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Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/03/2009
Resumen:
La denegación a una empresa de unas ayudas que legalmente le corresponden no necesariamente conlleva el cierre de dicha empresa. Si la empresa alega que su cierre fue provocado por la denegación aludida (y que por tanto existe un resultado dañoso imputable a la Administración) debe demostrar que tales ayudas eran imprescindibles para su supervivencia.
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Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1996
Resumen:
Se publicaron en el B. O. E. núm. 103, del 30 de abril, disp. 11072, dejándolas extractadas en al núm. de junio de 1993, pág. 288.
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