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Fuente:
Boletín RC y Seguros
Fecha:
15/09/2024
Resumen:
El artículo analiza la situación en la que se reclama una indemnización por daños morales causados a familiares de un trabajador afectado por un accidente laboral
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Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
18-06-2007
Resumen:
Consulta Vinculante a la Dirección General de Tributos.
Tras sufrir un accidente laboral en el sector de la Construcción, el consultante obtiene la pensión de incapacidad permanente total establecida en el Convenio Colectivo de la Construcción de la Comunidad de Madrid. La cuestión que se plantea es si es aplicable a la indemnización recibida la exención recogida en el artículo 7.d) del IRPF.
Tras sufrir un accidente laboral en el sector de la Construcción, el consultante obtiene la pensión de incapacidad permanente total establecida en el Convenio Colectivo de la Construcción de la Comunidad de Madrid. La cuestión que se plantea es si es aplicable a la indemnización recibida la exención recogida en el artículo 7.d) del IRPF.
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Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
12-06-2006
Resumen:
Consulta vinculante a la Dirección General de Tributos. El consultante sufrió un accidente que le ocasiona una invalidez permanente absoluta que le impide ejercer su profesión de abogado. Por tal motivo, la Mutualidad de la Abogacía le reconoce una prestación fija mensual. También percibe de la Mutualidad un capital por invalidez permanente absoluta ya que tenía concertado un seguro de accidentes ... ver másConsulta vinculante a la Dirección General de Tributos. El consultante sufrió un accidente que le ocasiona una invalidez permanente absoluta que le impide ejercer su profesión de abogado. Por tal motivo, la Mutualidad de la Abogacía le reconoce una prestación fija mensual. También percibe de la Mutualidad un capital por invalidez permanente absoluta ya que tenía concertado un seguro de accidentes con la misma. La cuestión que plantea es si se considera renta exenta en su totalidad la prestación mensual por invalidez absoluta, por no sobrepasar la prestación máxima que reconoce la Seguridad Social para la prestación por incapacidad permanente absoluta y si se considera renta exenta en su totalidad el capital por invalidez absoluta percibido en un único pago derivado del seguro de accidentes. ver menos
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Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
13-03-2006
Resumen:
El consultante es titular de varios planes de pensiones. Desde febrero de 2005 tiene declarada incapacidad absoluta y permanente para todo trabajo. Ha percibido la prestación total de uno de los planes de pensiones. Las cuestiones que plantea son 1º. Si puede seguir realizando aportaciones hasta la edad ordinaria de jubilación y al percibir la prestación por jubilación aplicar la reducción del 40%... ver másEl consultante es titular de varios planes de pensiones. Desde febrero de 2005 tiene declarada incapacidad absoluta y permanente para todo trabajo. Ha percibido la prestación total de uno de los planes de pensiones. Las cuestiones que plantea son 1º. Si puede seguir realizando aportaciones hasta la edad ordinaria de jubilación y al percibir la prestación por jubilación aplicar la reducción del 40%. 2º. La fiscalidad de las prestaciones en forma de capital si se cobran en uno o en varios ejercicios. ver menos
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