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1
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/01/2022
Resumen:
Conforme a la doctrina jurisprudencial de esta sala al resolver recursos sobre la responsabilidad de Caixabank S.A. como avalista colectiva de la promotora, dicha entidad debe responder frente a los compradores de las cantidades previstas en el contrato y anticipadas por ellos, aunque no se ingresaran en una cuenta de la promotora.
2
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/09/2021
Resumen:
Responsabilidad de la promotora. Cómputo del Plazo de un año para el ejercicio de la acción. Defectos constructivos en los garajes y en los patios interiores de las comunidades demandantes. Responsabilidad de las promotoras del edificio. La promotora recurrente intervino en la construcción de los espacios comunes referidos a garajes de ambas comunidades.
3
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/05/2014
Resumen:
Análisis de la sentencia del Tribunal Supremo de 28 de febrero de 2014 en la que se reclama a una constructora la deficiente ejecución de una obra.
4
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/02/2011
Resumen:
Sentencia que emana de la demanda interpuesta por los propietarios de un conjunto residencial agrupados en una mancomunidad contra Metro de Madrid, las dos promotoras y la constructora de los edificios en que residen, solicitando la adopción de las medidas necesarias para poner fin a las vibraciones y los ruidos que, por encima de los límites legales permitidos, sufren como consecuencia del paso d... ver másSentencia que emana de la demanda interpuesta por los propietarios de un conjunto residencial agrupados en una mancomunidad contra Metro de Madrid, las dos promotoras y la constructora de los edificios en que residen, solicitando la adopción de las medidas necesarias para poner fin a las vibraciones y los ruidos que, por encima de los límites legales permitidos, sufren como consecuencia del paso de los trenes de la línea 6 del Metro de Madrid, entre las estaciones de Legazpi y Arganzuela-Planetario. ver menos
5
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/11/2009
Resumen:
Sentencia en la que se analiza una demanda por defectos constructivos, se plantea aquí la consolidación de la doctrina jurisprudencial de la responsabilidad decenal en la que se dice que una vez el demandante ha probado los defectos constructivos existentes, corresponde al agente constructivo demandado probar que dichos defectos no se deben a culpa o negligencia que le sea imputable.
6
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/09/2009
Resumen:
La sentencia que ahora comentamos tiene una importante relevancia doctrinal en la medida en que contribuye a definir la figura del llamado “promotor de comunidades” y la responsabilidad que, como tal, tiene frente a los adquirientes de las viviendas construidas por defectos constructivos. Además, se analizan otras cuestiones de interés como el alcance de la responsabilidad de los técni... ver másLa sentencia que ahora comentamos tiene una importante relevancia doctrinal en la medida en que contribuye a definir la figura del llamado “promotor de comunidades” y la responsabilidad que, como tal, tiene frente a los adquirientes de las viviendas construidas por defectos constructivos. Además, se analizan otras cuestiones de interés como el alcance de la responsabilidad de los técnicos y el concepto de ruina al objeto de integrar el supuesto de hecho del art. 1591 CC. ver menos
7
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/07/2008 | 01/08/2008
Resumen:
Aunque también referida a la responsabilidad civil derivada de la construcción, la presente sentencia nos sirve para ahondar aún más en la interpretación de art. 1591 CC. En la presente se discute, no ya los parámetros subjetivos por los que se rige, sino su mismo ámbito de aplicación, labor interpretativa que pasa por definir y distinguir los conceptos de ruina y de incumplimiento contractual.
8
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
20/10/2003
Resumen:
En la normativa sobre prevención de riesgos laborales se determinan, fijan y establecen las obligaciones y responsabilidades de cada uno de los agentes que intervienen en una edificación, por lo que trasladar éstas de unos a otros, sin la aceptación previa de quien ha de asumirlas, da origen a una violación de los principios de legalidad y seguridad jurídica establecidos en nuestra Constitución.
9
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
13/03/2000
Resumen:
Análisis de la sentencia del Tribunal Supremo del 27 de enero de 1999 sobre la Responsabilidad Civil por defectos en la construcción. El dueño de un chalet demandó a la promotora, al contratista, a la dirección técnica y a la dirección facultativa. El aparejador y el contratista fueron absueltos, pero el arquitecto y la promotora fueron condenados solidariamente.
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