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Ámbito: España
Sala: Civil
Sección: 14
Fecha: 14/06/2021
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 87/2021
Resolución: 162/2021
Resumen: La Audiencia Provincial de Madrid confirma el criterio de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que determinó que las mutuas de accidentes de trabajo no pueden utilizar la Tesorería General de la Seguridad Social como medio instrumental para reclamar el gasto sanitario que no haya sido previamente determinado.
Teniendo en consideración el art. 114 de la Ley sobre respon... ver másLa Audiencia Provincial de Madrid confirma el criterio de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que determinó que las mutuas de accidentes de trabajo no pueden utilizar la Tesorería General de la Seguridad Social como medio instrumental para reclamar el gasto sanitario que no haya sido previamente determinado.
Teniendo en consideración el art. 114 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (LRCSCVM), el gasto sanitario futuro se debe abonar al Sistema Sanitario Nacional, previa estabilización del lesionado. En consecuencia, las mutuas de accidentes de trabajo tendrán que acudir a la vía judicial, posibilitando así que la aseguradora pueda oponerse y defender sus argumentos. ver menos
Teniendo en consideración el art. 114 de la Ley sobre respon... ver másLa Audiencia Provincial de Madrid confirma el criterio de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que determinó que las mutuas de accidentes de trabajo no pueden utilizar la Tesorería General de la Seguridad Social como medio instrumental para reclamar el gasto sanitario que no haya sido previamente determinado.
Teniendo en consideración el art. 114 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (LRCSCVM), el gasto sanitario futuro se debe abonar al Sistema Sanitario Nacional, previa estabilización del lesionado. En consecuencia, las mutuas de accidentes de trabajo tendrán que acudir a la vía judicial, posibilitando así que la aseguradora pueda oponerse y defender sus argumentos. ver menos
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Ámbito: España
Sala: Contencioso-Administrativo
Sección:
Fecha: 17/12/2020
Recurso: 690/219
Resumen: Las mutuas laborales no pueden reclamar a las aseguradoras los gastos sanitarios futuros a través de la TGSS. En el presente caso, se discute por la aseguradora -que ya ha abonado los gastos futuros al Sistema Público de Salud en cumplimiento del artículo 114 de la LRCSCVM- es si la mutua ostenta o no título jurídico para reclamar vía TGSS dichos gastos sanitarios futuros, si previamente no se le ... ver másLas mutuas laborales no pueden reclamar a las aseguradoras los gastos sanitarios futuros a través de la TGSS. En el presente caso, se discute por la aseguradora -que ya ha abonado los gastos futuros al Sistema Público de Salud en cumplimiento del artículo 114 de la LRCSCVM- es si la mutua ostenta o no título jurídico para reclamar vía TGSS dichos gastos sanitarios futuros, si previamente no se le ha reconocido en un procedimiento declarativo tal derecho. ver menos
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Ámbito: España
Sala: Primera
Sección: 1
Fecha: 06/04/2016
Procedimiento: Recurso
Recurso: 477/2014
Resolución: 218/2016
Resumen: Reclamación de prótesis, se valora la procedencia de la indemnización de dicho gasto futuro.
4
Ámbito: España
Sala: Primera
Sección: 1
Fecha: 06/04/2016
Procedimiento: Recurso
Recurso: 477/2014
Resolución: 218/2016
Resumen: Accidente de circulación. Indemnización de prótesis futuras. Doctrina jurisprudencial aplicable. Intereses del artículo 20 LCS: doctrina "in illiquidis non fit mora".
5
Ámbito: España
Sala:
Sección: 1
Fecha: 25/09/2014
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 117/2014
Resolución: 94/2014
Resumen: Ausencia de información en una vasectomía y se resuelve contra el médico por no haber conseguido probar que informó suficientemente de forma verbal al paciente de los riesgos y posibilidades de concebir un hijo después de la intervención.
6
Ámbito: España
Sala: Quinta
Sección: 1
Fecha: 16/05/2012
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 44/2011
Resolución: --
Resumen: Un alférez de la Guardia Civil estando en su camareta comenzó a practicar con su arma, introduciendo el cargador municionado en la misma, en un momento dado se situó apuntando a la puerta y olvidando que tenía el arma cargada apretó el disparador en el momento en que aparecía un compañero impactando el proyectil en el pómulo derecho de éste.
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