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1
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/10/1999
Resumen:
B.O.E. núm. 95, del 21 de abril, disp. 8868.
2
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/10/1999
Resumen:
B.O.E. núm. 126, del 27 de mayo, disp. 11947
3
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/10/1999
Resumen:
B.O.E. núm. 142, del 15 de junio, disp. 13197.
4
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/11/1998
Resumen:
B.O.E. núm 158, del 3 de julio disp. 15742
5
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/04/1998
Resumen:
B.O.E. núm. 286, del 29, disp. 25478
6
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1996
7
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1995
Resumen:
El nuevo Real Decreto de octubre de 1994 pretende mejorar el funcionamiento de la actual red española de estaciones de ITV (Inspección Técnica de Vehículos). Éste decreto incluye una serie de novedades, como los plazos para la primera inspección y las subsiguientes, los procedimientos legales sobre los que no se presenten, las características de las estaciones de inspección y el control del segur... ver másEl nuevo Real Decreto de octubre de 1994 pretende mejorar el funcionamiento de la actual red española de estaciones de ITV (Inspección Técnica de Vehículos). Éste decreto incluye una serie de novedades, como los plazos para la primera inspección y las subsiguientes, los procedimientos legales sobre los que no se presenten, las características de las estaciones de inspección y el control del seguro obligatorio a través de la inspección. ver menos
8
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1995
Resumen:
Las órdenes que regulan las distintas autorizaciones de transporte discrecional de mercancías y de viajeros por carretera y de arrendamiento de vehículos con conductor, de 3 y 4 de febrero y 14 de junio de 1993 (Revista, núms. de junio y octubre de 1993) no regulan la facultad de la Administración de suspender de oficio las autorizaciones cuando el vehículo dejara de estar afecto a éstas. Con la f... ver másLas órdenes que regulan las distintas autorizaciones de transporte discrecional de mercancías y de viajeros por carretera y de arrendamiento de vehículos con conductor, de 3 y 4 de febrero y 14 de junio de 1993 (Revista, núms. de junio y octubre de 1993) no regulan la facultad de la Administración de suspender de oficio las autorizaciones cuando el vehículo dejara de estar afecto a éstas. Con la finalidad de regular expresamente dicha facultad, se modifican las citadas órdenes.> A los fines de las mismas y de las del 4 de febrero de 1993 (revista junio de 1993), reguladora de las autorizaciones de las actividades auxiliares y complementarias de transporte por carretera, se introduce una nueva regulación del concepto de plazo ordinario para la rehabilitación por falta de visado.> A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos (Rev., febrero de 1995), se establece la exigencia de que, en todo caso, sea necesario portar la tarjeta ITV actualizada, para realizar el visado de las autorizaciones.> Por último se procede a regular la posibilidad de que los titulares de autorizaciones de transporte público que así lo estimen oportuno, soliciten su sustitución por otras de transporte privado referidas al mismo vehículo, cuando cesen en la prestación de transporte por cuanta ajena. ver menos
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