Registros encontrados: 6 Total Páginas: 1
1
Ámbito: España
Sala:
Sección: 1
Fecha: 01/04/2024
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 5674/2023
Resolución: 434/2024
Resumen: Seguro de vida con cobertura de invalidez vinculado a préstamo hipotecario
2
Ámbito: España
Sala:
Sección: 1
Fecha: 10/10/2023
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 5358/2022
Resolución: 1400/2023
Resumen: Fecha del siniestro en los seguros de invalidez
3
Ámbito: España
Sala:
Sección:
Fecha: 22/07/2008
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 4170/2001
Resolución: 793/2008
Resumen: Establecido en la póliza de seguro el procedimiento que debía seguirse en los casos de domiciliación bancaria de los recibos correspondientes a la segunda y sucesivas primas y para cuando, pasados los recibos al cobro en el mes siguiente al de su vencimiento, éstos no fueran atendidos por la entidad bancaria, caso en el que la compañía aseguradora asumía la obligación de notificar por correo certi... ver másEstablecido en la póliza de seguro el procedimiento que debía seguirse en los casos de domiciliación bancaria de los recibos correspondientes a la segunda y sucesivas primas y para cuando, pasados los recibos al cobro en el mes siguiente al de su vencimiento, éstos no fueran atendidos por la entidad bancaria, caso en el que la compañía aseguradora asumía la obligación de notificar por correo certificado el hecho de la devolución del recibo, al no haberse acreditado el cumplimiento de dicha obligación por la aseguradora, no cabe la consecuencia de la suspensión de la cobertura del seguro, que, consecuentemente, mantiene su vigencia al tiempo de producirse el siniestro. ver menos
4
Ámbito: España
Sala:
Sección:
Fecha: 04/03/2008
Recurso: 5527/2000
Resolución: 172/2008
Resumen: En ambas instancias se rechaza la demanda en la que la asegurada ejercitaba accion directa contra su aseguradora por perdida de un ojo, en atención a que el siniestro traía causa de una dolencia grave en la vista que padecía con anterioridad a la suscripción de la póliza y que había ocultado al contestar el cuestionario. Errónea invocacion del número 5º del artículo 1692 LEC, derogado en 1992. Sól... ver másEn ambas instancias se rechaza la demanda en la que la asegurada ejercitaba accion directa contra su aseguradora por perdida de un ojo, en atención a que el siniestro traía causa de una dolencia grave en la vista que padecía con anterioridad a la suscripción de la póliza y que había ocultado al contestar el cuestionario. Errónea invocacion del número 5º del artículo 1692 LEC, derogado en 1992. Sólo cabe examinar en casacion el error de derecho en la valoración de la prueba, si se cita norma legal de prueba, con indicación de la nueva resultancia probatoria, lo que no es el caso. Además, la mala fe apreciada por la Sala de instancia en base a los hechos probados es una cuestión fáctica no revisable en casación. Esos hechos demuestran que la asegurada incumplió su obligación de declarar el riesgo en su cualidad de tomadora, quedando liberado el asegurador de su deber de indemnizar. Solicitud de reducción proporcional cuando el siniestro acontece antes de que el asegurador rescinda: cuestión nueva, introducida con posterioridad a la demanda, lo que implica una mutatio libelli. Además, en caso de dolo, como acontece, no cabe la reducción sino la liberación del asegurador, estando prevista la reducción para supuestos en que el tomador actuó sin dolo o mala fe, lo que no es el caso, al haberse declarado expresamente la mala fe de la tomadora. ver menos
5
Ámbito: España
Sala:
Sección:
Fecha: 04/02/2008
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 5654/2000
Resolución: 97/2008
Resumen: Contrato de seguro de invalidez permanente absoluta. El tomador sufre un accidente laboral que acarrea con el tiempo su declaración de invalidez y posterior reclamación de indemnización en virtud del contrato. En primera instancia se desestima la demanda pero en segunda instancia se estima parcialmente al entenderse que, en el momento del accidente, el contrato de seguro estaba en vigor, sin perju... ver másContrato de seguro de invalidez permanente absoluta. El tomador sufre un accidente laboral que acarrea con el tiempo su declaración de invalidez y posterior reclamación de indemnización en virtud del contrato. En primera instancia se desestima la demanda pero en segunda instancia se estima parcialmente al entenderse que, en el momento del accidente, el contrato de seguro estaba en vigor, sin perjuicio de que en el momento de recaer sentencia en el ámbito laboral, la póliza estuviese resuelta. Además, el daño padecido formaba parte de los riesgos cubiertos por la póliza. No puede estimarse un motivo en el que no se hace mención de ningún precepto. Mención tangencial del artículo 1091 CC y 1 LCS no pueden fundar tampoco el motivo, por ser genéricos. Petición de principio. El art. 20 LCS se aplica según la redacción que tuviese en el momento de producirse el siniestro. ver menos
6
Ámbito: España
Sala: Primera
Sección: 1
Fecha: 01/03/2007
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 1777/2000
Resolución: 233/2007
Resumen: Sentencia sobre la consideración de invalidez permanente producida por un infarto
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