SBC Abogados Asociados ha contado en este tema con la estrecha colaboración de BCN Iuris
Uber pertenece al ámbito del transporte y no puede beneficiarse del principio de libre prestación de servicios para las sociedades de la información
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BDS Sección Entorno
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12/05/2017
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Un abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado que la plataforma estadounidense Uber es un servicio de transporte al que se puede exigir licencia y otras autorizaciones para prestar servicio en los Estados miembros. Y que no se beneficia del principio de libre prestación de servicios que el Derecho de la Unión garantiza a los servicios de la sociedad de la información.
Este caso resuelve una demanda que en 2014 la Asociación Profesional Élite Taxi interpuso ante el Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona, solicitando que se sancionara a Uber Spain por competencia desleal contra los taxistas miembros de la organización barcelonesa.