechas por la entidad para cubrir sus compromisos por pensiones.
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
16/09/2013
Resumen: 
Se plantea en esta consulta si a efecto de retenciones los redimientos derivados del Contrato de Agencia tienen la consideración de rendimientos de una actividad profesional.
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
02/01/2008
Resumen: 
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 28 de diciembre un Real Decreto que modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en materia de la obligación de declarar y retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos del trabajo y salario medio anual del conjunto de los contribuyentes. Se modifica la regulación reglamentaria de las retenciones e ingresos a cuenta a ... ver másEl Consejo de Ministros aprobó el pasado 28 de diciembre un Real Decreto que modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en materia de la obligación de declarar y retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos del trabajo y salario medio anual del conjunto de los contribuyentes. Se modifica la regulación reglamentaria de las retenciones e ingresos a cuenta a practicar sobre los rendimientos del trabajo como consecuencia de los cambios introducidos por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008. Dicha ley eleva para este año el importe de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo y las diferentes cuantías del mínimo personal y familiar, al tiempo que aprueba la nueva escala estatal y complementaria aplicable en dicho período. Por otra parte, se actualizan en un 2% los tramos de la escala de retenciones, de manera que parte de la ventaja obtenida no se vea compensada como consecuencia de la posterior aplicación de una escala de retenciones ajena a la elevación de rentas nominales. Por último, el Reglamento eleva el importe del salario medio anual del conjunto de los declarantes en el impuesto, fijándose en 22.100 euros para el período impositivo 2008. ver menos
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
26/12/2006
Resumen: 
El Consejo de Ministros del pasado 22 de diciembre aprobó un Real Decreto por el que modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en materia de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo, capital y actividades empresariales. También se modifica el reglamento del Impuesto sobre Sociedades y el del Impuesto sobre la renta de no residentes. La reforma... ver másEl Consejo de Ministros del pasado 22 de diciembre aprobó un Real Decreto por el que modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en materia de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo, capital y actividades empresariales. También se modifica el reglamento del Impuesto sobre Sociedades y el del Impuesto sobre la renta de no residentes. La reforma supondrá una rebaja media del IRPF en torno al 6%, dejándose notar este ahorro en las nóminas de enero, con una reducción media de las retenciones del 4,6%. Este Real Decreto actualiza el importe de las retenciones y, además, se avanza en la simplificación del impuesto, ya que un 70% de los contribuyentes tributan a un tipo único. Se establece también una retención del 18% sobre los rendimientos del capital mobiliario, las ganancias patrimoniales y el arrendamiento de bienes inmuebles urbanos. En cuanto a los contribuyentes sujetos al Impuesto de Sociedades, la retención se sitúa también en el 18%, con carácter general, y en el 24% para el caso de rentas derivadas de la cesión del derecho de la explotación de la imagen. Con el Real Decreto se anticipa una parte del contenido del futuro Reglamento del Impuesto, que posiblemente se aprobará en el primer trimestre de 2007. ver menos
6
Autor corporativo: 
Fuente: 
BISS | Cinco Días
Editor: 
Fecha: 
23-10-2006
Resumen: 
La fiscalidad de los planes de pensiones y de los seguros ha cambiado durante el debate de la reforma fiscal en el Senado debido al voto conjunto del PP, CiU y PNV. Hacienda revisará ala baja las ventajas tributarias incorporadas al proyecto de ley cuando vuelva al Congreso.
7
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
04/11/2002
Resumen: 
Consulta sobre las prestaciones por jubilación, en la medida que se califiquen como compromisos por pensiones, de acuerdo con la normativa reguladora de Planes y Fondos de Pensiones, están sujetas al I.R.P.F, integrándose en la base imputable del asegurado, en la medida en que su cuantía exceda del importe exento. Si no es imputado se integra en la base imputable del trabajador-asegurado, y las pr... ver másConsulta sobre las prestaciones por jubilación, en la medida que se califiquen como compromisos por pensiones, de acuerdo con la normativa reguladora de Planes y Fondos de Pensiones, están sujetas al I.R.P.F, integrándose en la base imputable del asegurado, en la medida en que su cuantía exceda del importe exento. Si no es imputado se integra en la base imputable del trabajador-asegurado, y las prestaciones percibidas tributarán en el Impuesto sobre sucesiones y donaciones. ver menos
8
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
04/11/2002
Resumen: 
Consulta sobre las prestaciones por jubilación, en la medida que se califiquen como compromisos por pensiones, de acuerdo con la normativa reguladora de Planes y Fondos de Pensiones, están sujetas al I.R.P.F, integrándose en la base imputable del asegurado, en la medida en que su cuantía exceda del importe exento. Si no es imputado se integra en la base imputable del trabajador-asegurado, y las pr... ver másConsulta sobre las prestaciones por jubilación, en la medida que se califiquen como compromisos por pensiones, de acuerdo con la normativa reguladora de Planes y Fondos de Pensiones, están sujetas al I.R.P.F, integrándose en la base imputable del asegurado, en la medida en que su cuantía exceda del importe exento. Si no es imputado se integra en la base imputable del trabajador-asegurado, y las prestaciones percibidas tributarán en el Impuesto sobre sucesiones y donaciones. ver menos
9
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
16/09/2002
Resumen: 
Resumen de la sentencia del tratamiento de las prestaciones percibidas como rendimiento del trabajo personal, nutridas las primas con las aportaciones empresariales. Las aportaciones personales no constituyen sistema alternativo.
