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1
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Fuente: 
Boletín RC y Seguros
Editor: 
Fecha: 
01/03/2022
Resumen: 
En la carta se hablará sobre como no se entiende bien que en un país en el que existen casi mil actividades con la obligación de contratar un seguro se mantenga y las leyes que están asociadas a la contrataciones de seguros de actividades.
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora América Latina
Editor: 
Fecha: 
15/11/2013
Resumen: 
Entrevista con Carlos Berguido, director ejecutivo de APADEA (Asociación Panameña de Seguros), en la que efectúa una valoración de la situación actual de la venta de seguros por medios tecnológicos en Panamá; los retos en cuanto a nuevas tecnologías del sector asegurador; las aportaciones de APADEA para ayudar al mercado en estos retos y cómo va a repercutir la nueva ley de seguros, de 3 de abril ... ver másEntrevista con Carlos Berguido, director ejecutivo de APADEA (Asociación Panameña de Seguros), en la que efectúa una valoración de la situación actual de la venta de seguros por medios tecnológicos en Panamá; los retos en cuanto a nuevas tecnologías del sector asegurador; las aportaciones de APADEA para ayudar al mercado en estos retos y cómo va a repercutir la nueva ley de seguros, de 3 de abril de 2012, en el desarrollo de nuevos mecanismos de venta y comercialización de seguros `on line`. Por otra parte, se da cuenta del seminario impartido por APADEA, durante los días 25 y 26 de octubre, sobre comercialización de seguros en Internet y redes sociales. ver menos
3
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Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
30/08/2010
Resumen: 
La futura Ley de Seguros triplicará el importe de las sanciones que se puedan imponer a las aseguradoras más pequeñas que incumplan gravemente la normativa, a la vez que aumentarán también, para todo el sector, los supuestos considerados como infracciones, según publicaba el pasado 9 de agosto el diario Expansión.
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
14/05/2008
Resumen: 
Programa de actividades y ponentes de la XIX Asamblea Anual de ASSAL, que se celebra del 19 al 23 de mayo en Madrid, organizada por la Asociación de Supervisores de Seguros de América Latina (ASSAL), la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS) y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). El programa incluye la Conferencia de Regulación y el Seminario de Capaci... ver másPrograma de actividades y ponentes de la XIX Asamblea Anual de ASSAL, que se celebra del 19 al 23 de mayo en Madrid, organizada por la Asociación de Supervisores de Seguros de América Latina (ASSAL), la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS) y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). El programa incluye la Conferencia de Regulación y el Seminario de Capacitación, culminando con la conmemoración del centenario de la aprobación de la primera Ley de Ordenación del Seguro Privado en España. ver menos
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
09/05/2008
Resumen: 
Coincidiendo con el centenario de la Ley de Seguro de 1908, la Sección Española de la Asociación Internacional de Derecho de Seguros (SEAIDA) y el Colegio de Mediadores de Seguros del Principado de Asturias organizan el 14 de mayo la Jornada sobre Derecho de Seguros, en la que se realizará, además, la presentación de la Delegación en Asturias de SEAIDA. La noticia señala la relación de ponentes qu... ver másCoincidiendo con el centenario de la Ley de Seguro de 1908, la Sección Española de la Asociación Internacional de Derecho de Seguros (SEAIDA) y el Colegio de Mediadores de Seguros del Principado de Asturias organizan el 14 de mayo la Jornada sobre Derecho de Seguros, en la que se realizará, además, la presentación de la Delegación en Asturias de SEAIDA. La noticia señala la relación de ponentes que intervendrán en el encuentro, que se enmarca en las Jornadas del Seguro en Asturias, que se completan el 15 de mayo con la celebración de un encuentro en el que se desarrollarán las ponencias La imagen del mediador desde la óptica del comunicador, con la intervención de Miguel Benito, periodista y asesor editorial de INESE; y Los requisitos y obligaciones actuales de los mediadores para el ejercicio de la profesión, con la intervención de Julio Henche, secretario general del Consejo. ver menos
6
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Fuente: 
