Registros encontrados: 6 Total Páginas: 1
1
Editor:
Boletin Oficial del Estado
Fecha:
02/03/2019
2
Editor:
Boletin Oficial del Estado
Fecha:
24/03/2012
3
Editor:
Boletin Oficial del Estado
Fecha:
01/02/2006
4
Editor:
Boletin Oficial del Estado
Fecha:
31/12/2005
5
Editor:
Boletin Oficial del Estado
Fecha:
23/11/2002
6
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
04/11/2002
Resumen:
El artículo 83 de la Ley de Contrato de Seguro, regulador del Seguro de Vida, va a ser modificado por el artículo 12 del proyecto de Ley de Reforma del Sistema Financiero, que obliga al asegurador a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones tanto en caso de muerte como supervivencia, asi como sobre una o varias cabezas, que determinará la prestación mediante bases de té... ver másEl artículo 83 de la Ley de Contrato de Seguro, regulador del Seguro de Vida, va a ser modificado por el artículo 12 del proyecto de Ley de Reforma del Sistema Financiero, que obliga al asegurador a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones tanto en caso de muerte como supervivencia, asi como sobre una o varias cabezas, que determinará la prestación mediante bases de técnica acutarial, exceptuándose los contratos en que la cobertura de muerte sea inferior o igual a la prima satisfecha o valor de rescate. ver menos
Página: 1/1