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Deberes y cargas del lesionado frente al segurador de responsabilidad civil
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Doctrina
Número
Fecha
1995
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
698, dic.
Formato
Página inicial-final
Notas internas
Notas
Resumen
Al producirse un siniestro, la póliza o contrato de responsabilidad civil acordada previamente establece o crea una relación jurídica obligatoria entre lesionado y asegurador. Ésto crea un vínculo en el que no se puede permitir el incumplimiento de la obligación del asegurador por el arbitrio del acreedor, en este caso perjudicado y si no es admisible que el asegurador realize la prestación de modo discrecional, tampoco lo es que el acreedor prolonge indefinida la sujeción del deudor en su vínculo obligatorio.> Por todo ello, el lesionado debe cumplir una serie de deberes y cargas (cooperación, establecimiento fijo de indemnizaciones...) frente al asegurador de la responsabilidad civil en función del concepto de mora creditoris.
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