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1
Ámbito: España
Sala: Segunda
Sección: 1
Fecha: 06/04/2018
Procedimiento: Recurso
Recurso: 619/2017
Resolución: 163/2018
Resumen: La negativa a someterse a la segunda prueba de determinación de la tasa de alcohol en aire espirado mediante un etilómetro autorizado de forma oficial es constitutiva del delito del artículo 383 del Código Penal. Principio de autoridad como bien jurídico.
2
Ámbito: España
Sala:
Sección: 1
Fecha: 17/11/2015
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 1772/2013
Resolución: 663/2015
Resumen: Accidente de tráfico, la aseguradora paga daños y repite contra el conductor por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
3
Ámbito: España
Sala: Primera
Sección: 1
Fecha: 17/12/2014
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 131/2013
Resolución: 727/2014
Resumen: Aseguradora repite contra su asegurado por los daños indemnizados y causados en un accidente producido por el asegurado bajo la influencia de bebidas alcohólicas, se aborda la prescripción y la procedencia del derecho de repetición.
4
Ámbito: España
Sala:
Sección: 1
Fecha: 14/05/2014
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 2563/2011
Resolución: 245/2014
Resumen: Responsabilidad derivada de las lesiones sufridas por un pasajero en un accidente de tráfico provocado por la colisión con dos jabalíes frente a la aseguradora del conductor.
5
Ámbito: España
Sala:
Sección: 1
Fecha: 13/05/2014
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 1083/2012
Resolución: 257/2014
Resumen: Acción de repetición de la aseguradora contra el conductor del vehículo causante de un accidente, conductor bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
6
Ámbito: España
Sala:
Sección: 1
Fecha: 29/01/2014
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 13/2014
Resolución: 5/2014
Resumen: Cobertura de un accidente cuya causa fue la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
7
Ámbito: España
Sala:
Sección: 14
Fecha: 13/01/2014
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 392/2013
Resolución: --
Resumen: Aseguradora ejercita acción de repetición contra su asegurado por los daños indemnización en un accidente de tráfico ocurrido a causa de la influencia de bebidas alcohólicas.
8
Ámbito: España
Sala:
Sección: 8
Fecha: 14/11/2013
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 350/2013
Resolución: 429/2013
Resumen: Repetición de la aseguradora contra el asegurado por accidente en el cual conducía con una tasa de alcoholemía elevada.
9
Ámbito: España
Sala:
Sección: 1
Fecha: 19/09/2013
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 379/2013
Resolución: 347/2013
Resumen: La reclamación la interpone el ocupante de un vehículo contra la entidad aseguradora del mismo.
Se impugna la sentencia en cuanto al porcentaje de responsabilidad apreciado.
Se impugna la sentencia en cuanto al porcentaje de responsabilidad apreciado.
10
Ámbito: España
Sala: Primera
Sección:
Fecha: 24/05/2013
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 174/2011
Resolución: 383/2013
Resumen: Sentencia en la que se falla que la muerte de un conductor ebrio no excluye a la aseguradora del pago de la indemnización contemplada en el seguro de accidentes personales suscrito por el fallecido.
11
Ámbito: España
Sala:
Sección: 4
Fecha: 14/03/2013
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 675/2012
Resolución: 90/2013
Resumen: El asegurado había sido condenado por un delito contra la seguridad del tráfico por la conducción de vehículos de motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas el día que se produjo el siniestros.
12
Ámbito: España
Sala: Primera
Sección: 1
Fecha: 21/01/2013
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 315/2010
Resolución: 12/2013
Resumen: Derecho de repetición de una aseguradora contra su asegurado por un accidente de tráfico causado por éste último bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
13
Ámbito: España
Sala: Primera
Sección: 1
Fecha: 15/12/2011
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 1196/2009
Resolución: 876/2011
Resumen: El día 25 de septiembre de 2004 Don Raúl conducía el vehículo por la carretera C-712 a la altura del punto kilométrico 6,125 (Artá-Puerto de Alcudia) cuando a consecuencia de la irregular conducción de aquel, se vio colisionado con otro vehículo, que circulaba por aquel a consecuencia del cual, los tres ocupantes del vehículo, Ernesto, Lucas y Jose Ignacio fallecieron en el acto.
