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Ámbito: España
Sala:
Sección:
Fecha: 20/11/2017
Procedimiento: Penal - Procedimiento Abreviado
Recurso: 110/2017
Resolución: 150/2017
Resumen: Responsabilidad del dependiente y del propietario de la pescadería, en su condición de garantes, por vender por trozos un mero sin el control reglamentario preceptivo, e infectado por la ciguatoxina. Dolo eventual. Asunción del riesgo de poner en peligro la salud de los consumidores para obtener mayor enriquecimiento económico.
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Ámbito: España
Sala: Segunda
Sección: 1
Fecha: 02/11/2010
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 589/2010
Resolución: 1019/2010
Resumen: La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valladolid, absolvió al procesado Arsenio de un delito de conducción temeraria en concurso con otros dos delitos de homicidio imprudentes y cuatro delitos más de lesiones culposas, aplicándole la eximente completa de trastorno mental, del número 1º del art. 20 del Código penal, e imponiéndole como medida de seguridad el internamiento en un Centro cer... ver másLa Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valladolid, absolvió al procesado Arsenio de un delito de conducción temeraria en concurso con otros dos delitos de homicidio imprudentes y cuatro delitos más de lesiones culposas, aplicándole la eximente completa de trastorno mental, del número 1º del art. 20 del Código penal, e imponiéndole como medida de seguridad el internamiento en un Centro cerrado adecuado a la enfermedad que padece, por un plazo máximo de cuatro años, del que no podrá salir sin autorización del Tribunal sentenciador. ver menos
3
Ámbito: España
Sala: Segunda
Sección: 1
Fecha: 14/06/2010
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 11508/2009
Resolución: 579/2010
Resumen: La sentencia recurrida condenó al ciudadano británico Marcial por haber atropellado y luego arrastrado en los bajos de su coche Hyundai Matrix a Pedro Jesús que acababa de colisionar con el ciclomotor que conducía contra un Citröen Xsara y había quedado tendido en la calzada junto a su vehículo. Marcial, cuando se percató de esta situación hizo un giro hacia su derecha, pese a lo cual arrolló el c... ver másLa sentencia recurrida condenó al ciudadano británico Marcial por haber atropellado y luego arrastrado en los bajos de su coche Hyundai Matrix a Pedro Jesús que acababa de colisionar con el ciclomotor que conducía contra un Citröen Xsara y había quedado tendido en la calzada junto a su vehículo. Marcial, cuando se percató de esta situación hizo un giro hacia su derecha, pese a lo cual arrolló el cuerpo de dicho Pedro Jesús . Se paró aquel unos segundos, pero reinició la marcha a sabiendas de que arrastraba bajo su coche al conductor del ciclomotor caído. En tales circunstancias hizo un recorrido de unos dos kilómetros habiéndose desviado de la carretera principal por la que circulaba hacia unas vías más estrechas, hasta llegar a una urbanización en una de cuyas calles se paró para realizar una serie de maniobras marcha atrás/adelante a fin de desenganchar de su vehículo el cuerpo del atropellado, objetivo que consiguió finalmente, dejando dicho cuerpo abandonado aún con vida, aunque falleció pocos momentos después. ver menos
4
Ámbito: España
Sala: Segunda
Sección: 1
Fecha: 25/02/2010
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 11038/2009
Resolución: 122/2010
Resumen: El recurrente estima infringida la ley penal sustantiva, La sentencia le atribuye dolo eventual de matar respecto al fallecido Jesus Miguel, inferencia que apoya en el hecho de que una vez quedó tendido en el suelo, el acusado pasó con el coche por encima de él, pisándole con las cuatro ruedas, habiendo podido evitarlo. Mas, esta acción guiada por el "animus necandi" no puede predicarse de la cond... ver másEl recurrente estima infringida la ley penal sustantiva, La sentencia le atribuye dolo eventual de matar respecto al fallecido Jesus Miguel, inferencia que apoya en el hecho de que una vez quedó tendido en el suelo, el acusado pasó con el coche por encima de él, pisándole con las cuatro ruedas, habiendo podido evitarlo. Mas, esta acción guiada por el "animus necandi" no puede predicarse de la conducta en relación con la otra víctima Emiliano, que fue alcanzando por la parte lateral del vehículo a la altura del muslo, causándole lesiones leves, sin producirle nueva embestida, por lo que puede decirse que la intención del autor del hecho no iba más allá del resultado efectivamente acaecido (lesiones). ver menos
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Ámbito: España
Sala: Segunda
Sección: 1
Fecha: 20/04/1994
Procedimiento: Recurso
Recurso: 2805/1993
Resolución: --
Resumen: El acusado Jesus Miguel, mayor de edad y sin antecedentes penales circulaba el día 10 de enero de 1993 con la motocicleta de su propiedad, con póliza de seguro concertada y en vigor con la Compañía Groupama por la calle Calixto III de la ciudad de Valencia a una velocidad inadecuada a las características de la vía, toda vez, que existía gente al tratarse de una zona en la que existen numerosos pub... ver másEl acusado Jesus Miguel, mayor de edad y sin antecedentes penales circulaba el día 10 de enero de 1993 con la motocicleta de su propiedad, con póliza de seguro concertada y en vigor con la Compañía Groupama por la calle Calixto III de la ciudad de Valencia a una velocidad inadecuada a las características de la vía, toda vez, que existía gente al tratarse de una zona en la que existen numerosos pub y tratarse de un día festivo.
A la peatón Gabriela, de 27 años de edad, que deambulaba pegada a los coches con otra amiga, lanzándola unos ocho metros del lugar del atropello, produciéndole daños corporales que le ocasionaron la muerte, desplazándose posteriormente la mandó contra el vehículo matrícula W-....-IP, propiedad de Trinidad que se encontraba debidamente estacionado, produciéndole daños materiales que no han sido valorados. ver menos
A la peatón Gabriela, de 27 años de edad, que deambulaba pegada a los coches con otra amiga, lanzándola unos ocho metros del lugar del atropello, produciéndole daños corporales que le ocasionaron la muerte, desplazándose posteriormente la mandó contra el vehículo matrícula W-....-IP, propiedad de Trinidad que se encontraba debidamente estacionado, produciéndole daños materiales que no han sido valorados. ver menos
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