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Fuente:
El País | BISS
Fecha:
14-03-1998
Resumen:
Si una empresa se adjudica una obra y la subcontrata con otra, la primera también es responsable de las diferencias de seguridad que observe la segunda. Las dos son pues responsables del daño. Así lo establece la Audiencia de Madrid en una sentencia en la que condena a pagar nueve millones de pesetas de indemnización a la viuda de un obrero que falleció en 1989 tras caerse de un andamio durante un... ver másSi una empresa se adjudica una obra y la subcontrata con otra, la primera también es responsable de las diferencias de seguridad que observe la segunda. Las dos son pues responsables del daño. Así lo establece la Audiencia de Madrid en una sentencia en la que condena a pagar nueve millones de pesetas de indemnización a la viuda de un obrero que falleció en 1989 tras caerse de un andamio durante unas obras que se ejecutaban en un polígono industrial del aeropuerto de Barajas. En este caso, Entrecanales y Tavora, S.A., era la empresa adjudicataria de la obra, para la cual subcontrato a Montajes Metálicos. ver menos
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