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Fuente:
BDS
Fecha:
20/09/2012
Resumen:
La agencia Reuters apunta que fuentes de Bruselas ven cada vez más factible que la Unión Europea se vea obligada a posponer la entrada en vigor de Solvencia II debido a las diferencias entre los países miembros sobre la forma final de la nueva normativa. Señala también que Michel Barnier, comisario europeo de Mercado Interior, habría propuesto ya retrasar en un año el nuevo régimen de solvencia de... ver másLa agencia Reuters apunta que fuentes de Bruselas ven cada vez más factible que la Unión Europea se vea obligada a posponer la entrada en vigor de Solvencia II debido a las diferencias entre los países miembros sobre la forma final de la nueva normativa. Señala también que Michel Barnier, comisario europeo de Mercado Interior, habría propuesto ya retrasar en un año el nuevo régimen de solvencia de las aseguradoras. Las negociaciones a tres bandas que se celebran entre la Comisión Europea, el Parlamento y el Consejo para desbloquear la Directiva Ómnibus II parece que siguen sin avanzar. La información da cuenta de la división de opiniones en el sector ante una nueva demora de Solvencia II. Se alude a lo que opinan las aseguradoras, EIOPA y PricewaterhouseCoopers. Por otra parte, Insurance Europe acoge con satisfacción la decisión de finalizar la evaluación del impacto sobre las medidas para tratar las cuestiones de garantía a largo plazo en Solvencia II antes de finalizar el texto Ómnibus II, aunque pueda dar lugar a un retraso en el proceso de Solvencia II. ver menos
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Fuente:
BDS
Fecha:
24/02/2012
Resumen:
Miguel Benito analiza y valora en su blog Devenir Aleatorio, en inese.es, la sentencia 37/2012 de la Audiencia Provincial Sección Undécima de Valencia, por la que se condena a la Generalitat Valenciana al pago de 245.000 euros de intereses por abonar fuera de plazo los recibos semestrales del seguro que tenía concertado con HDI para la cobertura de la responsabilidad civil de su personal sanitario... ver másMiguel Benito analiza y valora en su blog Devenir Aleatorio, en inese.es, la sentencia 37/2012 de la Audiencia Provincial Sección Undécima de Valencia, por la que se condena a la Generalitat Valenciana al pago de 245.000 euros de intereses por abonar fuera de plazo los recibos semestrales del seguro que tenía concertado con HDI para la cobertura de la responsabilidad civil de su personal sanitario. El periodista considera que este hecho supone abrir un melón sin precedentes para todas las Administraciones no solo morosas, sino que simplemente se retrasen o dilaten sus pagos. Supone que será la vía a seguir por muchas empresas a las que Ayuntamientos, Diputaciones, Comunidades o el propio Estado adeudan cantidades. Por otra parte, Miguel Benito también hace referencia a las intervenciones llevadas a cabo por Miguel Martín, presidente de la AEB, en un encuentro organizado por la APIE, y sobre la presencia de Flavia Rodríguez-Ponga, directora general de la DGSFP en un almuerzo de trabajo del Grupo de Apoyo de FECOR, celebrado el pasado 22 de febrero. ver menos
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Fuente:
BDS
Fecha:
14/12/2009
Resumen:
El texto de la nueva Ley de Supervisión de los Seguros Privados, por la que se transpone a la legislación española la Directiva de Solvencia II, contempla una prórroga para que las aseguradoras cumplan con las nuevas exigencias de capital derivadas de la norma comunitaria. Así, se ha incluido en el borrador de la ley una demora de un año, hasta el 31 de octubre de 2013, para que las entidades que ... ver másEl texto de la nueva Ley de Supervisión de los Seguros Privados, por la que se transpone a la legislación española la Directiva de Solvencia II, contempla una prórroga para que las aseguradoras cumplan con las nuevas exigencias de capital derivadas de la norma comunitaria. Así, se ha incluido en el borrador de la ley una demora de un año, hasta el 31 de octubre de 2013, para que las entidades que actualmente cumplen el margen de solvencia exigido, pero que no alcanza los requerimientos de la futura legislación, puedan acogerse a esta demora en su adaptación a las nuevas exigencias. ver menos
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Fuente:
BDS
Fecha:
13/04/2009
Resumen:
El Tribunal Supremo ha negado a una aseguradora que reclamaba a otra la indemnización abonada a su cliente, por ser ésta la última responsable, el derecho a un recargo de los intereses por demora en el pago, previsto en el art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro (LCS). El fallo establece que la LCS limita el ejercicio de la acción subrogatoria a la cantidad efectivamente satisfecha por la asegurad... ver másEl Tribunal Supremo ha negado a una aseguradora que reclamaba a otra la indemnización abonada a su cliente, por ser ésta la última responsable, el derecho a un recargo de los intereses por demora en el pago, previsto en el art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro (LCS). El fallo establece que la LCS limita el ejercicio de la acción subrogatoria a la cantidad efectivamente satisfecha por la aseguradora a su cliente, mientras que, por otro lado, la Sala añade que dicho artículo de la LCS establece con precisión los sujetos a los que afecta la mora del asegurador, entre los que no se puede incluir a la aseguradora que ejercita la acción subrogatoria. ver menos
5
Fuente:
BDS
Fecha:
07/11/2006
Resumen:
La DGSFP va a plantear, en el marco de la reforma de la Ley de Contrato de Seguro, una bajada del tipo de interés del 20% que las aseguradoras deben pagar como demora en el abono de las indemnizaciones. El nuevo recargo por la demora podría situarse en línea con el tipo de interés fijado por la Ley de Morosidad de Créditos Comerciales, ligado al precio del dinero, más un recargo que situaría el pa... ver másLa DGSFP va a plantear, en el marco de la reforma de la Ley de Contrato de Seguro, una bajada del tipo de interés del 20% que las aseguradoras deben pagar como demora en el abono de las indemnizaciones. El nuevo recargo por la demora podría situarse en línea con el tipo de interés fijado por la Ley de Morosidad de Créditos Comerciales, ligado al precio del dinero, más un recargo que situaría el pago final entre el 9% y el 10%. ver menos
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Fuente:
BDS
Fecha:
29/05/2006
Resumen:
Claudio I. López Cobo, director de Internacional de Nacional de Reaseguros, defiende, en un artículo publicado en el `BISS` de mayo, tanto la necesidad de `retocar` el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, como la modificación del ínterés de demora del 20% que se aplica al asegurador. Plantea que el interés aplicable a la demora del asegurador debería ser el interés legal del dinero común a... ver másClaudio I. López Cobo, director de Internacional de Nacional de Reaseguros, defiende, en un artículo publicado en el `BISS` de mayo, tanto la necesidad de `retocar` el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, como la modificación del ínterés de demora del 20% que se aplica al asegurador. Plantea que el interés aplicable a la demora del asegurador debería ser el interés legal del dinero común a todo tipo de actividad. En su opinión, "no hay razón para imponer un interés discriminatorio a un determinado sector, en este caso el asegurador". ver menos
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