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Los parados de larga duración no pueden realizar aportaciones a sus planes de pensiones, según Tributos

Autor
Autor corporativo
Editor
Evento
Organizador
Fuente
BDS    Sección   Noticias del sector
Fecha
03/02/2004
Página inicial-final
4       Págs. Totales 1
Tipo documento
Descripción física
Resumen
La Dirección General de Tributos considera que el partícipe de un plan de pensiones que lleve más de un año percibiendo una prestación por desempleo de larga duración no puede realizar aportaciones a su plan. Argumenta su explicación en que el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones establece la incompatibilidad debido a que "la percepción de los derechos consolidados por enfermedad grave o desempleo de larga duración será incompatible con la realización de aportaciones a cualquier plan de pensiones mientras se mantengan dichas circunstancias".
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