10
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
16/09/2002
Resumen: 
Resumen de la sentencia del tratamiento de las prestaciones percibidas como rendimiento del trabajo personal, nutridas las primas con las aportaciones empresariales. Las aportaciones personales no constituyen sistema alternativo.
11
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
20/05/2002
Resumen: 
Obra bibliográfica de The Arbinger Institute que habla del autoengaño de muchas personas que se niegan a cambiar en el trabajo, impidiendo un mejor rendimiento laboral.
12
Autor corporativo: 
Fuente: 
BISS | Cinco Días
Editor: 
Fecha: 
20/04/2002 | 06-05-2002
Resumen: 
La reforma del IRPF, que entrará en vigor a principios de 2003, reducirá la tarifa del tipo marginal mínimo al 15%, pero los mínimos familiares incrementarán; apoyará a la mujer trabajadora; reducirá también por ascendientes, descendientes y minusválidos a su cargo; también reducirá por redimientos de trabajo, y por alquiler de viviendas; suprimirá la transparencia fiscal para profesionales; aumen... ver másLa reforma del IRPF, que entrará en vigor a principios de 2003, reducirá la tarifa del tipo marginal mínimo al 15%, pero los mínimos familiares incrementarán; apoyará a la mujer trabajadora; reducirá también por ascendientes, descendientes y minusválidos a su cargo; también reducirá por redimientos de trabajo, y por alquiler de viviendas; suprimirá la transparencia fiscal para profesionales; aumentará los límites anuales a las aportaciones a planes de pensiones; y incluirá nuevos incentivos a la previsión social complementaria; ver menos
13
Autor corporativo: 
Fuente: 
Expansión | BISS
Editor: 
Fecha: 
10/01/2000 | 24-01-2000
Resumen: 
El seguro de amortización de préstamos no se puede deducir de la base imponible ya que el beneficiario es un banco o entidad de crédito. Tampoco se puede desgravar la parte de prima que cubre la incapacidad permanente parcial. Las prestaciones por viudedad u orfandad y las que se reciben por invalidez, si proceden de mutualidades de previsión social, tributarán como rendimientos de trabajo. Incluy... ver másEl seguro de amortización de préstamos no se puede deducir de la base imponible ya que el beneficiario es un banco o entidad de crédito. Tampoco se puede desgravar la parte de prima que cubre la incapacidad permanente parcial. Las prestaciones por viudedad u orfandad y las que se reciben por invalidez, si proceden de mutualidades de previsión social, tributarán como rendimientos de trabajo. Incluye cuadro con las contingencias que desgravan y requisitos. ver menos
14
Autor corporativo: 
Fuente: 
Expansión | BISS
Editor: 
Fecha: 
09-09-1998
Resumen: 
Sentencia del Tribunal Económico Administrativo Central en la cual se establece que las comisiones por la venta de seguros son rendimientos de trabajo.
15
Autor corporativo: 
Tribunal Supremo
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
16/04/1998
Resumen: 
Se califica de actividad profesional de producción de seguros, distinta de la relación laboral que mantiene con la compañía, la realizada para obtener de los clientes la suscripción de pólizas de seguro, obligación que no recogía el contrato laboral. Por lo tanto, existen dos relaciones jurídicas independientes: laboral y profesional, con el mismo sujeto pagador
16
Autor corporativo: 
Fuente: 
Cinco Días | BISS
Editor: 
Fecha: 
13-05-95
Resumen: 
Los trabajadores de Apolo, aseguradora en liquidación, podrán recurrir a un acta de Inspección de Hacienda. Apolo realizó una ampliación de capital suscrita en su totalidad por sus trabajadores. Para ello tuvieron que pedir un préstamo hipotecario, que Apolo amortizó. Apolo entró en liquidación y canceló los préstamos. Ahora Hacienda reclama los rendimientos de trabajo de las cantidades que Apolo ... ver másLos trabajadores de Apolo, aseguradora en liquidación, podrán recurrir a un acta de Inspección de Hacienda. Apolo realizó una ampliación de capital suscrita en su totalidad por sus trabajadores. Para ello tuvieron que pedir un préstamo hipotecario, que Apolo amortizó. Apolo entró en liquidación y canceló los préstamos. Ahora Hacienda reclama los rendimientos de trabajo de las cantidades que Apolo abonó por éste concepto. ver menos
17
Autor corporativo: 
Fuente: 
Cinco Días | BISS
Editor: 
Fecha: 
26/5/94
Resumen: 
La Dirección General de Tributos determina que las comisiones percibidas por los empleados de entidades aseguradoras constituyen rendimientos de trabajo y no profesionales, con lo que se distingue sobre las gratificaciones que se entreguen a los agentes.
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