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Ámbito: España
Sala: Civil  Sección:  1
Fecha: 21/12/2021
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 1897/2018
Resolución: 901/2021
Resumen: Esta sentencia resuelve diversos aspectos de gran interés por la casuística que tratan en materia de derecho de seguros y responsabilidad civil, que se suscitan como consecuencia de la acción directa ejercitada por algunos de los perjudicados por el grave y fatal accidente de aviación que tuvo lugar el año 2008, frente a la aseguradora con quien tenía suscrito seguro de responsabilidad civil la co... ver másEsta sentencia resuelve diversos aspectos de gran interés por la casuística que tratan en materia de derecho de seguros y responsabilidad civil, que se suscitan como consecuencia de la acción directa ejercitada por algunos de los perjudicados por el grave y fatal accidente de aviación que tuvo lugar el año 2008, frente a la aseguradora con quien tenía suscrito seguro de responsabilidad civil la compañía aérea, y a la que resulta de aplicación la normativa recogida en el Convenio de Montreal de 28 de mayo de 1999, para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional, y en el Reglamento (CE) n.° 2027/1997 del Consejo de 9 de octubre de 1997, modificado por el Reglamento (CE) n.º 889/2002, de 13 de mayo de 2002, y que responde al criterio de la total indemnidad en la indemnización de la muerte y lesiones corporales de los pasajeros causados en accidente producido a bordo de la aeronave o durante cualquiera de las operaciones de embarque o desembarque. ver menos

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Ámbito: España
Sala:   Sección: 
Fecha: 05/06/2008
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 4152/2004
Resolución: ---
Resumen: La Sala de instancia no está deduciendo un hecho a partir de otro tenido por probado, sino que realiza consideraciones jurídicas sobre uno de los requisitos necesarios para configurar la responsabilidad patrimonial cual es el nexo de causalidad, entendiendo que la causa directa y eficaz del resultado lesivo, fue el incumplimiento por la empresa de seguridad de una de las obligaciones que le imponí... ver másLa Sala de instancia no está deduciendo un hecho a partir de otro tenido por probado, sino que realiza consideraciones jurídicas sobre uno de los requisitos necesarios para configurar la responsabilidad patrimonial cual es el nexo de causalidad, entendiendo que la causa directa y eficaz del resultado lesivo, fue el incumplimiento por la empresa de seguridad de una de las obligaciones que le imponía el Real Decreto regulador de la seguridad privada y la remisión que hace a la sentencia lo es a los solos efectos de examinar desde la perspectiva de la relación de causalidad las consecuencias de ese incumplimiento, es decir del no aviso a las Fuerzas de Seguridad del Estado, por una Compañía de Seguridad privada, del traslado de sacas con importantes cantidades de dinero, sin que en ningún caso deduzca un hecho probado de otro. La Sala de instancia en modo alguno declara prescrita la acción de responsabilidad, sino que entiende que el recuso interpuesto es extemporáneo respecto a AENA, que en su Resolución de 26 de Junio de 2.000 rechazó cualquier tipo de responsabilidad propia. ver menos

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