14
Ámbito: España
Sala: Segunda
Sección: 1
Fecha: 01/12/2011
Procedimiento: CAUSA ESPECIAL
Recurso: 20579/2010
Resolución: 2/2011
Resumen: Delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas
15
Ámbito: España
Sala: Cuarta
Sección: 6
Fecha: 11/04/2011
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 2601/2010
Resolución: --
Resumen: Recargo por falta de medidas. Accidente de tráfico. Vuelco de un tractor en carretera. Muerte del trabajador. Omisión de medidas de seguridad del tractor. Trabajador con elevada tasa de alcoholemia. Falta de contradicción.
16
Ámbito: España
Sala: Primera
Sección: 1
Fecha: 16/02/2011
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 1299/2006
Resolución: 86/2011
Resumen: Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de febrero de 2011 en la que se plantea la acción de repetición por accidente de circulación en estado de embriaguez, cuando dicho supuesto se ha excluido de cobertura expresamente a través de condiciones pactadas en un seguro voluntario, el cual no ha sido firmado por dicho tomador, sino por el conductor del vehículo siniestrado. Diferencias entre el seguro vo... ver másSentencia del Tribunal Supremo de 16 de febrero de 2011 en la que se plantea la acción de repetición por accidente de circulación en estado de embriaguez, cuando dicho supuesto se ha excluido de cobertura expresamente a través de condiciones pactadas en un seguro voluntario, el cual no ha sido firmado por dicho tomador, sino por el conductor del vehículo siniestrado. Diferencias entre el seguro voluntario y obligatorio en relación a la autonomía de voluntad de los contratantes. Cláusulas limitativas firmadas por el conductor y aplicabilidad respecto del tomador. ver menos
17
Ámbito: España
Sala: Primera
Sección: 1
Fecha: 05/11/2010
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 817/2006
Resolución: 698/2010
Resumen: El día 19 de enero de 2002 tuvo lugar un accidente de tráfico en el que fallecieron el conductor del vehículo siniestrado y los otros dos ocupantes del mismo.
El vehículo disponía a fecha del siniestro de póliza de aseguramiento obligatorio y voluntario de responsabilidad civil suplementaria ilimitada, incluidos daños propios y accidente del conductor.
Según informe del Servicio de Toxicolog... ver másEl día 19 de enero de 2002 tuvo lugar un accidente de tráfico en el que fallecieron el conductor del vehículo siniestrado y los otros dos ocupantes del mismo.
El vehículo disponía a fecha del siniestro de póliza de aseguramiento obligatorio y voluntario de responsabilidad civil suplementaria ilimitada, incluidos daños propios y accidente del conductor.
Según informe del Servicio de Toxicología obrante en el procedimiento penal incoado por estos hechos el conductor se encontraba bajo la influencia de bebidas alcohólicas y drogas.
El propietario del automóvil y su esposa, padres del conductor y de otro de los fallecidos, demandaron a la aseguradora del mismo en reclamación de la indemnización que consideraban pertinente con cargo a los seguros obligatorio y voluntario, por las coberturas de fallecimiento del hijo que viajaba como ocupante, accidente y daños propios del vehículo asegurado, más intereses del artículo 20 LCS y costas.
La aseguradora se negó a satisfacer las cantidades reclamadas atendiendo a la causa del accidente -conducción bajo la influencia de alcohol y drogas- y reconvino al amparo del artículo 7
LRCSCVM en reclamación de la indemnización satisfecha por la aseguradora a los padres del tercer ocupante, en acuerdo transaccional previo a la demanda. ver menos
El vehículo disponía a fecha del siniestro de póliza de aseguramiento obligatorio y voluntario de responsabilidad civil suplementaria ilimitada, incluidos daños propios y accidente del conductor.
Según informe del Servicio de Toxicolog... ver másEl día 19 de enero de 2002 tuvo lugar un accidente de tráfico en el que fallecieron el conductor del vehículo siniestrado y los otros dos ocupantes del mismo.
