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Fecha:
08/10/2010
Resumen:
Responsabilidad patrimonial. Daños derivados de alerta alimentaria activada por el Ministerio de Sanidad y Consumo en relación con la presencia de determinados hidrocarburos aromáticos policlínicos en el aceite de orujo de oliva. Relación de causalidad.
2
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Editor:
Madrid
Fecha:
01/10/2010
Resumen:
La petición de responsabilidad se funda en los daños sufridos como consecuencia de la inmovilización de partidas de aceite de orujo refinado de oliva, en virtud de la alerta alimentaria declarada por la Administración del Estado.
3
Fecha:
21/09/2010
Resumen:
La representación de Industrializadora y Distribuidora Española de Alimentos formuló el 18 de junio de 2002 ante el Ministerio de Sanidad y Consumo reclamación de daños y perjuicios por responsabilidad patrimonial de la Administración para la reparación de los perjuicios derivados de la alerta alimentaria.
4
Fecha:
02/07/2010
Resumen:
La cuestión litigiosa planteada en la instancia, consistió en resolver la acción de responsabilidad patrimonial de la Administración para la reparación de los perjuicios derivados de la resolución adoptada por la Dirección General de Salud Pública y Consumo (Ministerio de Sanidad y Consumo) con fecha de 03/07/2001, sobre inmovilización cautelar y transitoria de cuantos productos se comercializasen... ver másLa cuestión litigiosa planteada en la instancia, consistió en resolver la acción de responsabilidad patrimonial de la Administración para la reparación de los perjuicios derivados de la resolución adoptada por la Dirección General de Salud Pública y Consumo (Ministerio de Sanidad y Consumo) con fecha de 03/07/2001, sobre inmovilización cautelar y transitoria de cuantos productos se comercializasen al consumidor final bajo las denominaciones de aceite de orujo refinado y de oliva y aceite de orujo de oliva, por considerar que no concurrían los presupuestos de hecho legalmente previstos para activar una alerta alimentaria y que ésta se produjo y desarrolló al margen del marco legal establecido, ocasionado a la reclamante indefensión y cuantiosos perjuicios. ver menos
5
Fecha:
08/06/2010
Resumen:
La sentencia impugnada estimó el recurso contencioso-administrativo formulado a instancia de la Sociedad Cooperativa Andaluza de Segundo Grado "Extractora de Orujo Sierra Machina de Ciudad Real" contra la desestimación presunta por parte de la Consejería de Andalucía y Pesca de la Junta de Andalucía, de la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por la citada mercantil en orden a la r... ver másLa sentencia impugnada estimó el recurso contencioso-administrativo formulado a instancia de la Sociedad Cooperativa Andaluza de Segundo Grado "Extractora de Orujo Sierra Machina de Ciudad Real" contra la desestimación presunta por parte de la Consejería de Andalucía y Pesca de la Junta de Andalucía, de la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por la citada mercantil en orden a la reparación de los daños y perjuicios sufridos a consecuencia de la orden autonómica de inmovilización de los productos por aquélla comercializados consistentes en aceite de orujo de oliva. ver menos
6
Fecha:
28/05/2010
Resumen:
Responsabilidad patrimonial ejercitada en 2 de julio de 2002, formulada ante la Consejería de Agricultura y Pesca, por los daños ocasionados a consecuencia de la orden autonómica de inmovilización de los productos por aquélla comercializados consistentes en aceite de orujo de oliva yque tuvieron su origen a partir de la alerta alimentaria relativa al aceite de orujo.
