Registros encontrados: 12 Total Páginas: 1
1
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/09/2024
Resumen:
Reparación de los daños sufridos por el vehículo. Necesidad de sustituir la puerta y el motor dañado por otros nuevos. En este caso, en la determinación de la indemnización no debe tenerse en cuenta la depreciación por el uso de los elementos sustituidos. Se estima el recurso del perjudicado.
2
Fecha:
08/05/2024
Resumen:
Reparación de los daños sufridos por el vehículo. Necesidad de sustituir la puerta y el motor dañado por otros nuevos. En este caso, en la determinación de la indemnización no debe tenerse en cuenta la depreciación por el uso de los elementos sustituidos. Se estima el recurso del perjudicado.
3
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/03/2021
Resumen:
Indemnización por el valor de nuevo en el seguro de daños propios. Discrepancia en la valoración, al constar conceptos y descuentos de campaña distintos entre la oferta de adquisición presentada por el asegurado y la de la compañía de seguros.
4
Título
Fecha:
23/10/2020
Resumen:
Indemnización por el valor de nuevo en el seguro de daños propios. Discrepancia en la valoración, al constar conceptos y descuentos de campaña distintos entre la oferta de adquisición presentada por el asegurado y la de la compañía de seguros.
5
Fuente:
BDS
Fecha:
06/10/2016
Resumen:
Meridiano explica una serie de términos que son necesarios conocer en los seguros de hogar en el caso de que surja un siniestro sobre los bienes de la vivienda. En concreto, la compañía define qué es el valor de nuevo y el valor real.
6
Título
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/10/2016
Resumen:
1. ¿Cuándo en un siniestro se entiende que existe pérdida total?
2. ¿Qué es el valor venal, mejorado o nuevo?
3. ¿La limitación de la indemnización en caso de pérdida total, es una clausula limitativa de derechos o delimitadora del riesgo?
4. ¿Qué validez tiene una cláusula de estilo, relacionada con el artículo 3 de la LCS, que indica, por ejemplo, `se afirma conocer las cláu... ver más1. ¿Cuándo en un siniestro se entiende que existe pérdida total?
2. ¿Qué es el valor venal, mejorado o nuevo?
3. ¿La limitación de la indemnización en caso de pérdida total, es una clausula limitativa de derechos o delimitadora del riesgo?
4. ¿Qué validez tiene una cláusula de estilo, relacionada con el artículo 3 de la LCS, que indica, por ejemplo, `se afirma conocer las cláusulas limitativas contenidas en un documento distinto del que se firma`?
5. ¿Qué efecto tiene que una cláusula limitativa se incluya en el apartado de cláusulas limitativas, pero no se destaque en negrita? ver menos
2. ¿Qué es el valor venal, mejorado o nuevo?
3. ¿La limitación de la indemnización en caso de pérdida total, es una clausula limitativa de derechos o delimitadora del riesgo?
4. ¿Qué validez tiene una cláusula de estilo, relacionada con el artículo 3 de la LCS, que indica, por ejemplo, `se afirma conocer las cláu... ver más1. ¿Cuándo en un siniestro se entiende que existe pérdida total?
2. ¿Qué es el valor venal, mejorado o nuevo?
3. ¿La limitación de la indemnización en caso de pérdida total, es una clausula limitativa de derechos o delimitadora del riesgo?
4. ¿Qué validez tiene una cláusula de estilo, relacionada con el artículo 3 de la LCS, que indica, por ejemplo, `se afirma conocer las cláusulas limitativas contenidas en un documento distinto del que se firma`?
5. ¿Qué efecto tiene que una cláusula limitativa se incluya en el apartado de cláusulas limitativas, pero no se destaque en negrita? ver menos
7
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/10/2016
Resumen:
1. ¿Cuál es la consecuencia jurídica de la restitución `in integrum`?
2. ¿Debe rebajarse del valor de la indemnización, la cuantía relativa al incremento de valor de las piezas nuevas?
2. ¿Debe rebajarse del valor de la indemnización, la cuantía relativa al incremento de valor de las piezas nuevas?
8
Título
Fuente:
Actualidad Aseguradora América Latina
Fecha:
22/01/2016
Resumen:
Artículo en el que el autor aborda la forma de cálculo de la indemnización en los seguros patrimoniales, bajo el principio general de que "la indemnización es al daño, lo que la suma asegurada es al valor asegurable". Así, explica la cobertura a prorrata o regla proporcional, con un valor tasado o convenido y la cobertura a primer riesgo.