El vehículo disponía a fecha del siniestro de póliza de aseguramiento obligatorio y voluntario de responsabilidad civil suplementaria ilimitada, incluidos daños propios y accidente del conductor.
Según informe del Servicio de Toxicología obrante en el procedimiento penal incoado por estos hechos el conductor se encontraba bajo la influencia de bebidas alcohólicas y drogas.
El propietario del automóvil y su esposa, padres del conductor y de otro de los fallecidos, demandaron a la aseguradora del mismo en reclamación de la indemnización que consideraban pertinente con cargo a los seguros obligatorio y voluntario, por las coberturas de fallecimiento del hijo que viajaba como ocupante, accidente y daños propios del vehículo asegurado, más intereses del artículo 20 LCS y costas.
La aseguradora se negó a satisfacer las cantidades reclamadas atendiendo a la causa del accidente -conducción bajo la influencia de alcohol y drogas- y reconvino al amparo del artículo 7
LRCSCVM en reclamación de la indemnización satisfecha por la aseguradora a los padres del tercer ocupante, en acuerdo transaccional previo a la demanda. ver menos
18
Ámbito: España
Sala: Primera
Sección: 1
Fecha: 29/01/2010
Recurso: 2490/2005
Resolución: 29/2010
Resumen: En el presente procedimiento, la aseguradora demandante, ahora recorrida, ejercitaba
acción de repetición prevista en el artículo 7 de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación
de Vehículos a Motor frente al ahora recurrente en reclamación de la cantidad abonada a la ocupante del
vehículo conducido por el demandado el día catorce de noviembre de 1998 en concepto de indemn... ver másEn el presente procedimiento, la aseguradora demandante, ahora recorrida, ejercitaba
acción de repetición prevista en el artículo 7 de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación
de Vehículos a Motor frente al ahora recurrente en reclamación de la cantidad abonada a la ocupante del
vehículo conducido por el demandado el día catorce de noviembre de 1998 en concepto de indemnización por
las lesiones sufridas ese día como consecuencia de la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y
a velocidad superior a la permitida y que dieron lugar a su condena por el Juzgado Penal de Avilés. La parte
demandada se opuso a la demanda, alegando, entre otras razones, la existencia de seguro voluntario. ver menos
acción de repetición prevista en el artículo 7 de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación
de Vehículos a Motor frente al ahora recurrente en reclamación de la cantidad abonada a la ocupante del
vehículo conducido por el demandado el día catorce de noviembre de 1998 en concepto de indemn... ver másEn el presente procedimiento, la aseguradora demandante, ahora recorrida, ejercitaba
acción de repetición prevista en el artículo 7 de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación
de Vehículos a Motor frente al ahora recurrente en reclamación de la cantidad abonada a la ocupante del
vehículo conducido por el demandado el día catorce de noviembre de 1998 en concepto de indemnización por
las lesiones sufridas ese día como consecuencia de la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y
a velocidad superior a la permitida y que dieron lugar a su condena por el Juzgado Penal de Avilés. La parte
demandada se opuso a la demanda, alegando, entre otras razones, la existencia de seguro voluntario. ver menos
19
Ámbito: España
Sala: Primera
Sección: 1
Fecha: 25/03/2009
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 173/2004
Resolución: 221/2009
Resumen: Contrato de seguro. Reclamación de cantidad en ejercicio de acción de repetición de
aseguradora en supuesto de daños corporales ocasionados por accidente de circulación en estado de
embriaguez. Seguro Voluntario y Seguro Obligatorio. La cláusula que excluye los daños cometidos en
estado de embriaguez o bajo la influencia de sustancias tóxicas o similares debe considerarse
limitativa de... ver másContrato de seguro. Reclamación de cantidad en ejercicio de acción de repetición de
aseguradora en supuesto de daños corporales ocasionados por accidente de circulación en estado de
embriaguez. Seguro Voluntario y Seguro Obligatorio. La cláusula que excluye los daños cometidos en
