El autor analiza el tema de la mora del asegurador como una obligación de pago de indemnización, incrementadas por los correspondientes intereses legales. Estos intereses o gravámenes no se aplicarán si el pago se hace en el plazo judicial de 3 meses siguientes a la producción del siniestro.> En cuanto a este tipo de mora es necesaria la aplicación de del concepto de configuración para acabar así con la mora del asegurador. Este concepto es entendido como depósito a pagar para cumplir con una determinada obligación. En el ámbito asegurador es el ofrecimiento del pago y el anuncio de éste a las personas en la obligación, siempre sujetas a las normativas legal correspondiente.> Los requisitos indispensables para que se utilice la configuración como instrumento para evitar la mora del asegurador son la identidad, la integridad y la individualidad.