BDS América Latina
Editor: 
Fecha: 
03/02/2003
Resumen: 
La Superintendencia de Seguros no ha recibido notificaciones sobre los incrementos en las pólizas que han llevado a cabo las compañías para cubrir el Impuesto al Valor Agregado (IVA). No obstante, el órgano de control indica que no va a efectuar seguimientos sobre el tributo que las compañías están obligadas a soportar. Asimismo, se indican las repercusiones que está teniendo para la Superintenden... ver másLa Superintendencia de Seguros no ha recibido notificaciones sobre los incrementos en las pólizas que han llevado a cabo las compañías para cubrir el Impuesto al Valor Agregado (IVA). No obstante, el órgano de control indica que no va a efectuar seguimientos sobre el tributo que las compañías están obligadas a soportar. Asimismo, se indican las repercusiones que está teniendo para la Superintendencia la suspensión de la Ley de Seguros y Reaseguros aprobada en el marco de la Habilitante. ver menos
7
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Fuente: 
BDS América Latina
Editor: 
Fecha: 
28/11/2002
Resumen: 
La segunda discusión de la Ley de Seguros y Reaseguros en la Comisión de Finanzas ha sido retrasada ya que en el informe presentado se han introducido observaciones a 78 artículos por parte del MVR. Por otra parte, en la discusión de la reforma del sistema de Seguridad Social se continúa analizando la posibilidad de crear un sistema mixto de pensiones. El Ministerio de Finanzas advierte que debe e... ver másLa segunda discusión de la Ley de Seguros y Reaseguros en la Comisión de Finanzas ha sido retrasada ya que en el informe presentado se han introducido observaciones a 78 artículos por parte del MVR. Por otra parte, en la discusión de la reforma del sistema de Seguridad Social se continúa analizando la posibilidad de crear un sistema mixto de pensiones. El Ministerio de Finanzas advierte que debe existir consenso entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo para la aprobación de la reforma, mientras la Comisión de Desarrollo Social apunta que el artículo 299 establece que el Estado conjuntamente con la iniciativa privada promueva el desarrollo económico. ver menos
8
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BDS América Latina
Editor: 
Fecha: 
19/11/2002
Resumen: 
La Gaceta Oficial ha publicado la decisión del Tribunal Supremo de Justicia por la que se acuerda la suspensión de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros, promulgada en 2001. En su lugar se aplica la Ley de Seguros y Reaseguros de 1995.
9
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Fuente: 
BDS América Latina
Editor: 
Fecha: 
27/09/2002
Resumen: 
El proyecto de reforma de la Ley de Seguros mantiene los seguros solidarios o`micropólizas`, por el que las compañías tendrán que destinar el 5% de su cartera a esos seguros, cuyas primas anuales no podrán superar el 50% del salario mínimo. A esos seguros podrán acceder las personas cuyos ingresos sean de hasta dos salarios mínimos, para los que las pólizas deberán cubrir riesgos como servicios fu... ver másEl proyecto de reforma de la Ley de Seguros mantiene los seguros solidarios o`micropólizas`, por el que las compañías tendrán que destinar el 5% de su cartera a esos seguros, cuyas primas anuales no podrán superar el 50% del salario mínimo. A esos seguros podrán acceder las personas cuyos ingresos sean de hasta dos salarios mínimos, para los que las pólizas deberán cubrir riesgos como servicios funerarios, gastos odontológicos y accidentes personales. Por otra parte, dentro del análisis de la Ley, se propone limitar algunas acciones de la Superintendencia de Seguros, como la suspensión de los efectos contables de las operaciones de las compañías. Además, se estudia aumentar el plazo para que la Superintendencia ejerza su función de inspección, ya que no sólo inspeccionará empresas de seguros, sino también reaseguradoras, sociedades de corretaje, reaseguros y corredores, con lo cual los sujetos controlados son muchos e impiden una inspección anual. ver menos
10
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BDS América Latina
Editor: 
Fecha: 
18/09/2002
Resumen: 
La Asamblea Nacional va a esperar la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para poder continuar con la reforma de la Ley de Seguros, tras la suspensión de la aplicación del texto por parte del máximo tribunal. El tribunal suspendió la aplicación de la Ley en agosto a raíz de un recurso de Seguros Guayana.