9
Título
Autor corporativo:
Fecor
Fuente:
Riesgo y Empresa
Fecha:
25/05/2015
Resumen:
Artículo que aborda algunos términos vinculados a los contrato de seguros de incendios: riesgos sencillos, riesgos industriales, seguro a valor real, seguro a valor de nuevo, seguro a primer riesgo y seguro con capital flotante.
10
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
18-09-2006
Resumen:
Arpem.com ha realizado un análisis de la oferta del mercado en indemnización por daños propios. En su opinión, en Autos las aseguradoras deberán marcar unas pautas a la hora de definir los términos de las indemnizaciones por daños propios. Por otro lado, los asegurados deberían olvidar el término “todo riesgo” y centrarse en las coberturas que se van a contratar. El artículo comenta la... ver másArpem.com ha realizado un análisis de la oferta del mercado en indemnización por daños propios. En su opinión, en Autos las aseguradoras deberán marcar unas pautas a la hora de definir los términos de las indemnizaciones por daños propios. Por otro lado, los asegurados deberían olvidar el término “todo riesgo” y centrarse en las coberturas que se van a contratar. El artículo comenta las pólizas ofrecidas por las aseguradoras ver menos
11
Fuente:
BDS
Fecha:
26/07/2006
Resumen:
Datos más relevantes de un informe de arpem.com en el que analiza las diferencias que existen entre compañías de autos en relación a la cobertura de daños propios. En este informe se pide a las aseguradoras que marquen "unas pautas" a la hora de definir los términos de las indemnizaciones en esta cobertura. Según este análisis es en el aspecto de valor venal donde se notan las diferencias entre la... ver másDatos más relevantes de un informe de arpem.com en el que analiza las diferencias que existen entre compañías de autos en relación a la cobertura de daños propios. En este informe se pide a las aseguradoras que marquen "unas pautas" a la hora de definir los términos de las indemnizaciones en esta cobertura. Según este análisis es en el aspecto de valor venal donde se notan las diferencias entre las aseguradoras de calidad y el resto (se observa un "patrón común" en la mayoría de compañías por el que en los dos primeros años se asegura a valor de nuevo. Es a partir de los dos años, y hasta el quinto, cuando se diseñan pólizas que ofrecen el valor venal mejorado). El trabajo critica la utilización del término "valor venal" en las condiciones generales de las pólizas para referirse a términos diferentes. Además de pedir a las compañías una mayor concreción en los términos, arpem.com también recuerda a los usuarios que "deberían olvidar el término `todo riesgo` y centrarse en las coberturas que se van a contratar". Finalmente, se dan a conocer las compañías que ofrecen las mejores coberturas en indemnización por daños propios (Winterthur, Pelayo y Mapfre). ver menos
12
Autor corporativo:
Catalana Occidente
Fecha:
26/04/2006
Resumen:
Grupo Catalana Occidente ha ampliado las prestaciones de su `seguro del automóvil` con nuevas coberturas, sin sobreprima alguna. Serán efectivas a partir del vencimiento de la póliza contratada y se extienden a situaciones que hasta la fecha no se contemplaban en este producto. El Grupo Catalana Occidente incorpora en los seguros de sus actuales clientes y también para los nuevos clientes de este ... ver másGrupo Catalana Occidente ha ampliado las prestaciones de su `seguro del automóvil` con nuevas coberturas, sin sobreprima alguna. Serán efectivas a partir del vencimiento de la póliza contratada y se extienden a situaciones que hasta la fecha no se contemplaban en este producto. El Grupo Catalana Occidente incorpora en los seguros de sus actuales clientes y también para los nuevos clientes de este producto, una serie de nuevas prestaciones entre las que destaca el suministro o remolque por falta de combustible, el transporte del vehículo hasta 150 km o hasta el domicilio en caso de que la inmovilización supere los tres días, o la cobertura de gastos médicos en el extranjero por valor de hasta 6.000 €, entre otras. Asimismo, la compañía aseguradora amplia además las garantías de daños propios y lunas ocasionados por lluvia, nieve, granizo, viento y caída de rayo. Por otro lado, el nuevo seguro elimina las franquicias en caso de un siniestro total y pasa a considerar como nuevos todos los vehículos cuya antigüedad no supere los dos años, recibiendo de esta forma un valor del 100% sobre su precio de compra. Asimismo, a las prestaciones del seguro se suma el incremento del capital destinado a cubrir la garantía de ocupantes además de, por ejemplo, la posibilidad de reclamación de daños sufridos en remolques o la total cobertura en caso de robos de accesorios. ver menos
Página: 1/1