Sentencia Sala primera del Tribunal Supremo de 26 de abril de 2000: Seguro sobre la vida. La carga de la prueba del suicidio compete a la aseguradora y en la instancia se declara probada una situación similar a la que la doctrina penalista denomina "preterintencionalidad heterogénea" en que se da una discorda entre lo querido y el resultado producido, resultando sobrepasada la intención del agente y produciéndose un ultra propositum.