11
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BDS América Latina
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Fecha: 
16/09/2002
Resumen: 
Varios analistas jurídicos han anunciado su intención de solicitar aclaraciones sobre la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de suspender en agosto la aplicación de la Ley de Seguros y Reaseguros en el marco de la Habilitante. Se va a solicitar una aclaratoria y ampliación de la sentencia sobre cuándo comenzará a surtir efecto la suspensión de dicho instrumento. El TSJ suspendió la Ley... ver másVarios analistas jurídicos han anunciado su intención de solicitar aclaraciones sobre la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de suspender en agosto la aplicación de la Ley de Seguros y Reaseguros en el marco de la Habilitante. Se va a solicitar una aclaratoria y ampliación de la sentencia sobre cuándo comenzará a surtir efecto la suspensión de dicho instrumento. El TSJ suspendió la Ley tras la presentación de un recurso de nulidad por parte de Seguros Guayana, en el que señalaba que el texto no cumplía con lo establecido en la Constitución sobre derechos a la igualdad y a la no determinación. ver menos
12
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BDS América Latina
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Fecha: 
13/09/2002
Resumen: 
El presidente dominicano, Hipólito Mejía, ha promulgado la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas. En el nuevo texto se unifican todas las legislaciones dispersas en materia de seguros y se amplía la participación de todo el sector asegurador en la toma de decisiones que asuma la Superintendencia. Se establece que las compañías de seguros deberán contar con un capital pagado en efectivo de 8 millones ... ver másEl presidente dominicano, Hipólito Mejía, ha promulgado la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas. En el nuevo texto se unifican todas las legislaciones dispersas en materia de seguros y se amplía la participación de todo el sector asegurador en la toma de decisiones que asuma la Superintendencia. Se establece que las compañías de seguros deberán contar con un capital pagado en efectivo de 8 millones de pesos y se contemplan incrementos en los capitales de reaseguradoras, agentes generales, corredores y ajustadores. La nueva Ley de Seguros concederá a la Superintendencia poder para imponer multas, cancelar licencias de compañías que no cumplan con sus clientes e intervenir en casos de fraude. Además, le concede la facultad de intervenir cuando se produzcan retrasos por parte de las aseguradoras en el pago de reclamaciones y la retención de dinero en bancos para hacer frente a dichas reclamaciones. ver menos
13
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BDS América Latina
Editor: 
Fecha: 
11/09/2002
Resumen: 
La nueva Ley de Seguros concederá a la Superintendencia de Seguros poder para imponer multas, cancelar licencias de compañías que no cumplan con sus clientes e intervenir en casos de fraude. La norma, que podría ser promulgada próximamente, pone también en manos de la Superintendencia la posibilidad de intervención cuando se produzcan retrasos por parte de las aseguradoras en el pago de reclamacio... ver másLa nueva Ley de Seguros concederá a la Superintendencia de Seguros poder para imponer multas, cancelar licencias de compañías que no cumplan con sus clientes e intervenir en casos de fraude. La norma, que podría ser promulgada próximamente, pone también en manos de la Superintendencia la posibilidad de intervención cuando se produzcan retrasos por parte de las aseguradoras en el pago de reclamaciones y la retención de dinero en bancos para hacer frente a dichas peticiones. Por otro lado, ante las pérdidas millonarias que las aseguradoras de autos deben afrontar por las reclamaciones de seguros de vehículos robados, el marco de la nueva ley establece que las compañías tendrán que contar con un capital suscrito y pagado mínimo de 500.000 dólares. ver menos
14
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BDS América Latina
Editor: 
Fecha: 
04/09/2002
Resumen: 
El Ejecutivo va a promulgar la nueva Ley de Seguros Privados que sustituirá a la actual Ley 126 que data de 1971. Entre otros aspectos, otorgará mejores condiciones a las aseguradoras y reaseguradoras y a los usuarios, estableciendo una mayor rigurosidad para que puedan operar las compañías de seguros (se pretende evitar la instalación de determinadas agencias que no cuentan con el capital para re... ver másEl Ejecutivo va a promulgar la nueva Ley de Seguros Privados que sustituirá a la actual Ley 126 que data de 1971. Entre otros aspectos, otorgará mejores condiciones a las aseguradoras y reaseguradoras y a los usuarios, estableciendo una mayor rigurosidad para que puedan operar las compañías de seguros (se pretende evitar la instalación de determinadas agencias que no cuentan con el capital para responder los reclamos de los clientes). La norma, que ha sido consensuada por las aseguradoras y corredores de seguros, establece que las compañías tengan una cobertura mínima que garantice en pesos (o su equivalente en dólares) el valor de las cantidades aseguradas. ver menos
15
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS América Latina
Editor: 
Fecha: 
10/06/2002
Resumen: 
Se informa sobre los cambios o modificaciones que la aprobación de la Ley 126 sobre Seguros va a introducir en el sector asegurador dominicano. Destaca el aumento hasta 8,5 millones de pesos del mínimo requerido para que una compañía aseguradora comience a operar y el incremento en las pólizas de accidentes y de las indemnizaciones. Otro aspecto que recoge la Ley es que la Superintendencia de Segu... ver másSe informa sobre los cambios o modificaciones que la aprobación de la Ley 126 sobre Seguros va a introducir en el sector asegurador dominicano. Destaca el aumento hasta 8,5 millones de pesos del mínimo requerido para que una compañía aseguradora comience a operar y el incremento en las pólizas de accidentes y de las indemnizaciones. Otro aspecto que recoge la Ley es que la Superintendencia de Seguros puede fiscalizar el capital de las compañías, con objeto de garantizar más seguridad en el pago de las pólizas para los usuarios. ver menos
16
Autor corporativo: 
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BDS América Latina
Editor: 
Fecha: 
27/05/2002
Resumen: 
La subcomisión de la Asamblea Nacional encargada del estudio de la reforma de la Ley de Seguros y Reaseguros va a mantener la primera reunión con representantes de la Superintendencia de Bancos, en la que atenderá las observaciones de la institución al instrumento legal. Posteriormente se reunirá con directivos de la Cámara Venezolana de Aseguradoras.
