Los hospitales podrán vender o alquilar bienes y contratar a su personal
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Autor corporativo
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Fuente
El País Sección Entorno Número  3 BISS
Fecha
15/01/2000
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Resumen
Claves del real decreto aprobado por el Gobierno por el cual los hospitales públicos podrán tener forma juridica de fundación, consorcio, sociedad estatal o de fundación pública sanitaria. Todos ellos tendrán autonomía para contratar a su personal, gestionar su presupuesto y su patrimonio, y posibilidad de recibir dinero extraordinario procedente de donaciones. Los médicos han conseguido que se les asigne un representante en los órganos de gobierno. Incluye datos de los tres centros precursores de nuevo modelo de gestión sanitaria: Alcorcón, Manacar y Alzira.