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Registros encontrados: 13 Total Páginas: 1
1
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
30/03/2017
Resumen: 
María Assumpta Soler Serra, consejera de Grupo Catalana Occidente, ha recibido en herencia un paquete de 2,3 millones de acciones de la aseguradora, transmitido a un precio unitario de 24,34 euros, elevando los derechos de voto de la consejera al 2,07% del capital y convirtiéndose en la mayor accionista individual declarada de la compañía.
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
20/10/2016
Resumen: 
Datos sobre la convocatoria de esta formación y contenidos que comprende.
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
19/09/2016
Resumen: 
La DGSFP confirma, en una consulta efectuada por una entidad, que en un mismo plan pueden coexistir el patrimonio heredado de otro plan y el acumulado por el propio partícipe. La consulta pone de manifiesto la situación de un partícipe que hereda el patrimonio de un plan de pensiones tras el fallecimiento de su titular.
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
11/11/2015
Resumen: 
Para el 19 de noviembre se impartirá un curso bajo el título ‘Herencia y seguro’.
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
12/10/2015
Resumen: 
Análisis de la sentencia del Tribunal Supremo de 12 de marzo de 2015 en la que se analiza si un seguro de vida contratado por el cónyuge de la beneficiaria se puede considerar seguro de vida y por lo tanto paralelo a la herencia que corresponde a los hijos o por el contrario productos de carácter bancario o financiero y por lo tanto parte de la herencia de los hijos.
6
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
20/03/2015
Resumen: 
El Colegio de Mediadores de Seguros de Barcelona convoca la segunda edición del curso Herencia y Seguro, que se celebra el 29 de abril con la colaboración y patrocinio de Fiatc Seguros. Se avanzan algunos de los asuntos que se abordarán por parte de Jordi Mayol, director de Formación de la mutua.
7
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
17/11/2014
Resumen: 
Análisis de la sentencia del Tribunal Supremo de 2 de octubre de 2014 en la que se reclama la legitima que por derecho le corresponde a los hijos de un fallecido.
8
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
30/10/2014
Resumen: 
Con motivo del Día de Todos los Santos, los expertos de DAS Internacional han respondido a algunas de las cuestiones más habituales a la hora de realizar un testamento para que éste no suponga un conflicto entre los herederos. Se indica, según la aseguradora, el porcentaje de españoles que realiza testamento para dejar previsto el reparto de bienes y cuáles son los problemas más habituales en los ... ver másCon motivo del Día de Todos los Santos, los expertos de DAS Internacional han respondido a algunas de las cuestiones más habituales a la hora de realizar un testamento para que éste no suponga un conflicto entre los herederos. Se indica, según la aseguradora, el porcentaje de españoles que realiza testamento para dejar previsto el reparto de bienes y cuáles son los problemas más habituales en los juzgados por cuestiones de herencia. ver menos
9
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
26/09/2013
Resumen: 
La Cátedra Legálitas desarrolla un curso, junto con el Instituto de Derecho Público de la Universidad Rey Juan Carlos, para formar a abogados en la lucha contra los delitos cometidos a través de los dispositivos informáticos y las telecomunicaciones. Por otro lado, el Observatorio Legálitas ha constatado cómo en los últimos años han aumentado las consultas en más de un 30% sobre posibles herencias... ver másLa Cátedra Legálitas desarrolla un curso, junto con el Instituto de Derecho Público de la Universidad Rey Juan Carlos, para formar a abogados en la lucha contra los delitos cometidos a través de los dispositivos informáticos y las telecomunicaciones. Por otro lado, el Observatorio Legálitas ha constatado cómo en los últimos años han aumentado las consultas en más de un 30% sobre posibles herencias (la crisis dispara los conflictos familiares por este tema). ver menos
10
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
12/02/2008
Resumen: 
Fundación Mapfre ha publicado `Los planes de pensiones y los planes de previsión asegurados: su inclusión en el caudal hereditario`, de Juan Pablo Pérez Velázquez. Se trata del número 118 de la colección `Cuadernos de la Fundación`, estando enfocado al análisis de la inserción e incidencia de los planes de pensiones y los planes de previsión asegurados en el Derecho sucesorio.
11
Autor corporativo: 
TNS Finance
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
19/06/2007
Resumen: 
Informe que trata de entender la situación financiera y patrimonial actual de los españoles de 55 años o más, indagar en sus percepciones sobre la jubilación y la herencia y explorar el potencial de la hipoteca inversa.
12
Autor corporativo: 
Fuente: 
BISS
Editor: 
Fundación Mapfre
Fecha: 
2007
Resumen: 
Trabajo en que se analiza la inserción e incidencia de la figura de los planes de pensiones y de los planes de previsión asegurados en el Derecho sucesorio. Pretende examinar qué tratamiento jurídico debe darse a la prestación que recibe el beneficiario de un plan de pensiones cuando esa prestación se produce como consecuencia de la muerte del partícipe.
Aborda también el estudio de la posible ... ver más
Trabajo en que se analiza la inserción e incidencia de la figura de los planes de pensiones y de los planes de previsión asegurados en el Derecho sucesorio. Pretende examinar qué tratamiento jurídico debe darse a la prestación que recibe el beneficiario de un plan de pensiones cuando esa prestación se produce como consecuencia de la muerte del partícipe.
Aborda también el estudio de la posible inclusión o no en el caudal hereditario de una nueva institución: los planes de previsión asegurados. ver menos
13
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
09/06/2003
Resumen: 
Sentencia que concluye que el beneficiario es distinto a los herederos aunque pueda coincidir y las cantidades que puede percibir son de su exclusiva propiedad, por lo que no corresponde la devolución al fideicomiso de residuo.
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