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1
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora | Actualidad Aseguradora Mediación
Fecha:
22/10/2018
Resumen:
Sobre la fiscalidad de una indemnización por Incapacidad Permanente Total.
2
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
09-02-2009
Resumen:
Comentario a una sentencia del Tribunal Supremo en el caso en el que se discute si la indemnización percibida con carácter complementario de una entidad aseguradora, como consecuencia de declaración de la incapacidad total permanente, resulta exenta al amparo de lo contemplado en el artículo 9.1 e) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
3
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
26-01-2009
Resumen:
Comentario a una sentencia del Tribunal Supremo.
Antonio tenía suscrito un Seguro de Accidentes, en cuyas condiciones particulares de la póliza se consignan como prestaciones aseguradas el fallecimiento y la invalidez permanente. Se consigna que «el tomador declara haber recibido las condiciones generales de la póliza y acepta específicamente las cláusulas limitativas destacadas en las mismas»... ver más
Comentario a una sentencia del Tribunal Supremo.
Antonio tenía suscrito un Seguro de Accidentes, en cuyas condiciones particulares de la póliza se consignan como prestaciones aseguradas el fallecimiento y la invalidez permanente. Se consigna que «el tomador declara haber recibido las condiciones generales de la póliza y acepta específicamente las cláusulas limitativas destacadas en las mismas».
En el artículo 5 de las Condiciones Generales de la póliza, sin especial relieve tipográfico, se contiene un baremo en el que se establece un porcentaje del 30% de la indemnización para el supuesto de invalidez permanente parcial, constituida por pérdida completa de tres dedos de una mano, comprendiendo el pulgar o el índice.
Antonio sufrió un accidente con el efecto de la amputación de tres dedos de la mano, siendo declarado en situación de invalidez permanente total para su profesión habitual derivada de accidente de trabajo. ver menos
4
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
12-05-2008
Resumen:
Comentario a una sentencia del Tribunal Supremo. En este caso se trata de determinar si los perceptores de pensiones de Seguridad Social por encontrarse en situación de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez ostentan automáticamente y a todos los efectos la condición de minusválidos o discapacitados.
5
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
08-10-2007
Resumen:
Comentarios a una sentencia del Tribunal Supremo.
El demandante sufrió un accidente de tráfico que le ocasionó ser declarado en situación de Invalidez Permanente Total para su profesión habitual, por accidente no laboral. Tenía concertado un contrato de seguro de accidentes que garantizaba los riesgos de muerte e invalidez permanente. En las condiciones particulares de dicho seguro se limitaba ... ver más
Comentarios a una sentencia del Tribunal Supremo.
El demandante sufrió un accidente de tráfico que le ocasionó ser declarado en situación de Invalidez Permanente Total para su profesión habitual, por accidente no laboral. Tenía concertado un contrato de seguro de accidentes que garantizaba los riesgos de muerte e invalidez permanente. En las condiciones particulares de dicho seguro se limitaba la cobertura de la póliza a los accidentes que pudiera sufrir el asegurado en su vida privada, con exclusión expresa de todo riesgo profesional.
Se plantea la distinción entre cláusulas limitativas y delimitativas. ver menos
6
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
18-06-2007
Resumen:
Consulta Vinculante a la Dirección General de Tributos.
Tras sufrir un accidente laboral en el sector de la Construcción, el consultante obtiene la pensión de incapacidad permanente total establecida en el Convenio Colectivo de la Construcción de la Comunidad de Madrid. La cuestión que se plantea es si es aplicable a la indemnización recibida la exención recogida en el artículo 7.d) del IRPF.
7
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
07-05-2007
Resumen:
Comentario a una sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña.
La discrepancia entre las partes del proceso radica en torno a la elección del día de prescripción de acciones, toda vez que la juez de instancia toma como tal el 5 de junio de 1998, que fue cuando el Equipo de Valoración de Incapacidades de la Dirección Provincial del I.N.S.S. dictaminó que procedía la calificación del trabaja... ver más
Comentario a una sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña.
