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1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/06/2021
Resumen: 
Contrato de Seguro. Intereses de demora. Los ofrecimientos de pago de las aseguradoras condicionados a la renuncia del asegurado a la acción no son eficaces para evitar la mora de aquéllas y sus consecuencias.
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
22/03/2021
Resumen: 
Contrato de Seguro. Intereses de demora. Los ofrecimientos de pago de las aseguradoras condicionados a la renuncia del asegurado a la acción no son eficaces para evitar la mora de aquéllas y sus consecuencias.
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/02/2021
Resumen: 
Los requisitos del apartado 3 del artículo 7.2 de la LRCSCVM no se cumplen con el ofrecimiento de un pago a cuenta, ni se cumple con una consignación para pago mediante expediente de jurisdicción voluntaria, en que se peticiona se declare cancelada la obligación. La liberación de la mora de la compañía de seguros y de los intereses del art. 20 de la LCS, requiere que la oferta motivada reúna los r... ver másLos requisitos del apartado 3 del artículo 7.2 de la LRCSCVM no se cumplen con el ofrecimiento de un pago a cuenta, ni se cumple con una consignación para pago mediante expediente de jurisdicción voluntaria, en que se peticiona se declare cancelada la obligación. La liberación de la mora de la compañía de seguros y de los intereses del art. 20 de la LCS, requiere que la oferta motivada reúna los requisitos del art. 7.2 y 7.3 de la Ley (art. 9 a de dicha disposición general). ver menos
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
27/11/2020
Resumen: 
Los requisitos del apartado 3 del artículo 7.2 de la LRCSCVM no se cumplen con el ofrecimiento de un pago a cuenta, ni se cumple con una consignación para pago mediante expediente de jurisdicción voluntaria, en que se peticiona se declare cancelada la obligación. La liberación de la mora de la compañía de seguros y de los intereses del art. 20 de la LCS, requiere que la oferta motivada reúna los r... ver másLos requisitos del apartado 3 del artículo 7.2 de la LRCSCVM no se cumplen con el ofrecimiento de un pago a cuenta, ni se cumple con una consignación para pago mediante expediente de jurisdicción voluntaria, en que se peticiona se declare cancelada la obligación. La liberación de la mora de la compañía de seguros y de los intereses del art. 20 de la LCS, requiere que la oferta motivada reúna los requisitos del art. 7.2 y 7.3 de la Ley (art. 9 a de dicha disposición general). ver menos
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil | Boletín de Novedades
Editor: 
Fecha: 
01/11/2020
Resumen: 
El autor se plantea cuál es el alcance de la renuncia de acciones que pone fin al acuerdo extrajudicial al que han llegado las partes, tras las correspondientes negociaciones en la tramitación de su siniestro.

A tal efecto, se plantea cuáles con las consecuencias de este acuerdo y, sobre todo, si puede ser revisado el acuerdo indemnizatorio al que han llegado las partes.

En concret... ver más
El autor se plantea cuál es el alcance de la renuncia de acciones que pone fin al acuerdo extrajudicial al que han llegado las partes, tras las correspondientes negociaciones en la tramitación de su siniestro.

A tal efecto, se plantea cuáles con las consecuencias de este acuerdo y, sobre todo, si puede ser revisado el acuerdo indemnizatorio al que han llegado las partes.

En concreto, analiza las previsiones del artículo 43 de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor, que prevé dicha posibilidad cuando se dan determinados presupuestos. ver menos
6
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
21/04/2016
Resumen: 
1. La nulidad del contrato de transacción

1.1. Consideraciones generales

1.2. El objeto de la transacción

1.3. La causa

1.4. Vicios del consentimiento

1.4.1. Consideraciones generales

1.4.2. El compromiso de pago

1.4.3. La renuncia de acciones

1.4.4. El error

1.4.5. Dolo, violencia o falsedad de documentosver más
1. La nulidad del contrato de transacción

1.1. Consideraciones generales

1.2. El objeto de la transacción

1.3. La causa

1.4. Vicios del consentimiento

1.4.1. Consideraciones generales

1.4.2. El compromiso de pago

1.4.3. La renuncia de acciones

1.4.4. El error

1.4.5. Dolo, violencia o falsedad de documentos



2. El art. 43 LRCSCVM: alteración sustancial de las circunstancias y daños sobrevenidos

2.1. Diferencias con la regulación anterior

2.2. Dualidad de supuestos

2.3. Alteración de las circunstancias

2.3.1. Consideraciones generales

2.3.2. Presupuestos: posterioridad, relevancia y excepcionalidad

2.4. Daños sobrevenidos

2.4.1. Consideraciones generales

2.4.2. Daños nacidos con posterioridad al acuerdo indemnizatorio

2.4.3. Daños preexistentes que se manifiestan tras el acuerdo

2.4.4. Agravación de los daños preexistentes. ver menos
7
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
12/12/2007
Resumen: 
Basada la impugnación de la transación en la existencia de error en el consentimiento por haberse prestado sobre un informe del médico forense realizado en juicio de faltas en el que nada se apuntaba sobre la invalidez del lesionado -actor recurrente- y declarada, después, la invalidez total para su trabajo como conductor de autobús, la Sala entiende que la declaración de invalidez para su trabajo... ver másBasada la impugnación de la transación en la existencia de error en el consentimiento por haberse prestado sobre un informe del médico forense realizado en juicio de faltas en el que nada se apuntaba sobre la invalidez del lesionado -actor recurrente- y declarada, después, la invalidez total para su trabajo como conductor de autobús, la Sala entiende que la declaración de invalidez para su trabajo del recurrente no es una secuela que ha nacido después de la transacción, sino un reconocimiento de las que le dejó el accidente en la muñeca derecha; una cosa es que posteriormente se haga la valoración de las lesiones para determinado tratamiento económico por la Seguridad Social y otra distinta es creer que ello constituye una nueva secuela no prevista al transigir. En el informe forense no dejó de reconocer las secuelas de las lesiones en forma de limitación de extensión, flexión y supinación del antebrazo, lo que es suficientemente expresiva de la verdadera situación del recurrente. ver menos
8
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
23/11/2007
Resumen: 
Responsabilidad extracontractual: accidente de circulación en el que la compañía aseguradora del vehículo causante del accidente le ofrece al lesionado una cantidad como indemnización de daños y perjuicios que acepta, renunciando a las acciones correspondientes. Posteriormente sobrevienen al lesionado unas secuelas que le llevan a ser declarado inválido permanente total y a la condición de minusvá... ver másResponsabilidad extracontractual: accidente de circulación en el que la compañía aseguradora del vehículo causante del accidente le ofrece al lesionado una cantidad como indemnización de daños y perjuicios que acepta, renunciando a las acciones correspondientes. Posteriormente sobrevienen al lesionado unas secuelas que le llevan a ser declarado inválido permanente total y a la condición de minusválido. Posibilidad de reclamar por los daños sobrevenidos en tanto que la renuncia venía referida a los daños existentes al momento de la renuncia, pero no a los daños que aun no se habían producido, pues no es posible renunciar a unos derechos que no habían nacido a la vida jurídica ni era posible conocer que se producirian más tarde. Infracción de las normas relativas a la valoración de la prueba documental que justifica la posterior invalidez permanente del recurrente. ver menos
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