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1
Ámbito: España
Sala:   Sección:  2
Fecha: 26/10/2023
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 289/2022
Resolución: 332/2023
Resumen: Reclamación de daño emergente derivado de la contratación de terceros para desarrollar las tareas agrícolas que no pudo realizar el perjudicado durante el periodo de incapacidad temporal de sus lesiones. Se desestima el recurso del perjudicado.

2
Ámbito: España
Sala:   Sección:  2
Fecha: 30/10/2023
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 659/2021
Resolución: 339/2023
Resumen: Cálculo del lucro cesante del perjudicado por incapacidad temporal mediante las facturas correspondientes al período a considerar, al tributar por módulos que no muestran el rendimiento real del contribuyente. Los documentos fueron impugnados por la entidad aseguradora. Se desestima el recurso interpuesto por ésta.

3
Ámbito: España
Sala:   Sección:  1
Fecha: 25/09/2023
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 239/2023
Resolución: 571/2023
Resumen: Lucro cesante. Falta de documentación aportada. No constan las cantidades percibidas por el lesionado por la incapacidad laboral transitoria.

4
Ámbito: España
Sala: Civil  Sección:  1
Fecha: 07/10/2020
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 315/2018
Resolución: 515/2020
Resumen: Incapacidad temporal. Tráfico. Días impeditivos. En la Ley 8/2004, en la redacción dada por la Ley 21/2007, tabla V, nota 13, consta que `se entenderá por día de baja impeditivo aquel en que la víctima está incapacitada para desarrollar su ocupación o actividad habitual.

5
Ámbito: España
Sala: Civil  Sección:  5
Fecha: 28/01/2020
Procedimiento: Civil
Recurso: 186/2019
Resolución: 23/2020
Resumen: El informe médico de alta del traumatólogo no permite considerar acreditado que el proceso curativo se prolongara realmente hasta la emisión del mismo. Se desestima parcialmente la demanda del perjudicado.

6
Ámbito: España
Sala: Civil  Sección:  5
Fecha: 23/12/2019
Procedimiento: Civil
Recurso: 169/2019
Resolución: 420/2019
Resumen: El período de incapacidad no se ajusta al criterio médico legal, al no constar tratamiento entre la última visita al especialista en traumatología y el alta médica dada por el médico. Se estima el recurso de la entidad aseguradora.

7
Ámbito: España
Sala:   Sección:  2
Fecha: 06/09/2018
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 214/2017
Resolución: 357/2018
Resumen: Los efectos de la póliza no se retrotrajeron al momento en el que se formuló la propuesta de seguro. Esta era el único clausulado vigente que regía el contrato de seguro en la fecha del siniestro

8
Ámbito: España
Sala:   Sección:  6
Fecha: 06/10/2017
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 323/2017
Resolución: 301/2017
Resumen: Se habla sobre el período de incapacidad temporal.

9
Ámbito: España
Sala:   Sección:  7
Fecha: 06/10/2017
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 342/2017
Resolución: 448/2017
Resumen: En la sentencia referenciada, entre otras cuestiones, se plantea cuál debe ser el tiempo de duración de las lesiones temporales.

10
Ámbito: España
Sala:   Sección:  4
Fecha: 30/09/2015
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 424/2015
Resolución: 294/2015
Resumen: Sentencia sobre una colisión entre un turismo y una motocicleta con incapacidad temporal.

11
Ámbito: España
Sala:   Sección:  6
Fecha: 03/11/2011
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 7/2011
Resolución: 388/2011
Resumen: Sentencia que trata de decidir la responsabilidad y la indeminzación, a causa de una accidente de tráfico, de la persona causante del siniestro y de su entidad aseguradora.

12
Ámbito: España
Sala: Cuarta  Sección:  1
Fecha: 15/12/2009
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 3365/2008
Resolución: --
Resumen: Se refiere esta sentencia al cálculo de la indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de trabajo, resolviendo en concreto dos cuestiones, a saber: cómo debe procederse al cálculo de los daños derivados del proceso de incapacidad temporal y al recargo por mora (aprecia falta de contradicción).

13
Ámbito: España
Sala:   Sección: 
Fecha: 23/09/2008
Procedimiento:
Recurso: 1048/2007
Resolución: ---
Resumen: Responsabilidad empresarial. Prestaciones por falta de alta del trabajador en el momento del hecho causante, que es un accidente no laboral. Subcontratación de obras en el sector de la construcción. Aplicación del art. 42.2 del ET (responsabilidad solidaria de empresarios comitentes).

14
Ámbito: España
Sala:   Sección: 
Fecha: 29/05/2008
Procedimiento:
Recurso: 458/2007
Resolución: ---
Resumen: La cuestión litigiosa resuelta por la presente sentencia se refiere a la responsabilidad en el abono de las prestaciones derivadas de incapacidad temporal derivada de enfermedad común en los casos en que la situación de incapacidad se inicia una vez extinguido el contrato de trabajo, en el periodo que corresponde a vacaciones anuales retribuidas y no disfrutadas, cuando dicha contingencia está cub... ver másLa cuestión litigiosa resuelta por la presente sentencia se refiere a la responsabilidad en el abono de las prestaciones derivadas de incapacidad temporal derivada de enfermedad común en los casos en que la situación de incapacidad se inicia una vez extinguido el contrato de trabajo, en el periodo que corresponde a vacaciones anuales retribuidas y no disfrutadas, cuando dicha contingencia está cubierta por la Mutua. La Sala confirmando doctrina previa imputa responsabilidad a la Mutua recordando que la extinción de la relación laboral de un trabajador en situación de incapacidad temporal no rompe el vínculo de aseguramiento con la entidad que cubría el riesgo al sobrevenir la contingencia. ver menos

15
Ámbito: España
Sala:   Sección: 
Fecha: 13/12/2007
Procedimiento:
Recurso: 97/2007
Resolución: ---
Resumen: La cuestión resuelta en la presente sentencia se refiere a si una Mutua de Accidentes de Trabajo que cubre la contingencia de incapacidad temporal por enfermedad común está facultada para extinguir la prestación reconocida porque el asegurado citado a reconocimiento médico no comparezca al mismo ni justifique su ausencia. Pues bien, la Sala reconoce esta facultad a la Mutua, siguiendo lo sostenido... ver másLa cuestión resuelta en la presente sentencia se refiere a si una Mutua de Accidentes de Trabajo que cubre la contingencia de incapacidad temporal por enfermedad común está facultada para extinguir la prestación reconocida porque el asegurado citado a reconocimiento médico no comparezca al mismo ni justifique su ausencia. Pues bien, la Sala reconoce esta facultad a la Mutua, siguiendo lo sostenido en sentencias previas. Se razona en este sentido que la LGSS dispone la extinción del derecho al subsidio de incapacidad temporal por la incomparecencia injustificada a cualquiera de las convocatorias para los exámenes y reconocimientos establecidos por los médicos adscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social o a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. Y tal atribución tiene la condición de una facultad de gestión, sin perjuicio de que la conducta del asegurado constituya una falta tipificada en la normativa de infracciones y sanciones. ver menos

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