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Registros encontrados: 6 Total Páginas: 1
1
Ámbito: España
Sala: De lo Social  Sección:  1
Fecha: 01/03/2016
Procedimiento: Recurso
Recurso: 959/2015
Resolución: 209/2016
Resumen: Se analiza en esta sentencia la existencia de relación de causalidad entre el fallecimiento por amianto de un trabajador y los incumplimienntos de medidas de seguridad en el trabajo cometidos por la empresa en la que trabajaba.

2
Ámbito: España
Sala:   Sección:  5
Fecha: 19/01/2016
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 421/2015
Resolución: 10/2016
Resumen: Reclamación de daños sufridos en un accidente de Kart.

3
Ámbito: España
Sala:   Sección:  3
Fecha: 29/09/2014
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 376/2014
Resolución: 237/2014
Resumen: Responsabilidad por los daños sufridos por la usuaria de un Kart, análisis de la asunción del riesgo y del deber de vigilancia de la demandada.

4
Ámbito: España
Sala:   Sección: 
Fecha: 24/07/2008
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 1813/2001
Resolución: 788/2008
Resumen: En el sistema resarcitorio de daños por culpa extracontractual, tanto si se aplica un criterio de imputación subjetiva, o de mera imputación objetiva (responsabilidad cuasi-objetiva) es preciso que se pruebe la existencia del nexo causal, correspondiendo la carga de la prueba al perjudicado que ejercita la acción. No basta la causalidad física sino que es preciso que conste una acción u omisión at... ver másEn el sistema resarcitorio de daños por culpa extracontractual, tanto si se aplica un criterio de imputación subjetiva, o de mera imputación objetiva (responsabilidad cuasi-objetiva) es preciso que se pruebe la existencia del nexo causal, correspondiendo la carga de la prueba al perjudicado que ejercita la acción. No basta la causalidad física sino que es preciso que conste una acción u omisión atribuible al que se pretende responsable (o por quién se debe responder) determinante -en exclusiva o en unión de otras causas, con certeza o en un juicio de probabilidad cualificada, según las circunstancias concurrentes (entre ellas la entidad del riesgo)- del resultado dañoso producido.No siempre que se produce un resultado dañoso se debe responder porque las medidas adoptadas resultaron ineficaces e insuficientes, pues tal conclusión, sin matices, conduce a la responsabilidad objetiva pura o por daño. El criterio de imputación no es la responsabilidad por riesgo, sino por culpa, sobre la base de una causalidad debidamente fundamentada en lo material y en lo jurídico, el riesgo actúa como criterio de imputación objetiva, asociado a la causalidad jurídica, cuando resulta relevante para la producción del daño. La causalidad simplemente especulativa es insuficiente para fundamentar una responsabilidad por culpa extracontractual. Incongruencia: no existe ya que la solicitud de desestimación íntegra de la demanda incluye necesariamente todo pronunciamiento parcialmente estimatorio. ver menos

5
Ámbito: España
Sala: Primera  Sección:  1
Fecha: 22/02/2007
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 3278/1999
Resolución: 149/2007
Resumen: Sentencia sobre la responsabilidad en una caida dentro de un supermercado, debido al suelo mojado en una empresa por la lluvia y la inexistencia de medidas de seguridad por parte de la misma

6
Ámbito: España
Sala: Primera  Sección:  1
Fecha: 16/11/2006
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 5161/1999
Resolución: 1133/2006
Resumen: Reclamación por fallecimiento, de un miembro de la brigada de incendios, debido a un accidente durante la extinción del incendio forestal.

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