Juicio ejecutivo del automóvil. Nulidad. Requisitos del título. Se declara la nulidad del juicio por omitirse en el título ejecutivo a que se refiere el art. 10 de la Ley sobre Uso y Circulación de Vehículos de Motor de 21 de marzo de 1968 la descripción de los hechos y la de las personas y vehículos que intervinieron.