7
Fecha:
26/05/2010
Resumen:
Se interpone el presente recurso de casación contra la sentencia de 16 de noviembre de 2005 de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, de la Audiencia Nacioanl, que resuelve, desestimándolo, el recurso jurisdiccional interpuesto por la representación de lal mercantil Rafael Salgado y Olivar Internacional Exportador contra la desestimación presunta de la reclamación de responsabil... ver másSe interpone el presente recurso de casación contra la sentencia de 16 de noviembre de 2005 de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, de la Audiencia Nacioanl, que resuelve, desestimándolo, el recurso jurisdiccional interpuesto por la representación de lal mercantil Rafael Salgado y Olivar Internacional Exportador contra la desestimación presunta de la reclamación de responsabilidad patrimonial planteada en fecha 2 de julio de 2002 ante el MInisterio de Sanidad y Consumo por los daños y perjuicios que se dicen ocasionados por la puesta en marcha de la red de alerta alimentaria de 3 de julio de 2001, recurso que posteriormente fue ampliado a la resolución expresa de dicho Ministerio de 16 de junio de 2004. ver menos
8
Fecha:
06/04/2010
Resumen:
La sentencia impugnada estimó el recurso contencioso-administrativo formulado a instancia de AGRIBÉTICA y de SOVENA IBÉRICA, contra la desestimación primero presunta y después expresa mediante Resolución de 5 de abril de 2004, de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, de la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por aquéllas en orden a la reparación de los daños y perjuicio... ver másLa sentencia impugnada estimó el recurso contencioso-administrativo formulado a instancia de AGRIBÉTICA y de SOVENA IBÉRICA, contra la desestimación primero presunta y después expresa mediante Resolución de 5 de abril de 2004, de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, de la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por aquéllas en orden a la reparación de los daños y perjuicios sufridos a consecuencia de la orden autonómica de inmovilización de los productos por aquellas comercializados consistentes en aceite de orujo de oliva. ver menos
9
Fecha:
09/03/2010
Resumen:
La sentencia recurrida recoge en su antecedente de hecho primero el contenido del suplico de la demanda, dirigido a obtener el reconocimiento de la obligación, por parte del Ministerio de Sanidad y Consumo, de indemnizar a la recurrente de los daños causados como consecuencia de la resolución de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Consumo, de 3 de julio de 2001, por l... ver másLa sentencia recurrida recoge en su antecedente de hecho primero el contenido del suplico de la demanda, dirigido a obtener el reconocimiento de la obligación, por parte del Ministerio de Sanidad y Consumo, de indemnizar a la recurrente de los daños causados como consecuencia de la resolución de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Consumo, de 3 de julio de 2001, por la que se aconsejaba la inmovilización cautelar y transitoria de cuántos productos se comercializasen al consumidor final bajo la denominaciones de "aceite de orujo refinado y de oliva" y "aceite de orujo de oliva". ver menos
10
Fecha:
26/01/2010
Resumen:
Se plantea en esta sentencia si los perjuicios derivados de la alerta alimentaria acordada el 3 de julio de 2001 respecto de los productos comercializados bajo las denominaciones de "aceite de orujo refinado y de oliva" y "aceite de orujo de oliva", y de su inmovilización cautelar y transitoria decidida a raíz de ella, no debían ser considerados como antijurídicos, sino como perjuicios que las emp... ver másSe plantea en esta sentencia si los perjuicios derivados de la alerta alimentaria acordada el 3 de julio de 2001 respecto de los productos comercializados bajo las denominaciones de "aceite de orujo refinado y de oliva" y "aceite de orujo de oliva", y de su inmovilización cautelar y transitoria decidida a raíz de ella, no debían ser considerados como antijurídicos, sino como perjuicios que las empresas productoras de tales aceites tenían el deber jurídico de soportar, con la consecuente inexistencia de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas que obligara a éstas a su indemnización. ver menos
11
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/03/2009
Resumen:
Análisis de la sentencia en la que se expone que si no se ha acreditado que la Administración se desviara del procedimiento establecido para la realización de unas pruebas fitosanitarias ni, por consiguiente, que la duración de éstas fuera indebidamente excesiva, no cabe hablar de responsabilidad patrimonial de la Administración, ya que existía un deber jurídico de soportar las consecuencias de la... ver másAnálisis de la sentencia en la que se expone que si no se ha acreditado que la Administración se desviara del procedimiento establecido para la realización de unas pruebas fitosanitarias ni, por consiguiente, que la duración de éstas fuera indebidamente excesiva, no cabe hablar de responsabilidad patrimonial de la Administración, ya que existía un deber jurídico de soportar las consecuencias de la necesaria realización de dichas pruebas fitosanitarias, no habiéndose demostrado, por otra parte, que se impidiera a la empresa acceder a las mercancías temporalmente custodiadas por la Administración, para evitar su deterioro. ver menos
12
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/01/2002
Resumen:
Orden de 15 de octubre de 2001, por la que se modifica el Real Decreto 237/2000, de 18 de febrero, por el que se establecen las especificaciones técnicas que deben cumplir los vehículos especiales para el transporte terrestre de productos alimenticios a temperatura regulada y los procedimientos para el control de conformidad con las especificaciones. BOE núm. 257, del 26, disp. 1998.
13
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/01/2002
Resumen:
Real Decreto 380/2001, de 6 de abril, por el que se modifica el apartado 4 del artículo 9 del Real Decreto 237/2000, de 18 de febrero por el que se establecen las especificaciones técnicas que deben cumplir los vehículos especiales para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada y los procedimientos para el control de conformidad con las especificaciones.
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