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Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/09/2024
Resumen:
Según el principio de relatividad de los contratos (art. 1.257 CC), los contratos solo producen efectos entre las partes que los otorgan. No obstante, complejidad de las relaciones económicas actuales ha llevado a la jurisprudencia a moderar este principio en ciertas circunstancias, permitiendo
que los adquirientes de los productos y servicios puedan reclamar a terceros, aunque no sean part... ver másSegún el principio de relatividad de los contratos (art. 1.257 CC), los contratos solo producen efectos entre las partes que los otorgan. No obstante, complejidad de las relaciones económicas actuales ha llevado a la jurisprudencia a moderar este principio en ciertas circunstancias, permitiendo
que los adquirientes de los productos y servicios puedan reclamar a terceros, aunque no sean parte del contrato. Esto es lo que se estudia en la sentencia en la que se discutía la responsabilidad del fabricante de un vehículo por la instalación de un software fraudulento para manipular las emisiones contaminantes. ver menos
que los adquirientes de los productos y servicios puedan reclamar a terceros, aunque no sean part... ver másSegún el principio de relatividad de los contratos (art. 1.257 CC), los contratos solo producen efectos entre las partes que los otorgan. No obstante, complejidad de las relaciones económicas actuales ha llevado a la jurisprudencia a moderar este principio en ciertas circunstancias, permitiendo
que los adquirientes de los productos y servicios puedan reclamar a terceros, aunque no sean parte del contrato. Esto es lo que se estudia en la sentencia en la que se discutía la responsabilidad del fabricante de un vehículo por la instalación de un software fraudulento para manipular las emisiones contaminantes. ver menos
2
Fecha:
24/06/2024
Resumen:
Legitimación pasiva del fabricante no vendedor por defectos existentes en una piscina prefabricada; a propósito del principio de relatividad de los contratos.
3
Título
Fuente:
Boletín RC y Seguros
Fecha:
01/02/2022
Resumen:
El Juzgado de lo Penal número 3 de Castellón ha condenado a dos años de prisión al que fuera director de Marina d`Or en 2015, Jesús Ger, por la muerte de una menor de 16 años que se ahogó en una piscina del complejo hotelero tras quedarle atrapado un brazo en el interior de un orificio de succión de agua.
4
Fecha:
17/12/2019
Resumen:
Responsabilidad extracontractual. Ahogamiento de menor en una piscina. Ausencia de responsabilidad del socorrista.
5
Fecha:
30/07/2008
Resumen:
Pleito sobre posible responsabilidad extracontractual derivada de accidente en piscina, que ocasionó el fallecimiento de un adolescente, en relacion con los socorristas. El Juzgado desestimó la demanda por prescripción de la acción ejercitada, y su sentencia fue modificada por la de la Audiencia en el sentido de rechazar la excepción indicada y confirmar el pronunciamiento absolutorio de los deman... ver másPleito sobre posible responsabilidad extracontractual derivada de accidente en piscina, que ocasionó el fallecimiento de un adolescente, en relacion con los socorristas. El Juzgado desestimó la demanda por prescripción de la acción ejercitada, y su sentencia fue modificada por la de la Audiencia en el sentido de rechazar la excepción indicada y confirmar el pronunciamiento absolutorio de los demandados. Culpa exclusiva de la víctima: los hechos probados revelan un modo de actuar del fallecido considerablemente imprudente (los menores desarrollaban un juego peligroso -apuesta para comprobar cuál de ellos permanecía más tiempo debajo del agua-, además, a la hora de la comida, con mayor riesgo de corte de digestión). El baño en una piscina pública no constituye una situación de riesgo, que en todo caso ha sido buscado de propósito por la víctima. Cuando la culpa del perjudicado es realmente única, la absolución de los supuestos responsables debe basarse precisamente en que no han incurrido en culpa alguna, lo que acontece en el caso de autos, al declararse también probado que los socorristas permanecieron en todo momento en su puesto de vigilancia y atentos a las incidencias de la piscina, sin que nada hiciera pensar en el juego que realizaban los bañistas adolescentes. ver menos
6
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
20/01/2003
Resumen:
Sentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo que condena al Ayuntamiento de Vitoria y a su compañía aseguradora a indemnizar a los padres de la víctima que murió por asfixia en una piscina municipal.
7
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/12/1998
Resumen:
Sentencia Sala primera de 30 de junio de 1998: Responsabilidad civil extracontractual. Lesiones graves sufridas por un menor por inmersión en una piscina. Negligencia de la empresa encargada de ella por falta de limpieza de agua.
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