estado de embriaguez o bajo la influencia de sustancias tóxicas o similares debe considerarse
limitativa del riesgo por cuanto dicha situación de embriaguez, aunque sea manifiesta, no constituye
ni demuestra por si misma la intencionalidad del asegurado en la producción del accidente, de suerte
que existiendo seguro voluntario, ha de examinarse el carácter limitativo de la cláusula que excluye el
riesgo a los efectos de determinar la concurrencia de los requisitos contemplados en el art. 3 de la
Ley de Contrato de Seguro, y en concreto, si dicha exclusión del riesgo era conocida y aceptada por
el asegurado, lo que en el presente caso no concurrió al resultar de la prueba pericial caligrafica que
la póliza no había sido firmada por el asegurado sino por otra persona. ver menos
aseguradora en supuesto de daños corporales ocasionados por accidente de circulación en estado de
embriaguez. Seguro Voluntario y Seguro Obligatorio. La cláusula que excluye los daños cometidos en
estado de embriaguez o bajo la influencia de sustancias tóxicas o similares debe considerarse
limitativa de... ver másContrato de seguro. Reclamación de cantidad en ejercicio de acción de repetición de
aseguradora en supuesto de daños corporales ocasionados por accidente de circulación en estado de
embriaguez. Seguro Voluntario y Seguro Obligatorio. La cláusula que excluye los daños cometidos en
estado de embriaguez o bajo la influencia de sustancias tóxicas o similares debe considerarse
limitativa del riesgo por cuanto dicha situación de embriaguez, aunque sea manifiesta, no constituye
ni demuestra por si misma la intencionalidad del asegurado en la producción del accidente, de suerte
que existiendo seguro voluntario, ha de examinarse el carácter limitativo de la cláusula que excluye el
riesgo a los efectos de determinar la concurrencia de los requisitos contemplados en el art. 3 de la
Ley de Contrato de Seguro, y en concreto, si dicha exclusión del riesgo era conocida y aceptada por
el asegurado, lo que en el presente caso no concurrió al resultar de la prueba pericial caligrafica que
la póliza no había sido firmada por el asegurado sino por otra persona. ver menos
20
Ámbito: España
Sala:
Sección:
Fecha: 12/02/2009
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 1137/2004
Resolución: 90/2009
Resumen: Acción de repetición de aseguradora en supuesto de daños corporales ocasionados por accidente de circulación en estado de embriaguez. Artículo 3 de la Ley de Contrato de Seguro: La facultad de repetición proviene de la ley, en consonancia con la interpretación comunitaria, si bien en aquellos supuestos en los que se tiene contratado un seguro voluntario, contrato que rige las relaciones entre aseg... ver másAcción de repetición de aseguradora en supuesto de daños corporales ocasionados por accidente de circulación en estado de embriaguez. Artículo 3 de la Ley de Contrato de Seguro: La facultad de repetición proviene de la ley, en consonancia con la interpretación comunitaria, si bien en aquellos supuestos en los que se tiene contratado un seguro voluntario, contrato que rige las relaciones entre asegurador- asegurado como consecuencia del principio de autonomía de la voluntad, habrá que analizar si el riesgo está cubierto o no por este seguro, sin que sea dable considerar que este tipo de conductas, por ser dolosas, no pueden ser objeto de aseguramiento. Seguro voluntario y obligatorio: en el seguro obligatorio la aseguradora tendría facultad de repetición en supuestos de daños ocasionados por embriaguez, pero en el voluntario si las partes no pactaron su exclusión, la aseguradora no tendrá facultad de repetición contra el asegurado pues no habría pago indebido de la primera y, por tanto, enriquecimiento injusto del asegurado, sino pago justificado en virtud del principio de autonomía de la voluntad que rige el seguro voluntario; en este caso el riesgo estaba cubierto por la póliza, ya que, al no haber sido correctamente excluido y desconociéndose por el asegurado su pretendida de contrario falta de cobertura, las consecuencias de ello no pueden serle imputables al asegurado sino a la aseguradora. ver menos
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