Boletín RC y Seguros Sección Carta del director Número  162
Fecha
15/10/2023
Página inicial-final
Págs. Totales
Tipo documento
Descripción física
Resumen
Las consecuencias (el daño) de un conducta culposa o dolosa, pueden ser las mismas, pero no lo es la sanción legal. Desde el punto de vista del asegurador de RC, no se ponen objeciones a las primeras, pero las conductas dolosas son ajenas a la cobertura del seguro.