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1
Evento:
Fuente:
BISS
Fecha:
04-2007
Resumen:
Análisis del autor de los retos a los que se enfrenta el mercado asegurador a la hora de diseñar y ofrecer la cobertura necesaria para el un nuevo riesgo de la responsabilidad medioambiental.
Comenta algunos de los aspectos más relevantes planteados por el texto legal que traspone la Directiva Europea de Responsabilidad Medioambiental al derecho español.
2
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
23-01-2006
Resumen:
Descripción del Proyecto de Ley que tiene como uno de sus objetivos garantizar el uso de los medicamentos y productos sanitarios, permitiendo a los consumidores tener la seguridad de que los productos que consumen son seguros. Analiza los puntos en los que se refiere al sector asegurador.
3
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
04/11/2002
Resumen:
El artículo 83 de la Ley de Contrato de Seguro, regulador del Seguro de Vida, va a ser modificado por el artículo 12 del proyecto de Ley de Reforma del Sistema Financiero, que obliga al asegurador a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones tanto en caso de muerte como supervivencia, asi como sobre una o varias cabezas, que determinará la prestación mediante bases de té... ver másEl artículo 83 de la Ley de Contrato de Seguro, regulador del Seguro de Vida, va a ser modificado por el artículo 12 del proyecto de Ley de Reforma del Sistema Financiero, que obliga al asegurador a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones tanto en caso de muerte como supervivencia, asi como sobre una o varias cabezas, que determinará la prestación mediante bases de técnica acutarial, exceptuándose los contratos en que la cobertura de muerte sea inferior o igual a la prima satisfecha o valor de rescate. ver menos
4
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/06/1999
Resumen:
Comentario breve a los aspectos de esta ley que tienen que ver con la responsabilidad civil, en concreto el punto 4 de la exposición de motivos, y otros relacionados con el seguro de caución y decenal.
5
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/03/1998
Resumen:
El artículo trata el Proyecto de Ley de Condiciones Generales de Contratación que se encuentra en el trámite de presentación de enmiendas y detalla los tipos de contratos a los que se aplicará y los que quedan excluídos. Se habla tmabién de los capítulos que regulan un llamado Registro de las condiciones generales de la contratación y, finalmente, de la publicidad de las sentencias de cesación o r... ver másEl artículo trata el Proyecto de Ley de Condiciones Generales de Contratación que se encuentra en el trámite de presentación de enmiendas y detalla los tipos de contratos a los que se aplicará y los que quedan excluídos. Se habla tmabién de los capítulos que regulan un llamado Registro de las condiciones generales de la contratación y, finalmente, de la publicidad de las sentencias de cesación o retracción, la previa inscripción de las cláusulas generales y el régimen sancionador, entre otras materias. ver menos
6
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1995
Resumen:
Escasa enmiendas que recojan criterios sobre los baremos de valoración de los daño corporales, y sobre la rápida indemnización de los perjudicados, o la solución de los problemas de procedimiento típicos del derecho español en cuanto al juicio ejecutivo del automóvil y del juicio verbal.> En este nuevo proyecto se intenta buscar una mayor protección y tutela de los perjudicados.> Además el autor d... ver másEscasa enmiendas que recojan criterios sobre los baremos de valoración de los daño corporales, y sobre la rápida indemnización de los perjudicados, o la solución de los problemas de procedimiento típicos del derecho español en cuanto al juicio ejecutivo del automóvil y del juicio verbal.> En este nuevo proyecto se intenta buscar una mayor protección y tutela de los perjudicados.> Además el autor destaca como líneas a seguir de las enmiendas, el intento de modificar la clásica responsabilidad del propietario. También se pide las supresión de la responsabilidad objetiva para los supuestos daños materiales, y que se establezca la obligación de uso de la declaración amistosa del accidente. ver menos
7
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1995
Resumen:
Visión real y objetiva de algunos de los problemas que presenta el baremo. Éste debería estructurarse de forma jerarquizada, diseñado de forma que una secuela no pueda ser valorada más que en un solo apartado, que sea inteligible y técnico, que siga un aspecto único de valoración, que respeten las series continuas, y, por último, que estuviera diseñado de tal manera que permita la inclusión y elim... ver másVisión real y objetiva de algunos de los problemas que presenta el baremo. Éste debería estructurarse de forma jerarquizada, diseñado de forma que una secuela no pueda ser valorada más que en un solo apartado, que sea inteligible y técnico, que siga un aspecto único de valoración, que respeten las series continuas, y, por último, que estuviera diseñado de tal manera que permita la inclusión y eliminación de secuelas y métodos de valoración, sin que implicara una modificación importante del baremo. El análisis de cada capítulo es el siguiente:> - Capítulo I. Cabeza y cráneo. En este apartado se incluyen los campos de visión.> - Capítulo II. Columna vertebral, órganos de cuello y tórax, el abdomen y la pelvis.> - Capítulo III. Extremidad superior y cintura escapular.> - Capítulo IV. Extremidad inferior y caderas.> - Capítulo V. Aparato cardio vascular.> - Capítulo VI. Sistema nervioso central.> - Capítulo VII. Sistema nervioso periférico. - Capítulo VIII. Se incluyen las entidades siguientes: diabetes mellitus, síndrome suprarrenal y síndrome paratiroideo. ver menos
8
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1995
Resumen:
El tema principal es el establecimiento de un sistema de baremos para los daños derivados de negligencia médica. En este sentido se pone de manifiesto la tendencia progresiva al establecimiento de baremos que configuren una valoración de la vida humana y de las secuelas físicas que un siniestro acarrea.> En el campo específico de los daños causados por intervención médica, se sienta la convenienc... ver másEl tema principal es el establecimiento de un sistema de baremos para los daños derivados de negligencia médica. En este sentido se pone de manifiesto la tendencia progresiva al establecimiento de baremos que configuren una valoración de la vida humana y de las secuelas físicas que un siniestro acarrea.> En el campo específico de los daños causados por intervención médica, se sienta la conveniencia de reglas unificadoras sobre las indemnizaciones de daños corporales, así como cuanto pudiera facilitar la aceptación de tablas baremizadoras de esas indemnizaciones con vistas al intento de establecer una responsabilidad médica sin culpa, de rango objetivo, pero creando un fondo común para los accidentes médicos, independientemente de toda culpa.> En la publicación también se trata del acreditamiento de la negligencia médica, significado de la intervención pericial en su prueba, de la función del médico forense y de la historia clínica.> Por último, se trata de la posibilidad de promulgar un baremo unificador e imperativo en las indemnizaciones por responsabilidad civil médica y de su aceptación en el proyecto de Ley de Supervisión de los Seguros Privados. En este sentido se pone de manifiesto la importancia de la figura del perito médico. ver menos
9
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1995
Resumen:
El Proyecto de Ley sobre Supervisión de Seguros Privados trata sobre las cuestiones de la reforma baremizadora del seguro del automóvil, la transformación del interés sancionador del 20% en el 14% (interés legal más el 50% de la propia cifra), la desaparición del seguro de asistencia sanitaria, el incremento astronómico del capital social o fondo mutual, el reforzamiento del control, la legalizaci... ver másEl Proyecto de Ley sobre Supervisión de Seguros Privados trata sobre las cuestiones de la reforma baremizadora del seguro del automóvil, la transformación del interés sancionador del 20% en el 14% (interés legal más el 50% de la propia cifra), la desaparición del seguro de asistencia sanitaria, el incremento astronómico del capital social o fondo mutual, el reforzamiento del control, la legalización del control de los liquidadores de la CLEA, que mantiene su nombre, la desaparición del seguro obligatorio de viajeros y del cazador y el control y transparencia parcial de las comisiones de los mediadores de seguros, la remodelación del disperso sistema de sanciones y la reforma del seguro de la defensa.> Además en el apartado del artículo dedicado al seguro de vida se comentan el objeto y el capital social del seguro de vida y la nueva normativa sobre el contrato de seguros de vida; en cuanto al seguro de automóviles, comenta la desaparición del diferente trato de los daños materiales y corporales, y la limitación legal de las indemnizaciones ver menos
10
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1995
Resumen:
Frente al rechazo de un gran número de juristas al sistema de la valoración de los daños personales, recomendado por la Orden de 5 de marzo de 1991, la Dirección General de Seguros se ha propuesto someter a los jueces contrarios por fuerza de ley a través de un Proyecto de Ley de Supervisión de los Seguros Privados que propone un sistema de valoración que se aplicará a toda clase de responsabilida... ver másFrente al rechazo de un gran número de juristas al sistema de la valoración de los daños personales, recomendado por la Orden de 5 de marzo de 1991, la Dirección General de Seguros se ha propuesto someter a los jueces contrarios por fuerza de ley a través de un Proyecto de Ley de Supervisión de los Seguros Privados que propone un sistema de valoración que se aplicará a toda clase de responsabilidad civil extracontractual por los daños causados a las personas en un accidente de circulación. Además también se establecen baremos legales en la valoración de los daños a las personas, que se basan en el principio de previsibilidad, uniformidad y moderación.> A pesar de todo se han levantado una serie de críticas que se centran en la falta de coherencia en las Tablas del baremo y de algunos artículos del mismo.> Según el autor, de llegar a ser Ley este sistema, la constitucionalidad del conjunto de normas del Proyecto de Ley de Supervisión de los Seguros Privados, creador del sistema de valoración de los daños personales, podría ser puesto en tela de juicio. ver menos
11
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1995
Resumen:
El Proyecto de Ley sobre Supervisión de los Seguros Privados se presenta por la discrepancia de criterios entre los órganos judiciales en cuanto a fijar la cuantía de las indemnizaciones de responsabilidad civil derivada de la causación de daños corporales. Debido a ello se plantea la necesidad del establecimiento de baremos de valoración, en cuanto a indemnización, que al pasar a un marco legal t... ver másEl Proyecto de Ley sobre Supervisión de los Seguros Privados se presenta por la discrepancia de criterios entre los órganos judiciales en cuanto a fijar la cuantía de las indemnizaciones de responsabilidad civil derivada de la causación de daños corporales. Debido a ello se plantea la necesidad del establecimiento de baremos de valoración, en cuanto a indemnización, que al pasar a un marco legal tendrán carácter vinculante. La ventaja de estos baremos será que la tasación legal de daño creará criterios que evitarán la dispersión de criterios judiciales.> Además, en el texto se recogen los criterios jurídicos básicos de articulación de la responsabilidad civil en el Proyecto de ley sobre Supervisión de los Seguros Privados; la relación entre la indemnización por daños morales y por los restantes daños y perjuicios; alcance de las indemnizaciones por daños morales y factores de corrección; indemnizaciones por restantes daños y perjuicios, y por último las reglas complementarias de valoración y la excesiva rigidez del texto. ver menos
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