17
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS América Latina
Editor: 
Fecha: 
18/02/2002
Resumen: 
La Cámara de Aseguradores de Venezuela va a presentar ante el Tribunal Supremo de Justicia una acción encaminada a lograr la nulidad de las Leyes de Seguros y Reaseguros y de Contrato de Seguros, recientemente aprobadas. El argumento sobre el que se basarán los letrados es que no le corresponde a la Ley de Seguros y Reaseguros el establecimiento de sanciones penales contra las personas que violen ... ver másLa Cámara de Aseguradores de Venezuela va a presentar ante el Tribunal Supremo de Justicia una acción encaminada a lograr la nulidad de las Leyes de Seguros y Reaseguros y de Contrato de Seguros, recientemente aprobadas. El argumento sobre el que se basarán los letrados es que no le corresponde a la Ley de Seguros y Reaseguros el establecimiento de sanciones penales contra las personas que violen alguno de los artículos de su contenido, sino que dicho función debe ser aplicada ateniéndose al Código Penal, entre otros textos legales. En cuanto a la petición de nulidad de la Ley de Contrato de Seguros, el motivo es que el Gobierno, mediante la Superintendencia de Seguros y otros órganos del Poder Ejecutivo, elaboró, aprobó y promulgó el texto sin contar con autorización para hacerlo. ver menos
18
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS América Latina
Editor: 
Fecha: 
26/11/2001
Resumen: 
La nueva Ley de Seguros ha provocado críticas porque no obliga a las compañías a publicar su situación financiera. Al respecto, la superintendenta de Seguros, Morelia Corredor, ha manifestado que las entidades ya presentan sus balances mensuales ante el organismo, y el público puede acceder a ellos. Por otra parte, sobre las medidas establecidas en la nueva Ley para las compañías relacionadas con ... ver másLa nueva Ley de Seguros ha provocado críticas porque no obliga a las compañías a publicar su situación financiera. Al respecto, la superintendenta de Seguros, Morelia Corredor, ha manifestado que las entidades ya presentan sus balances mensuales ante el organismo, y el público puede acceder a ellos. Por otra parte, sobre las medidas establecidas en la nueva Ley para las compañías relacionadas con el aumento de los capitales mínimos y el envío a la Superintendencia de los modelos de pólizas y tarifas, Morelia Corredor considera que esas exigencias podrían afectar a algunas aseguradoras, especialmente a las de menor tamaño. ver menos
19
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Fuente: 
BDS América Latina
Editor: 
Fecha: 
21/11/2001
Resumen: 
Entre las novedades de la Ley de Seguros y Reaseguros, publicada la pasada semana en la Gaceta Oficial, aparece que las aseguradoras venezolanas deberán destinar el 5% de su cartera a `micropólizas` (contratos para personas cuyos ingresos no superen los 316.800 bolívares). El texto legal estipula que ese porcentaje servirá "para ofrecer contratos de seguros a las personas naturales que tengan ingr... ver másEntre las novedades de la Ley de Seguros y Reaseguros, publicada la pasada semana en la Gaceta Oficial, aparece que las aseguradoras venezolanas deberán destinar el 5% de su cartera a `micropólizas` (contratos para personas cuyos ingresos no superen los 316.800 bolívares). El texto legal estipula que ese porcentaje servirá "para ofrecer contratos de seguros a las personas naturales que tengan ingresos de hasta 2 salarios mínimos, destinados a proteger riesgos tales como gastos odontológicos, servicios funerarios y accidentes personales", y las primas de esos seguros no podrán superar el 50% de un salario mínimo. Otra novedad se refiere a la invitación a las compañías a participar en el desarrollo del sector microfinanciero, por medio de pólizas destinadas a cubrir los riesgos de insolvencia de los deudores (fijando el importe de esas primas en el 5% de la cartera). En cuanto a los requisitos para operar, se establece para las entidades de Seguros Generales o Vida un capital mínimo de 1.320 millones de bolívares, mientras las que operen en ambos negocios deberán elevar su capital a 2.640 millones de bolívares. Por último, el texto señala que las juntas directivas de las aseguradoras deberán estar formadas por cinco miembros. ver menos
20
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS América Latina
Editor: 
Fecha: 
15/11/2001
Resumen: 
La Gaceta Oficial ha informado de la próxima publicación de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros. El texto con el contenido de la norma será publicado en la versión extraordinaria de la Gaceta, prevista para los próximos días.
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novadoc.es