Basada la impugnación de la transación en la existencia de error en el consentimiento por haberse prestado sobre un informe del médico forense realizado en juicio de faltas en el que nada se apuntaba sobre la invalidez del lesionado -actor recurrente- y declarada, después, la invalidez total para su trabajo como conductor de autobús, la Sala entiende que la declaración de invalidez para su trabajo del recurrente no es una secuela que ha nacido después de la transacción, sino un reconocimiento de las que le dejó el accidente en la muñeca derecha; una cosa es que posteriormente se haga la valoración de las lesiones para determinado tratamiento económico por la Seguridad Social y otra distinta es creer que ello constituye una nueva secuela no prevista al transigir. En el informe forense no dejó de reconocer las secuelas de las lesiones en forma de limitación de extensión, flexión y supinación del antebrazo, lo que es suficientemente expresiva de la verdadera situación del recurrente.