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1
Evento:
Fuente:
Boletín RC y Seguros
Fecha:
15/09/2024
Resumen:
En la carta, el director del boletín expone los altibajos que sufre un asegurador ya que "en el mundo del seguro nada es tan constante como el cambio"
2
Evento:
Fuente:
Revista de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro | Boletín de Novedades
Fecha:
01/09/2018
Resumen:
Se analiza la naturaleza de la acción privada de daños derivada de la infracción de conductas que regulan la libre competencia, a partir de la Directiva de daños 2014/114/UE.
3
Evento:
Fuente:
Boletín RC y Seguros
Fecha:
15/05/2018
Resumen:
4
Evento:
Fuente:
Boletín RC y Seguros
Fecha:
15/04/2018
Resumen:
5
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/09/2017
Resumen:
Análisis de la sentencia del Tribunal Supremo de 13 de junio de 2017 del Sr. Trillo Alonso en la que se aborda si existe daño a la competencia al concederse licencia a otro bingo en la misma calle.
6
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/02/1999
Resumen:
Audiencia Provincial de Palencia, sentencia de 7 de febrero de 1997: Jurisdicción del orden civil. - En los supuestos en que la Administración es conjuntamente demandada con personas físicas o jurídicas privadas, si la reclamación se formula con carácter solidario y efectivamente existe un vínculo de solidaridad entre todos los codemandados, la "vis atractiva" que caracteriza a la jurisdicción civ... ver másAudiencia Provincial de Palencia, sentencia de 7 de febrero de 1997: Jurisdicción del orden civil. - En los supuestos en que la Administración es conjuntamente demandada con personas físicas o jurídicas privadas, si la reclamación se formula con carácter solidario y efectivamente existe un vínculo de solidaridad entre todos los codemandados, la "vis atractiva" que caracteriza a la jurisdicción civil o su condición residual, aconseja atribuir competencia a la expresada jurisdicción. ver menos
7
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/02/1999
Resumen:
Audiencia Provincial de Cantabria, sentencia de 24 de diciembre de 1997: Jurisdicción. Incumbe a la jurisdicción civil (y no a la administrativa como pretende la demandada) la adopción de las medidas adecuadas para que cese la producción de un perjuicio dimanante de la actividad industrial siempre y cuando sea civil la acción que se ejercite y no se impugne acto administrativo concreto o se inste ... ver másAudiencia Provincial de Cantabria, sentencia de 24 de diciembre de 1997: Jurisdicción. Incumbe a la jurisdicción civil (y no a la administrativa como pretende la demandada) la adopción de las medidas adecuadas para que cese la producción de un perjuicio dimanante de la actividad industrial siempre y cuando sea civil la acción que se ejercite y no se impugne acto administrativo concreto o se inste actuación alguna de la Administración. ver menos
8
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/03/1998
Resumen:
Audiencia Provincial de Málaga, Sección cuarta, sentencia de 27 de septiembre de 1994: Incompetencia de jurisdicción. Cuando la Administración actúa como entidad privada que debía producir la curación de un enfermo, que fue ingresado en los centros dependientes de la misma a tal fin, se está fuera de la relación de derecho público, responde ante los Tribunales ordinarios directamente por los daños... ver másAudiencia Provincial de Málaga, Sección cuarta, sentencia de 27 de septiembre de 1994: Incompetencia de jurisdicción. Cuando la Administración actúa como entidad privada que debía producir la curación de un enfermo, que fue ingresado en los centros dependientes de la misma a tal fin, se está fuera de la relación de derecho público, responde ante los Tribunales ordinarios directamente por los daños y perjuicios causados por sus funcionarios, agentes o autoridades, aunque se considere la actuación de los mismos como actos propios de la Administración. ver menos
9
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1997
Resumen:
Competencia del Orden Jurisdiccional; daños y perjuicios consiguientes al incumplimiento de un pacto. Intereses del art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro. Declarado probado el incumplimiento de la obligación contratada por el instituto demandado, de naturaleza estrictamente civil y consistente en retener en nómina el importe de las primas y abonarlo a la aseguradora, quedó sujeto a la indemnizac... ver másCompetencia del Orden Jurisdiccional; daños y perjuicios consiguientes al incumplimiento de un pacto. Intereses del art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro. Declarado probado el incumplimiento de la obligación contratada por el instituto demandado, de naturaleza estrictamente civil y consistente en retener en nómina el importe de las primas y abonarlo a la aseguradora, quedó sujeto a la indemnización del perjuicio causado, conforme a lo dispuesto en el art. 1101 del Código Civil. No es aplicable (el art. 20) a un supuesto en que se trata de la indemnización de los perjuicios causados por incumplimiento de un acto sobre primas y el modo de efectuarlo, contraído por el tomador del seguro con el asegurado, al que es ajena la aseguradora. ver menos
10
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1996
Resumen:
Cuestión de competencia. La falta de competencia territorial en el juicio de menor cuantía debe plantearse como cuestión de competencia, no como excepción al contestar la demanda.
11
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1996
Resumen:
Jurisdicción de orden penal y jurisdicción de orden civil. El orden penal y la sentencia allí recurrida, no impide el análisis de la culpa civil, pudiendo merecer una valoración distinta al caso fortuito ya que se plantea desde la ponderación de una negligencia con otro contenido normativo.
12
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1996
Resumen:
Juicio verbal del automóvil. Competencia territorial en estos juicios. Fuero especial aplicable al Consorcio de Compensación de Seguros. Limitación establecida en este ámbito por el art. 71 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
13
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1995
Resumen:
Competencia. Para el conocimiento y fallo de los procesos civiles en que sean parte las Entidades Estatales de Derecho público, serán competentes los Juzgados y Tribunales que tengan sus sedes en la capital de la provincia.
14
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1995
Resumen:
Competencia. La caída de la valla metálica que encierra una excavación arqueológica no puede ser considerada "funcionamiento anormal de un servicio público" por lo que la competencia para conocer de las acciones de responsabilidad corresponde a los órganos de la jurisdicción del orden civil.
15
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1995
Resumen:
Juicio verbal del automóvil. Competencia territorial. La legal de competencia dispuesta en el art. 71 de la L. E. C. no viola el derecho fundamental al juez ordinario predeterminado por la Ley por el hecho de que los Juzgados de capitales de provincias conozcan de las reclamaciones en procesos civiles contra el Estado y sus entidades de Derecho Público.
16
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1995
Resumen:
Jurisdicción y competencia a la jurisdicción ordinaria civil de asunto derivado de la relación laboral consistente en reclamación de daños y perjuicios causados por incendio en diversos efectos propiedad de una artista.
17
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1995
Resumen:
Entre otros, publica los siguientes trabajos: de César Albiñana García-Quintana, sobre "El derecho constitucional a la información veraz". Y de María Teresa Cuquerellas Sales, sobre "Derecho de defensa de la competencia. Potestad de investigación e inspección".
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