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Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
04/11/2002
Resumen:
El artículo 83 de la Ley de Contrato de Seguro, regulador del Seguro de Vida, va a ser modificado por el artículo 12 del proyecto de Ley de Reforma del Sistema Financiero, que obliga al asegurador a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones tanto en caso de muerte como supervivencia, asi como sobre una o varias cabezas, que determinará la prestación mediante bases de té... ver másEl artículo 83 de la Ley de Contrato de Seguro, regulador del Seguro de Vida, va a ser modificado por el artículo 12 del proyecto de Ley de Reforma del Sistema Financiero, que obliga al asegurador a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones tanto en caso de muerte como supervivencia, asi como sobre una o varias cabezas, que determinará la prestación mediante bases de técnica acutarial, exceptuándose los contratos en que la cobertura de muerte sea inferior o igual a la prima satisfecha o valor de rescate. ver menos
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