La discrepancia entre las partes del proceso radica en torno a la elección del día de prescripción de acciones, toda vez que la juez de instancia toma como tal el 5 de junio de 1998, que fue cuando el Equipo de Valoración de Incapacidades de la Dirección Provincial del I.N.S.S. dictaminó que procedía la calificación del trabajador como incapacitado permanente total. En el recurso se postula que el “dies a quo” debe ser aquél en el que el apelante obtuvo el alta médica con secuelas, que a tenor del informe emitido por el Complexo Hospitalario Universitario de Santiago de Compostela, de fecha 30 de septiembre de 2002, fue el 21 de enero de 1997. ver menos
8
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
18-09-2006
Resumen:
Un policía nacional tenía contratada una póliza colectiva de seguro de accidentes y otra de vida e invalidez. Tras la finalización del periodo de cobertura, contrata las mismas coberturas con otra aseguradora.
Durante el contrato con la primera entidad, el demandante tuvo un accidente, sufriendo una fractura de escafoides. Tras haber sido intervenido anteriormente por hernia discal, vuelve a pa... ver más
Un policía nacional tenía contratada una póliza colectiva de seguro de accidentes y otra de vida e invalidez. Tras la finalización del periodo de cobertura, contrata las mismas coberturas con otra aseguradora.
Durante el contrato con la primera entidad, el demandante tuvo un accidente, sufriendo una fractura de escafoides. Tras haber sido intervenido anteriormente por hernia discal, vuelve a padecer de hernia discal y es intervenido, declarándosele la jubilación por incapacidad permanente para el servicio de policía, imposibilitándole igualmente para el ejercicio de cualquier actividad laboral.
La aseguradora alega que el siniestro se produce al tiempo de la declaración de invalidez o incapacidad, lo que tuvo lugar en el momento en el que la cobertura del riesgo de incapacidad correspondía a la segunda aseguradora
El TS señala en su sentencia que el deber de la prestación dineraria del asegurador no se agota normalmente con la verificación del siniestro. Frecuentemente se olvida que la garantía ofrecida por el asegurador cubre los siniestros que puedan suceder mientras dure esa garantía o cobertura. ver menos
9
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
13-03-2006
Resumen:
El asegurado tenía suscrita por la compañía aseguradora una póliza de seguro en relación con su vehículo, que cubría, entre otros conceptos, los daños corporales del conductor. Éste sufrió, siendo conductor del mismo, un accidente de circulación por el que padece graves secuelas corporales, calificadas de Invalidez Permanente Total. La controversia que da origen a este proceso exige resolver si l... ver másEl asegurado tenía suscrita por la compañía aseguradora una póliza de seguro en relación con su vehículo, que cubría, entre otros conceptos, los daños corporales del conductor. Éste sufrió, siendo conductor del mismo, un accidente de circulación por el que padece graves secuelas corporales, calificadas de Invalidez Permanente Total. La controversia que da origen a este proceso exige resolver si la limitación derivada del establecimiento de la suma asegurada fijada para la invalidez física permanente en las cláusulas generales constituye una cláusula limitativa, no específicamente aceptada por escrito por el asegurado y, en consecuencia, debe entenderse que carece de validez y eficacia, de tal suerte que la cobertura de los daños corporales del conductor del vehículo por incapacidad permanente no está sujeta a límite cuantitativo o, por el contrario, si dicha cláusula es válida y eficaz. ver menos
10
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
10-10-2005
Resumen:
Sentencia del Tribunal Supremo que tiene como conclusión que si cualquier persona causa, por acción y omisión interviniendo culpa o negligencia, que a su vez produce lesiones o daños a uno o varios trabajadores, la responsabilidad se inserta en el campo propio del derecho laboral, aunque no exista vinculación contractual alguna entre el responsable y el trabajador, de forma que esta especial respo... ver másSentencia del Tribunal Supremo que tiene como conclusión que si cualquier persona causa, por acción y omisión interviniendo culpa o negligencia, que a su vez produce lesiones o daños a uno o varios trabajadores, la responsabilidad se inserta en el campo propio del derecho laboral, aunque no exista vinculación contractual alguna entre el responsable y el trabajador, de forma que esta especial responsabilidad extracontractual queda englobada e inmersa en la extensa y compleja materia de la prevención de riesgos laborales en el trabajo y de la seguridad en el mismo. ver menos
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