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1
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil | Boletín de Novedades
Fecha:
01/10/2024
Resumen:
El autor analiza los subsistemas atributivos de la responsabilidad civil extracontractual, basados en culpa y riesgo específico.
2
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil | Boletín de Novedades
Fecha:
01/09/2024
Resumen:
El autor analiza los subsistemas atributivos de la responsabilidad civil extracontractual, basados en culpa y riesgo específico.
3
Fuente:
BDS
Fecha:
29/09/2022
Resumen:
Reseña de una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid sobre daños sufridos en edificios bajo el régimen de propiedad horizontal.
4
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/09/2021
Resumen:
Respuesta a la pregunta: el conductor de un vehículo de movilidad individual ¿está sujeto a un régimen de responsabilidad civil objetiva o subjetiva?
5
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/02/2021
Resumen:
Sentencia en la que la ala resuelve la siempre controvertida cuestión de si la responsabilidad civil extracontractual en eventos deportivos es subjetiva o por culpa, o bien objetiva o por riesgo.
6
Fecha:
12/05/2020
Resumen:
Sentencia en la que la ala resuelve la siempre controvertida cuestión de si la responsabilidad civil extracontractual en eventos deportivos es subjetiva o por culpa, o bien objetiva o por riesgo.
7
Título
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/12/2019
Resumen:
Aunque los actos médicos están sometidos a una responsabilidad subjetiva, aquellos otros actos prestados por servicios médicos se sujetan a responsabilidad objetiva. El hospital no ha podido demostrar la culpa exclusiva de la víctima o caso fortuito.
8
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/12/2017
Resumen:
El presente artículo es integrante de una serie de dos artículos denominados `La Responsabilidad Civil en los ensayos clínicos de medicamentos` y en él se abordan, desde un punto de vista teórico, como temas principales el régimen de Responsabilidad Civil por el que deberían regirse los mismos y su aseguramiento.
9
Fuente:
Boletín RC y Seguros
Fecha:
15/09/2016
Resumen:
Entrevista a Íñigo Navarro, Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Pontificia Comillas ICAI-ICADE de Madrid en la que nos habla sobre el derecho de3 daños y la RC en la Universidad Pontificia Comillas, la tendencia hacia la RC subjetiva o la RC por riesgo.
10
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/12/2015
Resumen:
¿Y es diferente el régimen de responsabilidad según estemos ante un hecho cubierto por un seguro obligatorio o por el voluntario?
11
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Editor:
Madrid
Fecha:
01/03/2015
Resumen:
Artículo en el que el autor aborda la responsabilidad civil en Perú, concepto, clases, culpabilidad, imputabilidad, el daño material y el daño moral, daño emergente, lucro cesante, relación de causalidad, concurrencia de culpas, vías de reparación del daño, distinción entre la vía civil y penal, contenido de la indemnización, partes intervinientes en la RC, prescripción, siniestro, exclusiones, et... ver másArtículo en el que el autor aborda la responsabilidad civil en Perú, concepto, clases, culpabilidad, imputabilidad, el daño material y el daño moral, daño emergente, lucro cesante, relación de causalidad, concurrencia de culpas, vías de reparación del daño, distinción entre la vía civil y penal, contenido de la indemnización, partes intervinientes en la RC, prescripción, siniestro, exclusiones, etc. ver menos
12
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/02/2015
Resumen:
Análisis de la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla de 17 de julio de 2014 en la que dirime la responsabilidad de los daños sufridos por una clienta de un Centro Comercial que sufre una caída a causa de líquido en el pavimento, se abordan aspectos como la teoría del riesgo, responsabilidad objetiva o subjetiva o carga de la prueba para dirimir la responsabilidad.
13
Título
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Editor:
Madrid
Fecha:
01/12/2014
Resumen:
Artículo que aborda la teoría del riesgo en las caídas en establecimientos públicos, todo ello basado en la Sentencia del Tribunal Supremo de 31 de octubre de 2006.
14
Fecha:
17/07/2014
Resumen:
Responsabilidad de los daños sufridos por una clienta de un Centro Comercial que sufre una caída a causa de líquido en el pavimento, se abordan aspectos como la teoría del riesgo, responsabilidad objetiva o subjetiva o carga de la prueba para dirimir la responsabilidad.
15
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/04/2014
Resumen:
José Antonio Badillo aborda en este artículo la responsabilidad del dueño de un coto de caza por el atropello de un animal que irrumpe en la calzada, ello a raíz de la reciente modificación de le Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
16
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Editor:
Madrid
Fecha:
01/07/2013 | 01/08/2013
Resumen:
Se aborda en este estudio crítico la objetivacion de la culpa: aparición de la teoría del riesgo, solución y evolución legislativa y la llamada socialización del riesgo y de responsabilidades.
