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1
Título
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/11/2000
Resumen:
Sentencia Sala primera de 21 de julio de 2000: Culpa extracontractual y accidente laboral. Responsabilidad de quien encarga la limpieza de un pozo sin advertir de peligros fácilmente previsibles. Solidaridad de obligado a efectos de prescripción extintiva: art. 1974 del Código Civil. Incongruencia de la sentencia: consiste en este caso en no resolver sobre la adhesión al recurso de apelación.
2
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/05/2000
Resumen:
Sentencia Sala primera de 7 de marzo de 2000: Responsabilidad civil derivada del art. 1591 del Código Civil. Solidaridad de obligados. Concepto de ruina.
3
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/02/2000
Resumen:
Sentencia Sala primera de 27 de noviembre de 1999: Defectos en la construcción de edificios. El principio de solidaridad de obligados en esa construcción: su alcance. El nexo causal como requisito de la responsabilidad por culpa: concurrencia en el supuesto discutido.
4
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/10/1999
Resumen:
Sentencia Sala primera de 25 de junio de 1999: Ruina. Responsabilidad del arquitecto. Vicios ruinógenos. Aplicación de los arts. 1214 y 1591 del Código Civil. Daños calificados de hipotéticos. Defectuosa valoración de la prueba pericial por la Sala `a quo`. Solidaridad de obligados.
5
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/02/1998
Resumen:
Sentencia Sala primera de 20 de octubre de 1997: Responsabilidad civil por culpa extracontractual. Nexo de causalidad. Prescripción de la acción: Interrupción del plazo por existencia de procedimiento penal. Solidaridad de obligados. Relación causal adecuada. Moderación de la indemnización. No aplicación de la facultad moderadora que establece el art. 1103 del Código Civil, lo que origina la casac... ver másSentencia Sala primera de 20 de octubre de 1997: Responsabilidad civil por culpa extracontractual. Nexo de causalidad. Prescripción de la acción: Interrupción del plazo por existencia de procedimiento penal. Solidaridad de obligados. Relación causal adecuada. Moderación de la indemnización. No aplicación de la facultad moderadora que establece el art. 1103 del Código Civil, lo que origina la casación de la sentencia recurrida. La no aportación del poder del Procurador con la demanda es un defecto subsanable, que una vez aportado, retrotrae la presentación de la demanda a su fecha. ver menos
6
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1996
Resumen:
Competencia de jurisdicción ordinaria civil para conocer de accidente de circulación causado por vehículo conducido por funcionarios policiales. Acción directa del perjudicado contra el Fondo Nacional de Garantía de Riesgo de la Circulación (actual Consorcio de Compensación de Seguros). Responsabilidad civil del Estado en cuanto a la suma que exceda del límite del seguro obligatorio de riesgo de l... ver másCompetencia de jurisdicción ordinaria civil para conocer de accidente de circulación causado por vehículo conducido por funcionarios policiales. Acción directa del perjudicado contra el Fondo Nacional de Garantía de Riesgo de la Circulación (actual Consorcio de Compensación de Seguros). Responsabilidad civil del Estado en cuanto a la suma que exceda del límite del seguro obligatorio de riesgo de la circulación. Litisconsorcio pasivo necesario. Solidaridad de obligados. ver menos
7
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1994
Resumen:
Culpa o negligencia. Caída de grúa defectuosamente instalada que causa la muerte de un transeúnte. Responsabilidad civil del instalador, del contratista encargado del derribo de un edificio, del propietario de la excavadora utilizada y de la inmobiliaria propietaria del edificio. Un demandado no puede pedir la condena de otro demandado. La culpa como cuestión jurídica en su calificación. No aplica... ver másCulpa o negligencia. Caída de grúa defectuosamente instalada que causa la muerte de un transeúnte. Responsabilidad civil del instalador, del contratista encargado del derribo de un edificio, del propietario de la excavadora utilizada y de la inmobiliaria propietaria del edificio. Un demandado no puede pedir la condena de otro demandado. La culpa como cuestión jurídica en su calificación. No aplicación de la doctrina de los actos propios. Precedencia de sentencia penal absolutoria en juicio de faltas promovido por el Ministerio Fiscal: no obsta a la actuación del Tribunal Civil en supuesto de daños personales o corporales. Responsabilidad por hecho ajeno (art. 1903, p.4 del Código Civil). Solidaridad de obligados. ver menos
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