Tu fuente de información en seguros
Registros encontrados: 25 Total Páginas: 2
1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/02/2024
Resumen: 
El Tribunal Supremo ha venido estableciendo que, a la hora de determinar si ha habido o no responsabilidad

por hecho ajeno del comitente es necesario tener en cuenta si el contratista cuenta con la autonomía necesaria en la organización actividad profesional que desarrolla.
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/02/2024
Resumen: 
El Tribunal Supremo ha venido estableciendo que, a la hora de determinar si ha habido o no responsabilidad por hecho ajeno del comitente es necesario tener en cuenta si el contratista cuenta con la autonomía necesaria en la organización actividad profesional que desarrolla.
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
31/10/2023
Resumen: 
Condiciones generales de la contratación. Cláusulas abusivas
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
20/10/2023
Resumen: 
Inexistente responsabilidad del comitente frente a terceros por las obras realizadas en su vivienda.
6
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/01/2022
Resumen: 
Conforme a la doctrina jurisprudencial de esta sala al resolver recursos sobre la responsabilidad de Caixabank S.A. como avalista colectiva de la promotora, dicha entidad debe responder frente a los compradores de las cantidades previstas en el contrato y anticipadas por ellos, aunque no se ingresaran en una cuenta de la promotora.
7
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
23/11/2021
Resumen: 
Conforme a la doctrina jurisprudencial de esta sala al resolver recursos sobre la responsabilidad de Caixabank S.A. como avalista colectiva de la promotora, dicha entidad debe responder frente a los compradores de las cantidades previstas en el contrato y anticipadas por ellos, aunque no se ingresaran en una cuenta de la promotora.
8
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/10/2021
Resumen: 
A raíz de la sentencia analizada, el autor se plantea si la compañía aseguradora de una comunidad de propietarios que ha abonado a los distintos perjudicados los daños derivados de un siniestro cubierto en póliza puede subrogarse en la posición de su asegurado para repetir contra el copropietario causante del siniestro.
9
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/10/2021
Resumen: 
No es aplicable la Ley 57/1968 por no ostentar el comprador demandante la condición de consumidor. Compró las viviendas a construir con una finalidad inversora o especulativa y no residencial.
10
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
26/07/2021
Resumen: 
No es aplicable la Ley 57/1968 por no ostentar el comprador demandante la condición de consumidor. Compró las viviendas a construir con una finalidad inversora o especulativa y no residencial.
11
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
21/07/2021
Resumen: 
A raíz de la sentencia analizada, el autor se plantea si la compañía aseguradora de una comunidad de propietarios que ha abonado a los distintos perjudicados los daños derivados de un siniestro cubierto en póliza puede subrogarse en la posición de su asegurado para repetir contra el copropietario causante del siniestro.
12
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/07/2021
Resumen: 
Falta de inicio de la construcción en un plazo razonable, lo que los propios estatutos de la cooperativa contemplaban como causa justificada de la baja de los cooperativistas-demandantes. Responsabilidad de la entidad avalista por el total de las cantidades entregadas a cuenta.
13
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/06/2021
Resumen: 
Compraventa de viviendas para uso residencial. Ley 57/1968. El banco avalista también responde cuando el incumplimiento de la promotora consiste en no entregar la vivienda libre de cargas como se había obligado. Reiteración de doctrina jurisprudencial.
14
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
29/03/2021
Resumen: 
Ley 57/1968. Cooperativa de viviendas. Falta de inicio de la construcción en un plazo razonable, lo que los propios estatutos de la cooperativa contemplaban como causa justificada de la baja de los cooperativistas-demandantes. Responsabilidad de la entidad avalista por el total de las cantidades entregadas a cuenta.
15
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
08/03/2021
Resumen: 
Compraventa de viviendas para uso residencial. Ley 57/1968. El banco avalista también responde cuando el incumplimiento de la promotora consiste en no entregar la vivienda libre de cargas como se había obligado. Reiteración de doctrina jurisprudencial.
16
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
28/11/2019
Resumen: 
Compraventa de vivienda en construcción. Cantidades anticipadas por el comprador. Responsabilidad de dos bancos en los que la promotora tenía abiertas sendas cuentas.
17
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/10/2017
Resumen: 
Reflexión sobre la Sentencia del Tribunal Constitucional 8/2017, de 19.01.2017 del ponente Sr. González Rivas en la que, cómo en el lugar de la caída del demandante es una celebración privada en el interior de una vivienda particular, impiden aplicar la doctrina del riesgo que ampare una inversión de la carga de la prueba en beneficio del perjudicado y a cargo del organizador.
18
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
06/10/2015
Resumen: 
Sentencia sobre el abono de las certificaciones de obra impagadas.
19
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/03/2015
Resumen: 
Demanda de ejecución de título no judicial en virtud de la Ley 57/1968 sobre percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas, en base a un contrato de adjudicación de viviendas firmado entre cooperativas ejecutante y la Cooperativa.
20
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
09/12/2014
Resumen: 
Demanda de ejecución de título no judicial en virtud de la Ley 57/1968 sobre percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas, en base a un contrato de adjudicación de viviendas firmado entre cooperativas ejecutante y la Cooperativa.
Página: 1/2
novadoc.es