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Registros encontrados: 10 Total Páginas: 1
1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/11/2021
Resumen: 
El autor abarca la jurisprudencia sobre las cláusulas suelo hipotecarias tanto del Tribunal Supremo español (TS) como del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Para ello, cita y comenta algunas de las sentencias más importantes emitidas sobre este asunto como aquellas sobre la irretroactividad y sobre la retroactividad o sobre la novación de la cláusula suelo del TS. Además, desarrolla ... ver másEl autor abarca la jurisprudencia sobre las cláusulas suelo hipotecarias tanto del Tribunal Supremo español (TS) como del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Para ello, cita y comenta algunas de las sentencias más importantes emitidas sobre este asunto como aquellas sobre la irretroactividad y sobre la retroactividad o sobre la novación de la cláusula suelo del TS. Además, desarrolla la jurisprudencia sobre el pago de gastos hipotecarios e impuestos devengados y sobre las hipotecas multidivisas e hipotecas IRPH. ver menos
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
21/06/2013
Resumen: 
Responsabilidad de los administradores, aplicación retroactiva de la reforma operada en el artículo 262.5 de la Ley de Sociedades Anónimas en el 2005.
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
05/03/2012
Resumen: 
Responsabilidad de administradores sociales: insolvencia de la empresa y no orden de su disolución. Retroactividad de las normas. Supuesto de la cuestión.
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/12/2010
Resumen: 
Análisis de la sentencia del Tribunal Supremo de 28 de septiembre de 2010, en la que se dirime la responsabilidad de la empresa constructora, otra promotra y diversos técnicos intervinientes, solicitando se declare ruina funcional por infracción urbanística grave en el edificio de que es titular la comunidad de propietarios demandante.
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
28/09/2010
Resumen: 
Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de septiembre de 2010, en la que se dirime la responsabilidad de la empresa constructora, otra promotra y diversos técnicos intervinientes, solicitando se declare ruina funcional por infracción urbanística grave en el edificio de que es titular la comunidad de propietarios demandante.
6
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/07/2010 | 01/08/2010
Resumen: 
Una comunidad de propietarios demanda a la constructora del edificio a fin de que reparara los defectos existentes en los elementos comunes del edificio. Tanto el Juzgado de 1ª Instancia como la Audiencia Provincial condenaron a la demandada a cumplir con lo que se le pedía.
7
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
22/03/2010
Resumen: 
Ejercicio de acción para la reparación de deficiencias y patologías existentes en elementos comunes de edificio. irrectroactividad de la LOE para su aplicación a las obras reguladas por el artículo 1591 del CC.
8
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/11/1999
Resumen: 
El sistema legal para la valoración de los daños personales causados en accidentes de tráfico instaurado por la Ley 30/95, de 8 de noviembre, no tiene fuerza retroactiva
9
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/04/1999
Resumen: 
Audiencia Provincial de Toledo, sección primera, sentencia 21 de mayo de 1998: Daños personales. la Ley 30/1995, 8 de noviembre, de Ordenación y Supevisión de los Seguros Privados, y en particular su disposición adicional octava, en cuanto establece un sistema legal para la valoración de los daños corporales causados en accidentes de tráfico, que conlleva la aplicación de baremos o tablas, carece... ver másAudiencia Provincial de Toledo, sección primera, sentencia 21 de mayo de 1998: Daños personales. la Ley 30/1995, 8 de noviembre, de Ordenación y Supevisión de los Seguros Privados, y en particular su disposición adicional octava, en cuanto establece un sistema legal para la valoración de los daños corporales causados en accidentes de tráfico, que conlleva la aplicación de baremos o tablas, carece de fuerza retroactiva. ver menos
10
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
El autor analiza la Ley de Responsabilidad Civil y Seguros de la Circulación de Vehículos a Motor, en concreto el título que se refiere al sistema vinculante de valoración de la Ley.> En este sentido no hay ninguna disposición transitoria que permita saber si el sistema vinculante de valoración de daños (Baremo) tiene o no fuerza retroactiva. La única valoración que puede hacerse en este sentido e... ver másEl autor analiza la Ley de Responsabilidad Civil y Seguros de la Circulación de Vehículos a Motor, en concreto el título que se refiere al sistema vinculante de valoración de la Ley.> En este sentido no hay ninguna disposición transitoria que permita saber si el sistema vinculante de valoración de daños (Baremo) tiene o no fuerza retroactiva. La única valoración que puede hacerse en este sentido es a través del art. 2.3 del Código Civil, que establece que una ley puede ser retroactiva si la misma lo menciona. Siguiendo este criterio, en el tema referido al sistema de vinculación de valoración sólo hay dos tipo de retroactividad, la media y la débil, cuya conjunción da lugar a diferentes actuaciones en el plano procesal, y diferentes consecuencias en el económico. Además el autor expone diferentes teorías que puedan justificar de alguna forma la irretroactividad de la Ley: como es en el caso del Derecho Adquirido para el Derecho Administrativo, y el concepto de hecho jurídico.> También hace un análisis sobre si realmente existía un ordenamiento anterior a la nueva Ley o si bien, la Ley nueva es un ordenamiento In Fieri que no puede plantear problemas de transitoriedad porque la situación anterior al mismo era una solución irregular, aspecto este por el que opta el propio autor.> Como consecuencia de los anterior y como conclusión del autor, se afirma que al no existir norma anterior de confrontación al Baremo, no existe en la actualidad problemas de retroactividad si no de aplicación inmediata de la norma. ver menos
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