Según una nueva norma publicada ayer en el BOE, los familiares de personas desaparecidas en siniestros (accidentes aéreos, naufragios...) o hechos similares, podrán iniciar los trámites administrativos y económicos tres meses después del siniestro. Esta norma afecta también a los desaparecidos por causa de cualquier atentado contra la vida, siempre que este haya sido probado.