17
Título
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/03/2010
Resumen:
El autor de este estudio, reconocido especialista en la materia, hace un repaso de la evolución de la responsabilidad civil hasta nuestros días. Cuenta cómo se ha pasado de la imputación por culpa a la imputación de la responsabilidad civil por el riesgo específico desplegado, siendo este criterio el producto de una dificultosa elaboración doctrinal que sigue sin estar completamente perfilada. Sin... ver másEl autor de este estudio, reconocido especialista en la materia, hace un repaso de la evolución de la responsabilidad civil hasta nuestros días. Cuenta cómo se ha pasado de la imputación por culpa a la imputación de la responsabilidad civil por el riesgo específico desplegado, siendo este criterio el producto de una dificultosa elaboración doctrinal que sigue sin estar completamente perfilada. Sin embargo, este carácter objetivo o cuasi objetivo de la responsabilidad civil se viene predicando desde hace muchos años. El autor se refiere a los criterios sostenidos por quienes fueron en España los precursores de la objetividad, sirviendo esta exposición para resaltar cómo, en atención a la fecha en que sostenían sus puntos de vista y contrastando su doctrina con la jurisprudencial de entonces, nuestro Derecho permanecía al margen de una línea evolutiva de progreso que era nítida en los otros países europeos, permaneciendo esclerotizada la práctica judicial hasta consumir la primera mitad del siglo XX. ver menos
18
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/01/2010
Resumen:
El autor de este trabajo repasa la responsabilidad contractual del transportista de pasajeros y de mercancías. Analiza las obligaciones y responsabilidades contractuales en el transporte aéreo, terrestre y marítimo. Destaca la unidad de criterio respecto a cómo se estructura la normativa reguladora de la responsabilidad. Sin embargo, el contenido varía en criterios cualitativos y cuantitativos, se... ver másEl autor de este trabajo repasa la responsabilidad contractual del transportista de pasajeros y de mercancías. Analiza las obligaciones y responsabilidades contractuales en el transporte aéreo, terrestre y marítimo. Destaca la unidad de criterio respecto a cómo se estructura la normativa reguladora de la responsabilidad. Sin embargo, el contenido varía en criterios cualitativos y cuantitativos, según nos refiramos al medio de transporte que corresponda. Destaca el autor que es el Derecho marítimo la rama más antigua de las vinculadas a los transportes y la que regula los servicios que movilizan más del noventa por ciento del comercio mundial. ver menos
19
Fecha:
24/07/2008
Resumen:
En el sistema resarcitorio de daños por culpa extracontractual, tanto si se aplica un criterio de imputación subjetiva, o de mera imputación objetiva (responsabilidad cuasi-objetiva) es preciso que se pruebe la existencia del nexo causal, correspondiendo la carga de la prueba al perjudicado que ejercita la acción. No basta la causalidad física sino que es preciso que conste una acción u omisión at... ver másEn el sistema resarcitorio de daños por culpa extracontractual, tanto si se aplica un criterio de imputación subjetiva, o de mera imputación objetiva (responsabilidad cuasi-objetiva) es preciso que se pruebe la existencia del nexo causal, correspondiendo la carga de la prueba al perjudicado que ejercita la acción. No basta la causalidad física sino que es preciso que conste una acción u omisión atribuible al que se pretende responsable (o por quién se debe responder) determinante -en exclusiva o en unión de otras causas, con certeza o en un juicio de probabilidad cualificada, según las circunstancias concurrentes (entre ellas la entidad del riesgo)- del resultado dañoso producido.No siempre que se produce un resultado dañoso se debe responder porque las medidas adoptadas resultaron ineficaces e insuficientes, pues tal conclusión, sin matices, conduce a la responsabilidad objetiva pura o por daño. El criterio de imputación no es la responsabilidad por riesgo, sino por culpa, sobre la base de una causalidad debidamente fundamentada en lo material y en lo jurídico, el riesgo actúa como criterio de imputación objetiva, asociado a la causalidad jurídica, cuando resulta relevante para la producción del daño. La causalidad simplemente especulativa es insuficiente para fundamentar una responsabilidad por culpa extracontractual. Incongruencia: no existe ya que la solicitud de desestimación íntegra de la demanda incluye necesariamente todo pronunciamiento parcialmente estimatorio. ver menos
20
Fecha:
31/10/2006
Resumen:
El litigio causante de este recurso de casación fue promovido por una persona de sesenta y siete años de edad que cayó al suelo mientras visitaba un establecimiento comercial dedicado a la exposición y venta de muebles, sufriendo a consecuencia de la caída una fractura de la cadera derecha que precisó de la implantación de una prótesis y a resultas de todo lo cual se decía en la demanda haber perm... ver másEl litigio causante de este recurso de casación fue promovido por una persona de sesenta y siete años de edad que cayó al suelo mientras visitaba un establecimiento comercial dedicado a la exposición y venta de muebles, sufriendo a consecuencia de la caída una fractura de la cadera derecha que precisó de la implantación de una prótesis y a resultas de todo lo cual se decía en la demanda haber permanecido aquélla durante novecientos ochenta y un días en incapacidad temporal, haber perdido grados de flexión en la cadera, quedarle un dolor permanente tras la intervención y haber tenido que remunerar a la persona que la atendió durante setecientos sesenta días. ver menos
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