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Ámbito: España
Sala: Primera
Sección: 1
Fecha: 08/04/2010
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 545/2006
Resolución: 205/2010
Resumen: Sentencia donde se reclama la indemnización por lesión de un jugador profesional de fútbol. Dicho jugador fue contratado por la Real Sociedad de Fútbol el 28 de junio de 2000, quedando incorporado como asegurado a la cobertura de la póliza que el club contrató con Musini, y que cubría los riesgos de fallecimiento o invalidez total permanente para la práctica de dicho deporte, siendo beneficiaria l... ver másSentencia donde se reclama la indemnización por lesión de un jugador profesional de fútbol. Dicho jugador fue contratado por la Real Sociedad de Fútbol el 28 de junio de 2000, quedando incorporado como asegurado a la cobertura de la póliza que el club contrató con Musini, y que cubría los riesgos de fallecimiento o invalidez total permanente para la práctica de dicho deporte, siendo beneficiaria la entidad demandante.
El jugador sufrió una lesión en el curso de un entrenamiento con fecha 6 de abril de 2001 que le causó el llamado "síndrome piriforme" como consecuencia de la rotura de su cuadrado femoral derecho, lesión que finalmente le obligó a dejar la práctica del fútbol profesional, dirigiendo la demandante diversas comunicaciones a la aseguradora demandada en reclamación del pago de la indemnización convenida. ver menos
El jugador sufrió una lesión en el curso de un entrenamiento con fecha 6 de abril de 2001 que le causó el llamado "síndrome piriforme" como consecuencia de la rotura de su cuadrado femoral derecho, lesión que finalmente le obligó a dejar la práctica del fútbol profesional, dirigiendo la demandante diversas comunicaciones a la aseguradora demandada en reclamación del pago de la indemnización convenida. ver menos
2
Ámbito: España
Sala: Primera
Sección: 1
Fecha: 21/09/2009
Procedimiento: Recurso
Recurso: 544/2005
Resolución: 613/2009
Resumen: Coaseguro, artículo 33 y 43 de la Ley de Contrato de Seguro. legitimación de la aseguradora que paga a su asegurado para reclamar su importe al responsable del daño
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Ámbito: España
Sala: Primera
Sección: 1
Fecha: 20/04/2009
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 982/2004
Resolución: 241/2009
Resumen: Póliza de seguros de protección integral de industria. La regla proporcional del artículo 30 de la
Ley de Contrato de Seguro es de carácter dispositivo; posiciones de la doctrina científica y
jurisprudencial. La interpretación de los contratos. Cuestión nueva. El artículo 20 de la Ley de
Contrato de Seguro.
Ley de Contrato de Seguro es de carácter dispositivo; posiciones de la doctrina científica y
jurisprudencial. La interpretación de los contratos. Cuestión nueva. El artículo 20 de la Ley de
Contrato de Seguro.
4
Ámbito: España
Sala:
Sección:
Fecha: 13/05/2008
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 2346/2001
Resolución: 349/2008
Resumen: Reclamación de una mercantil por daños sufridos en su fábrica de vidrio por las labores de montaje de otra empresa, la cual estaba asegurada en sucesivas pólizas de todo riesgo, responsabilidad civil y responsabilidad civil con franquicia. Se demanda a todas las aseguradoras, resultando condenadas todas menos una, al estimarse que el riesgo estaba cubierto sobradamente por las pólizas anteriores. ... ver másReclamación de una mercantil por daños sufridos en su fábrica de vidrio por las labores de montaje de otra empresa, la cual estaba asegurada en sucesivas pólizas de todo riesgo, responsabilidad civil y responsabilidad civil con franquicia. Se demanda a todas las aseguradoras, resultando condenadas todas menos una, al estimarse que el riesgo estaba cubierto sobradamente por las pólizas anteriores. Recurre en casación la empresa aseguradora de "todo riesgo de montaje". A través de una pretendida falta de legitimación pasiva, la recurrente pretende hacer valer una supuesta falta de acción. Basta leer la póliza para concluir que nos hallamos ante una póliza de "todo riesgo", que cubría la responsabilidad civil de la asegurada y el lucro cesante sufrido por el cliente. No se especificaban bienes concretos, como pretende la recurrente. Además, la acción directa del art. 76 LCS se reconoce al perjudicado contra el asegurador de la responsabilidad civil del causante del daño, ya sea contractual o extracontractual. Motivo falto de claridad, en el que se pretende hacer valer una suerte de incongruencia. Se desestima. ver menos
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